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Plan Anual de Actuación del Servicio de Inspección Educativa

11/11/2008
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Resolución 506/2008, de 10 de octubre, del Director General de Inspección y Servicios, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación del Servicio de Inspección Educativa para el curso 2008/2009 (BON de 10 de noviembre de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN 506/2008, DE 10 DE OCTUBRE, DEL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN Y SERVICIOS, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ANUAL DE ACTUACIÓN DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN EDUCATIVA PARA EL CURSO 2008/2009.

El Decreto Foral 80/2008 Vínculo a legislación, de 30 de junio, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Inspección Educativa del Departamento de Educación, dispone, en su artículo 18., que "El Plan Estratégico es el documento institucional en que se reflejan las líneas maestras de la Inspección Educativa a medio plazo" y que éste, "establecerá objetivos, estrategias y líneas de acción internas y será aprobado por Resolución del Director General de Inspección y Servicios".

Asimismo, en su artículo 19.1., establece que "El Plan Estratégico se desarrollará y concretará mediante los correspondientes Planes Anuales de Actuación, que se aprobarán por Resolución del Director General de Inspección y Servicios".

Habiéndose aprobado el Plan Estratégico del Servicio de Inspección Educativa para el periodo 2008/2012 mediante la Resolución 416/2008 Vínculo a legislación, de 24 de septiembre, corresponde ahora establecer el Plan Anual de Actuación del Servicio de Inspección Educativa para el curso 2008/2009.

El plan contempla los objetivos, acciones, recursos y tiempos que permiten establecer de forma clara y precisa la actuación del Servicio de Inspección Educativa durante el curso 2008/2009.

Con este plan se pretende ordenar y sistematizar de forma coherente el trabajo diario del Servicio de Inspección Educativa, para facilitar, contextualizar y coordinar la labor de los miembros del Servicio.

Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1. d) de la Ley Foral 15/2004 Vínculo a legislación, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

Primero.-Aprobar el Plan Anual de Actuación del Servicio de Inspección Educativa para el curso 2008/2009, de conformidad con las siguientes

BASES

1.ª Plan Anual de Actuación.

La actividad del Servicio de Inspección Educativa reclama una planificación y revisión anuales con el fin dar una respuesta eficaz a la realidad compleja y cambiante del sistema educativo. El presente Plan Anual de Actuación se configura como el marco de trabajo que va a guiar la actividad inspectora a lo largo del curso 2008/2009.

La totalidad de los servicios o actuaciones que contempla el Plan Anual de Actuación se enmarcan en el desarrollo de las diversas funciones que la normativa vigente atribuye a la Inspección Educativa.

El ámbito de aplicación del plan lo constituye la totalidad de centros, programas, servicios y actividades que integran el sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra. En este contexto, el plan prioriza la presencia de la Inspección en el centro docente como institución educativa básica en donde se desarrolla el proceso educativo.

La elaboración del plan se ha realizado considerando lo dispuesto en el Decreto Foral 80/2008 que regula la organización y el funcionamiento de la Inspección Educativa Vínculo a legislación, lo establecido en el Plan Estratégico del Servicio de Inspección Educativa correspondiente al periodo 2008/2009, los resultados de la revisión de la organización y funcionamiento del Servicio de Inspección, la evaluación del Plan Anual 2007/2008 y las nuevas demandas de la Administración Educativa para el curso 2008/2009.

2.ª Objetivos del Plan Anual de Actuación.

Los objetivos generales del Plan Anual de Actuación del Servicio de Inspección Educativa para el curso 2008/2009 son los que siguen:

a) Asegurar la planificación de los distintos servicios que la Inspección presta a los centros, al Departamento de Educación y a toda la comunidad educativa.

b) Concretar las actuaciones de la Inspección en el ámbito del control y supervisión.

c) Establecer las actuaciones de los Inspectores en la evaluación de los centros, profesores y programas.

d) Determinar las actuaciones de la Inspección para la evaluación del sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra y colaborar con el Instituto de Evaluación para el desarrollo de las evaluaciones nacionales e internacionales que impliquen a Centros de Navarra.

e) Identificar las actuaciones de asesoramiento a los centros docentes.

f) Identificar las actuaciones relacionadas con la mejora de la convivencia en los Centros desde las funciones de la Inspección Educativa.

g) Determinar las actuaciones de información a la Administración educativa y de colaboración con otros Servicios del Departamento de Educación en los ámbitos de intervención común.

h) Determinar las responsabilidades en la definición, implementación y mejora de las distintas actuaciones del plan.

i) Establecer los sistemas de gestión de la Calidad que faciliten la consecución de los objetivos del plan.

j) Definir las actuaciones de innovación y de mejora del conocimiento de los miembros del Servicio con el fin de alcanzar niveles de calidad y excelencia en la prestación de los servicios contemplados en el plan.

k) Obtener conclusiones y realizar propuestas mediante la elaboración de informes y estudios de las actuaciones realizadas.

l) Diseñar y ejecutar el plan de acción estratégica del curso correspondiente, de modo que permita avanzar en la consecución de las metas estratégicas.

3.ª Contenido del Plan Anual de Actuación.

El Plan Anual de Actuación 2008/2009 incluye el conjunto de actividades o servicios que ha de realizar el Servicio de Inspección Educativa en este período en respuesta a necesidades y expectativas de los destinatarios de estos servicios. Cada uno de estos servicios se presta mediante la ejecución de un proceso asociado.

