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  • EDICIÓN DE 31/12/2007
 
 

COMISIÓN DELEGADA PARA ASUNTOS CON LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

31/12/2007
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Decreto 318/2007, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información (BOA de 28 de diciembre de 2007). Texto completo.

DECRETO 318/2007, DE 18 DE DICIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE REGULA LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO DE ARAGÓN PARA ASUNTOS RELACIONADOS CON LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN.

Preámbulo

Por medio del Decreto 112/2000, de 13 de junio, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 79/2005, de 12 de abril, del Gobierno de Aragón, se crea la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información, con el objeto de establecer cauces de coordinación interdepartamental a fin de canalizar y proponer al Gobierno de Aragón la adopción de aquellas decisiones que, siendo de su competencia, pudieran afectar simultáneamente, de forma directa o indirecta, a las iniciativas de los distintos Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de sistemas y tecnologías de la información, y especialmente en materia de infraestructuras básicas.

El énfasis de eEurope 2005 y de iEurope 2010 en llevar las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) a la administración, la salud, la inclusión y el aprendizaje tiene por objetivo la mejora de la vida cotidiana de todos los ciudadanos a través de unos servicios públicos más efectivos, eficientes y accesibles. Los objetivos de eEurope de crear un marco dinámico para los servicios electrónicos, sustentado por un acceso seguro y de banda ancha, estimularán la competitividad y el crecimiento.

Por otra parte, en el ejercicio de las competencias en materia de tecnologías para la sociedad de la información, durante la pasada legislatura se han aprobado y puesto en marcha el I Plan Director para el desarrollo de la sociedad de la información y el I Plan Director de infraestructuras de telecomunicaciones de Aragón, donde se puso de manifiesto la necesidad de una amplia coordinación interdepartamental debido al carácter horizontal de estas materias.

Por Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, se modifica la organización de la Administración de la Comunidad, estableciéndose la nueva estructura departamental por lo que resulta conveniente efectuar una nueva regulación de la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley del Presidente y Gobierno de Aragón, cuyo Texto Refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, a propuesta de la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2007,

DISPONGO:

Artículo 1.-Creación y naturaleza de la Comisión Delegada.

Se crea, como órgano colegiado de carácter permanente, la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información.

Artículo 2.-Composición.

1. La Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información, estará integrada por el Presidente del Gobierno de Aragón, que la presidirá, por el Vicepresidente, y por los Consejeros de Presidencia; Economía, Hacienda y Empleo; Obras Públicas, Urbanismo y Transportes; Política Territorial, Justicia e Interior; Salud y Consumo; Industria, Comercio y Turismo; Educación, Cultura y Deporte; y Ciencia, Tecnología y Universidad.

2. La presidencia de la Comisión será delegable en el Vicepresidente del Gobierno.

3. Actuará como Secretario de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información, con voz y sin voto, el Director General de Tecnologías para la Sociedad de la Información.

4. A las reuniones de la Comisión Delegada del Gobierno podrán ser convocados por el Presidente altos cargos, funcionarios de la Administración, responsables de los organismos, entidades y empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón y expertos. Su participación se limitará a la presencia en el asunto del orden del día sobre el que deban informar.

Artículo 3.-Competencias y funciones.

Corresponden a la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información las siguientes funciones:

a) Preparar los asuntos que, en materia de tecnologías de la información afecten a la competencia de dos o más Departamentos, y proponer al Gobierno de Aragón la adopción de decisiones en esta materia.

b) Elaborar directrices, programas o actuaciones en materia de tecnologías de la información de carácter interdepartamental en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con los objetivos del Gobierno de Aragón.

c) Cualesquiera otras funciones que, en esta materia, puedan atribuírsele reglamentariamente.

Artículo 4.-Funcionamiento.

La Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información ajustará su funcionamiento a lo previsto en el artículo 17 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, y en el Capítulo V del Título II de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Disposición derogatoria.

Quedan derogados el Decreto 112/2000, de 13 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para asuntos relacionados con la Sociedad de la Información, el Decreto 79/2005, de 12 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el anterior, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Decreto.

Disposiciones finales.

Primera.-Se faculta a la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Decreto.

Segunda.-El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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