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PLAN GENERAL DE ACTUACIÓN ANUAL DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN TÉCNICA Y DE SERVICIOS

27/11/2007
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Resolución 287/2007, de 15 de octubre, del Director General de Inspección y Servicios, por la que se aprueba el Plan General de Actuación Anual del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios para el curso 2007/2008 (BON de 26 de noviembre de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN 287/2007, DE 15 DE OCTUBRE, DEL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN Y SERVICIOS, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN GENERAL DE ACTUACIÓN ANUAL DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN TÉCNICA Y DE SERVICIOS PARA EL CURSO 2007/2008.

El Decreto Foral 365/1999, de 13 de septiembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación del Departamento de Educación y Cultura y se establece el sistema de acceso y provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación, dispone, en su artículo 9.º, que el Servicio confeccionará un Plan General de Actuación en el que se concretará el desarrollo de las funciones asignadas a la Inspección de Educación y que éste podrá ser de duración anual o plurianual.

La Orden Foral 83/2005, de 26 de abril, del Consejero de Educación, por la que se desarrolla del Decreto Foral 365/1999, de 13 de septiembre, en su artículo 27 regula que el Departamento de Educación establecerá un Plan General de Actuación Cuatrienal para el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios como el medio para la consecución de los objetivos que el Departamento de Educación establece para la Inspección de Educación en un período de cuatro años.

El presente Plan Anual establece los objetivos y los contenidos para el curso 2007/2008, así como las actuaciones más relevantes que se llevarán a cabo durante este curso. Con este plan se pretende ordenar y sistematizar de forma coherente el trabajo diario del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, para facilitar, contextualizar y coordinar la labor de los miembros del Servicio.

Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1. d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

Primero.-Aprobar el Plan General de Actuación Anual del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios para el curso 2007/2008, de conformidad con las siguientes

BASES

1.ª Plan Anual.

La actividad del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios reclama una planificación y revisión anuales con el fin dar una respuesta eficaz a la realidad compleja y cambiante del sistema educativo. El presente Plan Anual se configura como el marco de trabajo que va a guiar la actividad inspectora a lo largo del curso 2007/2008.

La totalidad de los servicios o actuaciones que contempla el Plan Anual se enmarcan en el desarrollo de las diversas funciones que la normativa vigente atribuye a la Inspección.

El ámbito de aplicación del plan lo constituye la totalidad de centros, programas, servicios y actividades

que integran el sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra. En este contexto, el plan prioriza la presencia de la Inspección en el centro docente como institución educativa básica en donde se desarrolla el proceso educativo.

La elaboración del plan se ha realizado considerando los resultados de la revisión de la organización y funcionamiento del Servicio de Inspección, la evaluación del Plan Anual 2006/2007 y las nuevas demandas de la Administración Educativa para el curso 2007/2008.

2.ª Objetivos del Plan Anual.

Los objetivos generales del Plan Anual del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios para el curso 2007/2008 son los que siguen:

a) Asegurar la planificación de los distintos servicios que la Inspección presta a los centros, al Departamento de Educación y a toda la comunidad educativa.

b) Concretar las actuaciones de la Inspección en el ámbito del control y supervisión.

c) Establecer las actuaciones de los Inspectores en la evaluación de los centros, profesores y programas.

d) Determinar las actuaciones de la Inspección para la evaluación del sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra y colaborar con el Instituto de Evaluación para el desarrollo de las evaluaciones nacionales e internacionales que impliquen a Centros de Navarra.

e) Identificar las actuaciones de asesoramiento a los centros docentes.

f) Identificar las actuaciones relacionadas con la mejora de la convivencia en los Centros desde las funciones de la Inspección Educativa.

g) Determinar las actuaciones de información a la Administración educativa y de colaboración con otros Servicios del Departamento de Educación en los ámbitos de intervención común.

h) Determinar las responsabilidades en la definición, implementación y mejora de las distintas actuaciones del plan.

i) Establecer los sistemas de gestión de la Calidad que faciliten la consecución de los objetivos del plan.

j) Definir las actuaciones de innovación y de mejora del conocimiento de los miembros del Servicio con el fin de alcanzar niveles de calidad y excelencia en la prestación de los servicios contemplados en el plan.

k) Obtener conclusiones y realizar propuestas mediante la elaboración de informes y estudios de las actuaciones realizadas.

