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  • EDICIÓN DE 29/11/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 3/2005

29/11/2007
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Decreto 277/2007, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 3/2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Delegada del Gobierno “Aragón 2008” (BOA de 28 de noviembre de 2007). Texto completo.

DECRETO 277/2007, DE 6 DE NOVIEMBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 3/2005, DE 11 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO “ARAGÓN 2008”.

El Decreto 3/2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, crea la Comisión Delegada del Gobierno “Aragón 2008”. La citada Comisión Delegada se crea como órgano colegiado que tiene por objeto la deliberación y propuesta al Gobierno de cuantas actuaciones sean adecuadas para contribuir al mejor desarrollo de la Exposición Internacional de Zaragoza de 2008 en aquellos aspectos de competencia de la Comunidad Autónoma y para potenciar su repercusión sobre el conjunto de Aragón.

Los cambios organizativos operados en la Administración de la Comunidad Autónoma determinan la necesidad de proceder a una nueva regulación de la composición de la referida Comisión Delegada contenida en su artículo tercero.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente del Gobierno y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión de 6 de noviembre de 2007,

DISPONGO:

Artículo único.

Se modifica el artículo tercero del Decreto 3/2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Delegada del Gobierno “Aragón 2008”, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo tercero.

1. La presidencia de la Comisión corresponde al Presidente del Gobierno, quien podrá delegarla en el Vicepresidente del Gobierno.

2. Forman parte de la Comisión como vocales el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo; el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes; el Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior; el Consejero de Industria, Comercio y Turismo; la Consejera de Educación, Cultura y Deporte; el Consejero de Medio Ambiente, y la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad.

3. Actuará como Secretario de la Comisión, con voz pero sin voto, el Viceconsejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

4. La Comisión podrá recabar de todos los Departamentos interesados la asistencia técnica necesaria para la organización de las reuniones y la gestión administrativa dimanante de sus acuerdos.”

Disposición final.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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