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  • EDICIÓN DE 23/10/2007
 
 

CONSERVACIÓN, TRATAMIENTO Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO DOCUMENTAL

23/10/2007
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Resolución de 17 de septiembre de 2007, de la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental, por la que se amplía el plazo para resolver la convocatoria de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de proyectos de conservación, tratamiento y difusión del Patrimonio Documental Andaluz conservados en Archivos de titularidad local, correspondientes al ejercicio 2007 (BOJA de 22 de octubre de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO Y DEL PATRIMONIO BIBLIOGRÁFICO Y DOCUMENTAL, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO PARA RESOLVER LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES LOCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE CONSERVACIÓN, TRATAMIENTO Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO DOCUMENTAL ANDALUZ CONSERVADOS EN ARCHIVOS DE TITULARIDAD LOCAL, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2007.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 5.1 de Orden de 6 de febrero de 2006 (BOJA núm. 39, de 27 de febrero), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Entidades Locales de Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de proyectos de conservación, tratamiento y difusión del Patrimonio Documental Andaluz conservado en archivos de titularidad local, por Resolución de 11 de enero de 2007, de la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental (BOJA núm. 42, de 27 de febrero) se efectuó la convocatoria correspondiente al año 2007.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3 de la indicada Orden, el plazo máximo para dictar resolución expresa y notificarla será de seis meses, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

En la actual fase de tramitación del procedimiento, dado el número y complejidad de las solicitudes presentadas en las distintas modalidades, pese a encontrarse habilitados todos los medios humanos y materiales disponibles al efecto, se estima inviable el cumplimiento del plazo de resolución inicialmente previsto.

Por ello, visto el artículo 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico, de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en uso de las competencias que me atribuye la resolución de convocatoria, a propuesta del Servicio de Archivos, DISPONGO:

Ampliar el plazo para resolver y notificar la concesión de subvenciones del procedimiento referido por un período de dos meses.

Contra la presente Resolución, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico, de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no cabe recurso alguno.

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