3.ª Contenido del Plan Anual.

El Plan Anual 2007/2008 incluye el conjunto de actividades o servicios que ha de realizar el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios en este período en respuesta a necesidades y expectativas de los destinatarios de estos servicios. Cada uno de estos servicios se presta mediante la ejecución de un proceso asociado.

En el Anexo I de la presente Resolución se recogen los distintos procesos que se prevé desarrollar a lo largo del presente curso 2007/2008 y en el Anexo II se precisan los servicios más relevantes y que requieren una mayor dedicación de los miembros del Servicio.

4.ª Responsabilidades.

El Centro constituye el eje de trabajo del Inspector. Por ello, en la aplicación de los distintos subprocesos que se incluyen en el plan, el Inspector desarrollará una labor continua de información, asesoramiento y orientación a los Centros, una tarea de mediación y apoyo cuando así lo demande la comunidad educativa, sin menoscabo de las tareas de control, supervisión y evaluación que redunden en la mejora continua de la práctica docente, de los centros, y del sistema educativo en general.

El Director del Servicio asignará responsabilidades a los coordinadores y a los distintos Inspectores para el correcto desarrollo del presente plan anual.

5.ª Sistema de gestión de la calidad.

En coherencia con el proceso de implantación de los sistemas de gestión de la calidad emprendido en el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, en el curso 2007/2008, se continuará con la implantación de los subprocesos definidos, e igualmente se continuará en la tarea de procedimentar otros nuevos, entendiendo que este sistema agiliza, da coherencia y homogeneidad al funcionamiento del Servicio, a la vez que potencia las mejores prácticas de los Inspectores.

6.ª Formación institucional.

Entre las iniciativas de innovación y mejora del Servicio se prevé la ejecución del plan de formación institucional como medio idóneo para el desarrollo del conocimiento en aquellos ámbitos del Plan que lo requieran. Están previstas las acciones formativas:

a) Análisis de la normativa y homogeneización de criterios para su aplicación.

b) Competencias básicas y evaluaciones de diagnóstico.

c) Formación en aspectos jurídicos y administrativos en relación con los procesos de inspección.

d) Interpretación de los resultados de la evaluación externa.

e) Idiomas comunitarios.

f) Formación en nuevas tecnologías.

g) Participación en congresos y jornadas.

El desarrollo de estas acciones formativas se concretará mediante el Plan de Formación Institucional 2007/2008.

Las actividades de formación institucional tendrán carácter obligatorio y se desarrollarán en horario laboral.

7.ª Seguimiento y evaluación.

El seguimiento y la evaluación del plan se realizarán, con carácter ordinario, en las reuniones de los equipos de zona y en las de los coordinadores con el Director del Servicio, en las que se evaluarán las tareas realizadas e introducirán las medidas correctoras que se consideren necesarias para la ejecución del Plan Anual.

Con carácter extraordinario, el Director del Servicio, convocará cuantas reuniones considere oportunas con los coordinadores o con el conjunto de los Inspectores para la correcta aplicación, seguimiento y evaluación del plan.

8.ª Modificaciones previstas.

El Plan Anual del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios supone, como tal, un instrumento de trabajo que se pretende ya definido en cuanto a las tareas que realiza.

No obstante, la dinámica del mismo y las necesidades surgidas de la realidad educativa exigen el que se pueda introducir modificaciones al mismo a lo largo de su ejecución.

Estas modificaciones pueden provenir del Director General de Inspección y Servicios, que podrá introducirlas en cualquier momento, y del Director del Servicio, a quien corresponderá hacerlo siempre que juzgue que son necesarias algunas actuaciones urgentes, debiendo informar de ello al Director General. Las actuaciones propuestas por el resto de los Directores de Servicio del Departamento de Educación y que impliquen a la Inspección, deberán contar con la aprobación del Director del Servicio de Inspección quien valorará la viabilidad de las mismas dentro del Plan Anual establecido.

9.ª Ejecución del Plan Anual.

La puesta en práctica del presente Plan Anual se llevará a cabo mediante la definición de la Guía del Inspector 2007/2008.

Segundo.-Contra la presente Resolución y sus bases puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Tercero.-La presente Resolución y sus bases se trasladarán al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios y al BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

ANEXO

Omitido.

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