La Ley de Memoria Histórica por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia, recientemente aprobada por el Parlamento, ha establecido en su disposición adicional séptima la posibilidad de acceder por opción a la nacionalidad española de origen a dos colectivos: por una parte, pueden optar por la nacionalidad española de origen las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español; por otra parte, los nietos de quienes perdieron por razón de emigración o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española podrán optar también a la nacionalidad española.