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FICHERO DE DATOS

23/10/2007
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Decreto 241/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal Intermedi@. Gestión de Ofertas de Empleo (BOA de 20 de octubre de 2007). Texto completo.

DECRETO 241/2007, DE 2 DE OCTUBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA EL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL INTERMEDI@. GESTIÓN DE OFERTAS DE EMPLEO.

El Instituto Aragonés de Empleo, en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 2.1.a de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo, ejerce funciones de ejecución, en materia de intermediación laboral, garantizando la transparencia y accesibilidad a la información por parte del sistema público de empleo. La intermediación laboral es el conjunto de acciones que tienen por objeto poner en contacto las ofertas de trabajo con los demandantes de empleo para su colocación, teniendo como finalidad proporcionar a los demandantes un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados a sus requerimientos y necesidades.

En aras a una consecución más efectiva de los objetivos expuestos el Instituto Aragonés de Empleo pone a disposición de los empleadores una nueva herramienta de intermediación laboral a través de una aplicación informática llamada Intermedi@ que permite a los empleadores gestionar sus ofertas de empleo accediendo a los historiales profesionales de los demandantes de empleo que figuran inscritos en la base de datos del INAEM, respetando en todo caso el derecho a la protección de datos personales de los trabajadores.

La aplicación permite conocer el número de candidatos que se ajustan a los perfiles del personal que necesita la empresa. No obstante, para acceder a los datos profesionales de los demandantes de empleo, el empleador deberá registrarse previamente en la aplicación Intermedi@, comunicando los datos de identificación, entre los que se encuentran datos personales de los empresarios individuales, así como de las personas de contacto de las empresas usuarias.

Estos datos personales hacen necesaria la creación de un fichero de registro e identificación de los empleadores usuarios de la aplicación y las personas de contacto con el INAEM en la gestión de ofertas de empleo a través de Intermedi@.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE núm. 298, de 14 de diciembre) establece en su artículo 20 tanto la obligación de crear, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos de carácter personal mediante una disposición de carácter general publicada en el BOE o Diario Oficial correspondiente como la de indicar en ella todos los contenidos que expresamente especifica.

El Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (“Boletín Oficial de Aragón” núm. 67, de 4 de junio) determina que la disposición de carácter general preceptiva, para este ámbito autonómico, será un Decreto del Gobierno de Aragón, aprobado a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y cuya iniciativa debe partir del Departamento competente por razón del contenido del fichero. Asimismo, concreta en los mismos términos que los establecidos en al artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 los contenidos que deben figurar en los Decretos Autonómicos de creación y modificación de ficheros.

Por todo ello, la iniciativa para la elaboración del presente Decreto corresponde al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, mientras que su propuesta ha sido del Consejero de Presidencia, y en virtud de la misma, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 2 de octubre de 2007,

DISPONGO:

Artículo 1.-Objeto

El objeto de este Decreto es la creación del fichero de datos de carácter personal INTERMEDI@. GESTIÓN DE OFERTAS DE EMPLEO, tal y como figura en el anexo de este Decreto que recoge las indicaciones señaladas en al artículo 20 p.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el artículo 2 del Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2.-Responsabilidad sobre los ficheros

Corresponde al titular del Órgano responsable del fichero adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos y hacer efectivo el ejercicio de los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación, que en su caso sean solicitados por los interesados.

Artículo 3.-Información a los afectados

Los afectados serán previamente informados de modo expreso, en los términos previstos en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 4.-Régimen de Protección de Datos

1. El fichero que se crea mediante este Decreto queda sometido a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

2. Los datos registrados en el fichero regulado en este Decreto se usarán exclusivamente para la finalidad y usos para los que fue creado.

3. El fichero regulado por este Decreto se ajustará en todo caso a las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Artículo 5.-Inscripción en el Registro General de Protección de Datos

De conformidad con lo establecido en el art. 39.2.a de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el presente fichero será inscrito en el Registro General de Protección de Datos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Habilitación Normativa

Se faculta al Consejero competente en materia de Empleo para elaborar las disposiciones necesarias para el desarrollo de este Decreto.

Segunda.-Entrada en vigor

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

ANEXO

FICHERO DE DATOS INTERMEDI@

1. Finalidad y uso del fichero

La finalidad del fichero es el registro de los empleadores y sus personas de contacto con el INAEM en la Gestión de Ofertas de Empleo.

2. Personas o colectivos sobre los que se obtienen datos

Empresarios individuales y personas de contacto de los empleadores registrados como usuarios de la aplicación Intermedi@.

3. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal

Vía telemática

4. Estructura básica del fichero

Datos de carácter identificativo:

-Nombre y apellidos

-NIF/NIE

-Dirección postal/electrónica

-Teléfono

5. Cesiones de datos de carácter personal

No están previstas.

6. Órgano responsable del fichero

Secretario General del INAEM.

7. Servicios o Unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Servicio de Intermediación del INAEM.

Alcalde Sáinz de Varanda 15 Zaragoza 50.009

8. Medidas de Seguridad

Nivel Básico.

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