En el Anexo I - Matriz de procesos de la presente Resolución se recogen los distintos procesos operativos clave, de servicio a clientes, que se prevé desarrollar a lo largo del presente curso 2008/2009.

En el Anexo II - Plan anual de actuación se precisan los servicios y actividades a realizar por los miembros del Servicio, con indicación de plazos, resultados, responsables e indicadores de evaluación.

En el Anexo III - Plan de acción estratégica se establece el diseño y desarrollo de los procesos y proyectos que permitan la consecución de las metas estratégicas periodificadas para el presente curso.

En el Anexo IV - Seguimiento y evaluación se contempla un sistema de seguimiento para la determinación del grado de consecución de los servicios y actividades previstos en el Anexo II Plan Anual, la detección de las necesidades de modificación y, en su caso, la realización de los ajustes pertinentes.

4.ª Responsabilidades.

El presente plan detalla las responsabilidades en el diseño, implementación, seguimiento y mejora de los servicios y actividades que incluye. A su vez, para el correcto desarrollo del plan, el Director del Servicio podrá asignar otras tareas y cometidos a los jefes de sección, coordinadores y a los distintos Inspectores.

En el ejercicio de las funciones que el Decreto Foral 80/2008 Vínculo a legislación, de 30 de junio, atribuye a la Inspección Educativa, el Inspector, igualmente, desarrollará una labor continua de información, asesoramiento y orientación a los Centros, una tarea de mediación y apoyo cuando así lo demande la comunidad educativa, sin menoscabo de las tareas de control, supervisión y evaluación que redunden en la mejora continua de la práctica docente, de los centros, y del sistema educativo en general.

5.ª Sistema de gestión de la calidad.

En coherencia con el proceso de implantación de los sistemas de gestión de la calidad emprendido en el Servicio de Inspección Educativa, y de acuerdo a lo dispuesto por el Plan Estratégico 2008/2012, en el curso 2008/2009, se continuará con la implantación de los subprocesos definidos, e igualmente se continuará en la tarea de procedimentar otros nuevos, entendiendo que este sistema agiliza, da coherencia y homogeneidad al funcionamiento del Servicio, a la vez que potencia las mejores prácticas de los Inspectores.

6.ª Formación institucional.

En desarrollo del Plan Estratégico 2008/2012, a lo largo del presente curso, se procederá a definir las competencias profesionales del Inspector en su puesto con el fin de determinar de forma más sistemática las necesidades de formación del personal del Servicio de Inspección Educativa.

Igualmente, se prevé la ejecución del Plan de Formación Institucional como medio idóneo para el desarrollo del conocimiento en aquellos ámbitos del Plan que lo requieran.

Están previstas las siguientes acciones formativas:

a) Análisis de la normativa y homogeneización de criterios para su aplicación.

b) Competencias básicas y evaluaciones de diagnóstico.

c) Aspectos jurídicos y administrativos en relación con los procesos de inspección.

d) Gestión de calidad. Módulos de modelo EFQM.

e) Idiomas comunitarios

f) Formación en nuevas tecnologías

g) Participación en congresos y jornadas

h) Actividades de formación de los aspirantes seleccionados en la convocatoria de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, en su caso.

El desarrollo de estas acciones formativas se concretará mediante el Plan de Formación Institucional 2008/2009.

Las actividades de formación institucional tendrán carácter obligatorio y se desarrollarán en horario laboral.

7.ª Seguimiento y evaluación.

El seguimiento y la evaluación del plan se realizarán, con carácter ordinario, en las reuniones de los equipos de zona y en las de los coordinadores con el Director del Servicio, en las que se evaluarán las tareas realizadas e introducirán las medidas correctoras que se consideren necesarias para la ejecución del Plan Anual de Actuación.

Al finalizar el curso, los distintos responsables realizarán la evaluación final sobre el grado de cumplimiento del plan. Las conclusiones más relevantes serán recogidas en la Memoria anual del Servicio, que se elevará a la Dirección General de Inspección y Servicios.

Para este fin se utilizará el modelo que figura en el Anexo IV - Seguimiento y evaluación de esta Resolución.

8.ª Modificaciones previstas.

El Plan Anual del Servicio de Inspección Educativa supone, como tal, un instrumento de trabajo que se pretende ya definido en cuanto a las tareas que realiza.

No obstante, la dinámica del mismo y las necesidades surgidas de la realidad educativa exigen el que se pueda introducir modificaciones al mismo a lo largo de su ejecución.

Estas modificaciones pueden provenir del Director General de Inspección y Servicios, que podrá introducirlas en cualquier momento, y del Director del Servicio, a quien corresponderá hacerlo siempre que juzgue que son necesarias algunas actuaciones urgentes, debiendo informar de ello al Director General.

Las actuaciones propuestas por el resto de los Directores de Servicio del Departamento de Educación y que impliquen a la Inspección, deberán contar con la aprobación del Director del Servicio de Inspección quien valorará la viabilidad de las mismas dentro del Plan Anual establecido.

Segundo.-Contra la presente Resolución y sus bases puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Tercero.-Publicar la presente Resolución y sus bases en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Anexos

Omitidos.

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