Diario del Derecho. Edición de 06/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/11/2007
 
 

PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE “ACEBAL DE GARAGÜETA”

22/11/2007
Compartir: 

Decreto 112/2007, de 15 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de “Acebal de Garagüeta” (Soria) (BOCYL de 21 de noviembre de 2007). Texto completo.

DECRETO 112/2007, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE “ACEBAL DE GARAGÜETA” (SORIA).

La Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, formula en su artículo 18 el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, confiriéndole un carácter meramente indicativo y designando inicialmente un total de veintinueve espacios, entre los que se encuentra el espacio “Sierra de Urbión” (Soria).

La citada Ley establece igualmente, en su artículo 22, que la declaración de los Espacios Naturales Protegidos exige la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales. El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural de Sierra de Urbión, (Soria), fue iniciado por Orden de 30 de abril de 1992, de la entonces Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Los límites de dicho Plan fueron modificados mediante la Orden MAM/52/2006, de 20 de enero, por la que se modifica la Orden de 30 de abril de 1992, de Iniciación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural de Sierra de Urbión. Mediante dicha modificación se excluyó del ámbito definido por dichos límites el área conocida como “Acebal de Garagüeta”, para poder tramitar con urgencia su correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales.

Mediante la Orden MAM/54/2006, de 26 de enero, se inició el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de “Acebal de Garagüeta” (Soria), y en su tramitación se han seguido los trámites previstos en el artículo 32 de la citada Ley.

Este Decreto se dicta al amparo de las competencias atribuidas a la Comunidad de Castilla y León en el artículo 34.1.9.ª de su Estatuto de Autonomía.

Este Plan ha sido sometido al conocimiento de la Comisión Delegada de Política Territorial y Desarrollo Rural, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 85/2007, de 23 de agosto, por el que se crea y regula Comisión Delegada de Política Territorial y Desarrollo Rural.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de noviembre de 2007

DISPONE

Artículo único.– Aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de “Acebal de Garagüeta” (Soria).

Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de “Acebal de Garagüeta” (Soria), que está integrado por:

a) Inventario. Consta de un catálogo de los recursos naturales de “Acebal de Garagüeta” (Soria) y su correspondiente diagnóstico.

b) Anexo I: Parte dispositiva. Incluye las directrices de ordenación de los recursos naturales de Acebal de Garagüeta (Soria) y la normativa de aplicación.

c) Anexo II: Cartografía. Incluye el mapa de límites y zonificación de “Acebal de Garagüeta” (Soria).

Procediéndose a la publicación íntegra del Anexo I y del Anexo II, hallándose el Inventario en la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente.

Disposición final.– Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana