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  • EDICIÓN DE 15/10/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 33/2002

15/10/2007
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Decreto 189/2007, de 5 de octubre, del Consell, por el que se modifica el Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, por el que se creó la Comisión Interdepartamental de Inmigración (Ref. Iustel §004537 Vínculo a legislación) (DOCV de 11 de octubre de 2007). Texto completo.

El Decreto 189/2007 modifica los artículos 2 y 8 del Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Inmigración.

El Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Inmigración puede consultarse en el Libro Primero del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO 189/2007, DE 5 DE OCTUBRE, DEL CONSELL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 33/2002, DE 26 DE FEBRERO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE CREÓ LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE INMIGRACIÓN.

Por el Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, se creó la Comisión Interdepartamental de Inmigración, modificado, con posterioridad, por los Decretos 88/2002, de 30 de mayo, y 152/2006, de 6 de octubre, ambos del Consell.

El Decreto 92/2007, de 6 de julio, del Consell, estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat. Las modificaciones producidas afectan directamente a la composición de la Comisión Interdepartamental de Inmigración, estimándose oportuna la adaptación del Decreto que la regula a la nueva organización.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Inmigración y Ciudadanía, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 5 de octubre de 2007, DECRETO:

Artículo 1

Todas las referencias hechas a la “conselleria de Bienestar Social”, a lo largo del articulado del Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, se sustituyen por la “conselleria con competencia en materia de inmigración”.

Artículo 2

Se modifica el artículo 2 del Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, cuya redacción queda como sigue:

“La Comisión Interdepartamental de Inmigración estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidente: el titular de la conselleria competente en materia de inmigración.

b) Vicepresidente: el titular de la Secretaría Autonómica competente en materia de inmigración.

c) Vocales:

Un representante con cargo de titular de Dirección General o Superior, en representación de cada una de las siguientes consellerias:

– De la que tenga la competencia en materia de economía, hacienda y empleo.

– De la que tenga competencias en materia de bienestar social.

– De la que tenga competencias en materia de infraestructuras y transportes.

– De la que tenga competencias en materia de educación.

– De la que tenga competencias en materia de cultura y deporte.

– De la que tenga competencias en materia de sanidad.

– De la que tenga competencias en materia de industria, comercio e innovación.

– De la que tenga competencias en agricultura, pesca y alimentación.

– De la que tenga competencias en medio ambiente, agua, urbanismo y vivienda.

– De la que tenga competencias en justicia y administraciones públicas.

– De la que tenga competencias en gobernación.

– De la que tenga competencias en turismo.

– El titular de la Secretaría Autonómica de Comunicación.

– El titular de la Dirección General con competencias en cooperación al desarrollo y solidaridad.

– El titular de la Dirección General con competencias en ciudadanía e integración.

d) Secretario: el titular de la Dirección General competente en materia de inmigración”.

Artículo 3

Se modifica el artículo 8 del Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, cuya redacción queda como sigue:

“La Secretaría administrativa de la Comisión Interdepartamental de Inmigración corresponderá a la unidad administrativa que tenga atribuidas las funciones de secretariado administrativo de los órganos colegiados de la Generalitat”.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

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