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MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE JUNTA DE CAMPUS DE GIPUZKOA

22/10/2007
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Resolución de 24 de septiembre de 2007, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la modificación del Reglamento de Junta de Campus de Gipuzkoa (BOPV de 19 de octubre de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 2007, DEL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR LA QUE SE ORDENA LA PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO DE LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE JUNTA DE CAMPUS DE GIPUZKOA.

En virtud de lo establecido en el artículo 27 del Reglamento de la Junta de Campus de Gipuzkoa de la UPV/EHU (BOPV n.º 234 de 12 de diciembre de 2005), la Junta de Campus de Gipuzkoa de la UPV/EHU aprobó en su sesión de 10 de mayo de 2007 la modificación del artículo 6.3.d) del citado Reglamento de Junta de Campus de Gipuzkoa.

La reforma propuesta fue informada favorablemente por la asesoría jurídica con fecha 30 de mayo de 2007.

Esta modificación reglamentaria es competencia del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU, en virtud de lo dispuesto por el artículo 266 de los Estatutos de la UPV/EHU.

A la vista de las anteriores consideraciones, el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU, en su sesión de 21 de junio de 2007, acordó modificar el Reglamento de Junta de Campus de Gipuzkoa.

Por último, el artículo 258.1 de los Estatutos de la UPV/EHU en su apartado d), encomienda al Secretario General garantizar la publicidad de todos los acuerdos de la UPV/EHU, y así también se establece en la Ley 4/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la modificación del Reglamento de Junta de Campus de Gipuzkoa en los siguientes términos:

1.– Modificar la redacción del artículo 6.3.d del Reglamento que quedará como sigue:

d) Seis representantes de las Directoras o Directores de Departamento y de las Secciones Departamentales pertenecientes al Campus.

Segundo.– Esta modificación entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Esta Resolución por ser firme, pone fin a la vía administrativa y contra la misma sólo se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó o recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales de lo Contencioso de Bilbao en el plazo de dos meses.

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