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  • EDICIÓN DE 18/01/2008
 
 

CURSO SOBRE LA NUEVA LEY 30/2007, DE 30 DE OCTUBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

18/01/2008
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La Escuela Gallega de Administración Pública, en colaboración con la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia, convoca el “Curso sobre la nueva Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público”. La primera edición del curso se celebrará del 28 de enero al 4 de febrero de 2008, de lunes a viernes, de 16.30 a 20.00 horas.

BASES:

1. Destinatarios.

Funcionarios, personal laboral, personal estatutario de la Xunta de Galicia, del Parlamento Gallego, Valedor del Pueblo, Consejo de Cuentas, Consejo Consultivo, Consejo de la Cultura Gallega, de la Administración del Estado, Administración local y personal de administración y servicios de las universidades gallegas de los grupos A, B y C o I, II y III.

2. Objetivos.

Procurar el conocimiento de la nueva ley de contratación ante su eminente entrada en vigor.

3. Contenido.

Módulo I: Objetivos y ámbito de aplicación.

Módulo II: Las partes. Órganos competentes.

Módulo III: La preparación.

Módulo IV: adjudicación.

Módulo V: efectos.

Módulo VI: finalización.

Módulo VII: El contrato de obras. El contrato de concesión de obra pública.

Módulo VIII: El contrato de gestión de servicio público.

Módulo IX: El contrato de suministro.

Módulo X: El contrato de servicios.

Módulo XI: Contratación laboral y administrativa.

Módulo XII: Taller práctico.

4. Fechas y horario.

1º edición: 28 de enero al 4 de febrero de 2008.

2º edición: 5 de febrero al 12 de febrero de 2008.

3º edición: 13 de febrero al 20 de febrero de 2008.

4º edición: 21 de febrero al 28 de febrero de 2008.

5º edición: 3 de marzo a 10 de marzo de 2008.

De lunes a viernes, de 16.30 a 20.00 h.

La duración del curso será de 20 horas.

5. Plazas:

20.

6. Solicitudes.

-Presentación de solicitudes.

a) El personal que desee participar en los cursos que se convocan en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula en línea que puede encontrar en el portal web de la Escuela Gallega de Administración Pública en la siguiente dirección: http://egap.xunta.es/matricula.

b) Para cubrir correctamente los formularios de solicitud, en la citada dirección de internet se dispondrá de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes.

c) Los formularios cubiertos adecuadamente en la dirección de internet http://egap.xunta.es/matricula se entenderán presentados en la EGAP.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información para la presentación de la solicitud, se podrán dirigir a la EGAP a través de la dirección de correo electrónico [email protected], que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

Para mas información pueden llamar a los teléfonos 981 54 62 41 o 981 54 58 91

7. Plazo.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 22 de enero de 2008.

8. Selección.

Los criterios selectivos que serán empleados son los señalados con carácter general en la resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública del 30 de enero de 2007 (Diario Oficial de Galicia nº 27, del 7 de febrero), si bien se dará preferencia a los funcionarios de la comunidad autónoma.

La selección de los participantes será realizada por la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia, a quien corresponde la dirección y responsabilidad académica del curso.

La EGAP publicará en su página web los admitidos a dicho curso.

9. Desarrollo.

El curso convocado se desarrollará en la Escuela Gallega de Administración Pública, sita en la calle Madrid, 2-4 en Santiago de Compostela

10. Modificaciones.

La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo del curso, así como la de cancelarlo, si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

11. Asistencias a los cursos.

a) El personal seleccionado no podrá renunciar al curso, salvo por causa de fuerza mayor suficientemente justificada, necesidades del servicio o causas justificadas manifestadas documentalmente por la persona responsable del departamento administrativo en el que desarrolle su labor. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de 7 días hábiles antes del comienzo del curso, siempre que sea posible, para que pueda cubrirse la vacante. La renuncia se presentará acompañada de la acreditación documental que certifique su causa. Aquella renuncia o abandono no justificado debidamente supondrá la exclusión del seleccionado de las convocatorias del año en curso y de las del año siguiente, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución de 30 de enero de 2007 por la cual se hacen públicos los criterios de participación en las actividades docentes de la Escuela Gallega de Administración Pública.

b) Durante la celebración de las actividades formativas se llevará un control permanente de asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto y, asimismo, constarán como incidencias las ausencias dentro de cada sesión. Esto implica que el personal que participe en los cursos tendrá que anotar la hora de llegada o salida, en el caso de hacerlo durante la duración oficial del curso, para poder acreditar el tiempo que faltó. De no hacerlo así y realizarse un control de asistencia extraordinario, perderá el derecho a recibir el certificado.

12. Certificados.

a) Se le otorgará el correspondiente certificado de asistencia al alumnado que participe con regularidad y dedicación en el desarrollo del curso. A los efectos de evaluar los conocimientos adquiridos por el alumnado, la EGAP podrá fijar la realización de las pruebas que considere oportunas.

b) Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones del curso. Cualquier ausencia no justificada o justificada insuficientemente implicará la pérdida del derecho al certificado acreditativo de la participación en el curso.

Únicamente podrá autorizarse la ausencia por causas justificadas, que se acreditarán documentalmente ante el servicio competente de la EGAP o persona responsable del curso en un plazo máximo de 10 días después de que este finalice y, en ningún caso, podrá superar el 15% de las horas lectivas.

c) Para que quede conocimiento y constancia en su expediente, las personas participantes en los cursos tendrán que facilitar una copia de las certificaciones recibidas al servicio de personal del centro directivo al que estén adscritos.

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