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  • EDICIÓN DE 29/11/2007
 
 

SISTEMA DE CITA PREVIA TELEFÓNICA PARA LA OBTENCIÓN DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD Y EL PASAPORTE

29/11/2007
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Resolución de 20 de noviembre de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2007, sobre la implantación de un sistema de cita previa telefónica para la obtención del Documento Nacional de Identidad y el Pasaporte (BOE de 29 de noviembre de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2007, DE LA SUBSECRETARÍA, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2007, SOBRE LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE CITA PREVIA TELEFÓNICA PARA LA OBTENCIÓN DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD Y EL PASAPORTE.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 2 de noviembre, acordó aprobar a propuesta del Ministro del Interior el Acuerdo sobre la implantación de un sistema de cita previa telefónica para la obtención del Documento Nacional de Identidad y el Pasaporte.

Para general conocimiento, dada la importancia e impacto del citado Acuerdo, se hace necesaria su divulgación.

En su virtud, resuelvo:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2007 sobre la implantación de un sistema de cita previa telefónica para la obtención del Documento Nacional de Identidad y del Pasaporte, que se inserta a continuación de esta Resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 2007.-El Subsecretario del Interior, Justo Tomás Zambrana Pineda.

ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS SOBRE LA IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE CITA PREVIA TELEFÓNICA PARA LA OBTENCIÓN DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD Y DEL PASAPORTE.

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el instrumento con el que cuentan los ciudadanos españoles para justificar, por sí mismo y oficialmente, la personalidad y la nacionalidad de su titular, constituyendo, pues, un medio fundamental e imprescindible para la realización de un sinfín de actividades y trámites cotidianos.

La importancia de DNI se manifiesta, igualmente, en su trascendencia jurídica, puesto que su obtención se configura como un derecho y como una obligación. Así, la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, en su artículo 9, reconoce, de una parte, el derecho de todos los españoles a que se les expida el Documento Nacional de Identidad, y, por otra, dispone, con carácter general, la obligatoriedad de su obtención para los mayores de catorce años.

La relevancia real y jurídica del DNI demanda que la Administración General del Estado adopte las medidas oportunas para incorporar todas aquellas mejoras que garanticen y aseguren la funcionalidad, seguridad y comodidad en la obtención del documento.

La presente Legislatura ha sido rica en iniciativas dirigidas a alcanzar tales objetivos, destacando, sobre todas ellas, la puesta en funcionamiento del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), auténtica adaptación del tradicional documento de identidad a la nueva realidad de una sociedad interconectada por redes de comunicaciones, y que encuentra su marco jurídico en el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica.

La implantación del DNI electrónico viene acompañada de la progresiva incorporación de nuevas medidas que faciliten la obtención del DNI por parte de los ciudadanos, a fin de evitarles trámites innecesarios o prolongados.

En esta línea de actuaciones se encuadra el contenido del presente Acuerdo, con el que se pretende introducir un sistema cita previa telefónica que agilice la tramitación de dicho documento, así como la del Pasaporte.

En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior, y previa deliberación en su reunión del día 2 de noviembre de 2007, el Consejo de Ministros

ACUERDA

Con el fin de mejorar el sistema de obtención del Documento Nacional de Identidad y del Pasaporte, y en los términos establecidos en el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, se adoptarán las medidas oportunas para implantar un sistema de cita previa telefónica para la obtención del Documento Nacional de Identidad y del Pasaporte, que se ajustarán, en cualquier caso, a las siguientes características:

1. El sistema de cita telefónica a implantar tendrá ámbito nacional y su gestión estará externalizada mediante las fórmulas de contratación legalmente previstas.

2. La implantación del sistema se llevará a cabo gradualmente, iniciándose, en primer lugar, mediante la realización de proyectos piloto en las ciudades que se determinen. Dicha primera fase habrá de efectuarse a lo largo del mes de diciembre de 2007, debiendo completarse la implantación a nivel nacional en el primer trimestre de 2008.

3. El servicio de atención telefónica deberá permitir un acceso multicanal, a través de sistemas diversos (atención por medio de operadores, reconocimiento de voz e Internet).

4. La central de atención y recepción de llamadas se establecerá en la ciudad de Cuenca.

5. El diseño y puesta en práctica del proyecto se realizará en colaboración con la Entidad Pública Empresarial “Red.es”, pudiendo, a tal fin, el Ministerio del Interior, celebrar los oportunos instrumentos de colaboración.

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