Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/11/2007
 
 

PROYECTO DE LEY DEL CONVENIO ECONÓMICO ESTADO-COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

12/11/2007
Compartir: 

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley relativo a la modificación parcial del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia.

Aspectos tributarios

Desde la última reforma del Convenio, en el año 2003, se han producido una serie de novedades en el ordenamiento jurídico tributario del Estado que requieren su adaptación. Es el caso de la introducción del régimen del grupo de entidades en la normativa reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido, del incremento de las competencias normativas en el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte y en el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, de la introducción en el sistema tributario estatal del Impuesto sobre el Carbón y de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos a profesionales, agricultores y ganaderos en determinados supuestos.

Además, la disposición adicional segunda del Convenio determina la actualización, al menos cada cinco años, de la cifra del volumen de operaciones que sirve de umbral para la tributación compartida, entre ambas Administraciones, en el Impuesto de Sociedades y en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Por ello, se ha procedido a su actualización y dicho umbral pasa de seis millones de euros a siete millones de euros.

Asimismo, se ha perfeccionado la colaboración entre el Estado y la Comunidad Foral en materia de intercambio de información para el cumplimiento de los Tratados y Convenios Internacionales y, en particular, de la normativa procedente de la Unión Europea en materia de cooperación administrativa y asistencia mutua.

Aportación de la Comunidad Foral de Navarra al Estado 2005-2009

Se establece la metodología de cálculo de la Aportación que ha de aplicarse durante el periodo 2005-2009. De acuerdo con la Ley del Convenio, tanto la metodología, como la Aportación relativa al año 2005, se determinaron en Comisión Coordinadora y se acordaron en Comisión Negociadora el pasado lunes 5 de noviembre.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana