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Modificación del Decreto Foral 451/1991

02/06/2008
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Decreto Foral 40/2008, de 28 de abril, por el que se modifica el Decreto Foral 451/1991, de 28 de octubre, por el que se aprueba la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno de las áreas de salud de Tudela y Estella (BON de 30 de mayo de 2008). Texto completo. (Ref. Iustel §029299 Vínculo a legislación)

El Decreto Foral 40/2008 modifica los artículos 13 Vínculo a legislación y 14 Vínculo a legislación del Decreto Foral 451/1991, de 28 de octubre, por el que se aprueba la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno de las áreas de salud de Tudela y Estella.

El Decreto Foral 451/1991 Vínculo a legislación, de 28 de octubre, por el que se aprueba la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno de las Áreas de Salud de Tudela y Estella puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO FORAL 40/2008, DE 28 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 451/1991, DE 28 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA LA COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS ÁREAS DE SALUD DE TUDELA Y ESTELLA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, desarrolla en su título VI los órganos centrales de dirección, gestión y participación del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, señalando que la estructura y funciones de los órganos directivos y administrativos de dicho organismo autónomo, tanto a nivel central como periférico, se determinará reglamentariamente.

El Decreto Foral 45/2006 Vínculo a legislación, de 3 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, deroga el Decreto Foral 276/2003, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, e introduce modificaciones en la estructura organizativa en el sentido de encuadrar organizativamente la Subdirección de Salud Mental en el ámbito de la Atención Especializada, estableciendo en el artículo 39, en relación con el artículo 33, la dependencia de la Subdirección de Salud Mental bajo la Dirección de Asistencia Especializada.

Por ello, es necesario ahora adaptar el Decreto Foral 451/1991 Vínculo a legislación, de 28 de octubre, por el que se aprueba la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno de las áreas de salud de Tudela y Estella a esta nueva regulación.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Salud, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiocho de abril de dos mil ocho,

DECRETO:

Artículo único.-Modificación del Decreto Foral 451/1991 Vínculo a legislación, de 28 de octubre, por el que se aprueba la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno de las áreas de salud de Tudela y Estella.

Uno.-Se modifica el artículo 13 Vínculo a legislación del Decreto Foral 451/1991, de 28 de octubre, que queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 13.

Del Subdirector de Atención Primaria del Área, dependerán jerárquicamente los Directores de Equipos de Atención Primaria del Área”.

Dos.-Se modifica el artículo 14 Vínculo a legislación del Decreto Foral 451/1991, de 28 de octubre, que queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 14.

Sin perjuicio de su adscripción orgánica al Área de Salud, el Subdirector de Atención Primaria dependerá funcionalmente del Director de Atención Primaria en materia de atención primaria”.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Normas que se derogan

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto Foral.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la Consejera de Salud para dictar las disposiciones precisas en aplicación y desarrollo de este Decreto Foral.

Segunda.-Entrada en vigor.

Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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