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COMISIONADO PARA LA COSTA DEL SOL

08/10/2007
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Decreto 255/2007, de 2 de octubre, por el que se crea el Comisionado para la Costa del Sol (BOJA de 5 de octubre de 2007). Texto completo.

DECRETO 255/2007, DE 2 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE CREA EL COMISIONADO PARA LA COSTA DEL SOL.

El Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental de la provincia de Málaga, aprobado por el Decreto 142/2006, de 18 de julio, establece como principal objetivo promover el desarrollo sostenible de dicho territorio mediante un modelo de ordenación de usos y actividades que permita optimizar los recursos territoriales y mejorar las condiciones de bienestar y calidad de vida de sus habitantes, estableciendo para ello una serie de objetivos generales ligados a la ordenación territorial. Esta ordenación debe clarificar usos territoriales, fomentar el transporte público mediante la constitución de unos sistemas de transporte sostenible y el impulso del ferrocarril, generar nuevas redes de infraestructuras viarias, hidráulicas y energéticas, eliminar los vertidos al litoral, potenciar los recursos paisajísticos de los espacios libres, crear nuevas dotaciones y equipamientos sociales y fomentar las actividades económicas a través de la centralización territorial de las Áreas de Oportunidad creadas a tal fin.

El alcance y la complejidad de las actuaciones previstas requiere la creación de un órgano que garantice el impulso de todas ellas y la coordinación de los agentes encargados de su ejecución.

Asimismo, se hace necesario garantizar la coordinación de otras intervenciones que desde la Administración de la Junta de Andalucía pueden acometerse en esa zona.

La relevancia de las funciones asignadas a este órgano y su complejidad, que trasciende del ámbito de actuación de una sola Consejería, aconsejan adscribirlo a la Consejería de la Presidencia.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.20 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de la Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 2 de octubre de 2007, DISPONGO:

Artículo 1. Creación del Comisionado para la Costa del Sol.

Se crea el Comisionado para la Costa del Sol, encargado de la coordinación, impulso y seguimiento de las intervenciones integrales de la Administración de la Junta de Andalucía en dicho ámbito territorial.

A los efectos de este Decreto, las competencias del Comisionado se extienden a los municipios incluidos en el ámbito territorial del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental de la provincia de Málaga, aprobado por el Decreto 142/2006, de 18 de julio.

Artículo 2. Nombramiento y adscripción del Comisionado.

1. La persona titular del Comisionado será nombrada y separada por decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería de la Presidencia.

2. El Comisionado estará adscrito a la Consejería de la Presidencia.

Artículo 3. Organización.

El Comisionado dispondrá de una Oficina, a la que se le asignarán los medios personales y materiales que fueren necesarios para el correcto desempeño de su labor.

Artículo 4. Competencias.

El Comisionado ejercerá las competencias de coordinación, impulso y seguimiento previstas en el artículo 1 de este Decreto, colaborando con las distintas Administraciones Públicas y agentes privados implicados, en particular, en materia de:

a) Planificación general.

b) Ordenación del territorio y del litoral.

c) Infraestructuras, dotaciones y equipamientos sociales.

d) Movilidad.

e) Intervenciones de ámbito metropolitano y conformación de redes y áreas de oportunidad.

Artículo 5. Retribuciones.

El Comisionado percibirá las retribuciones que se determinen por el Consejo de Gobierno.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente norma.

Disposición final primera. Modificación del Decreto 174/2005, de 19 de julio, por el que se crea la Oficina para la Ordenación del Territorio y del Litoral en la Costa del Sol.

Se modifica el Decreto 174/2005, de 19 de julio, por el que se crea la Oficina para la Ordenación del Territorio y del Litoral en la Costa del Sol en el sentido siguiente:

Uno. La Oficina para la Ordenación del Territorio y del Litoral en la Costa del Sol creada por el citado Decreto 174/2005, de 19 de julio, pasa a denominarse Oficina para el Plan de Ordenación del Territorio de la aglomeración urbana de Málaga.

Dos. El artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

“Corresponde a la Oficina ejercer, dentro de su ámbito territorial, las funciones de impulso, coordinación y seguimiento del Plan de Ordenación del Territorio de la aglomeración urbana de Málaga, formulado por el Decreto 213/2006, de 5 de diciembre, de acuerdo con los criterios generales fijados por la Secretaría General de Ordenación del Territorio, así como aquellas otras que se le deleguen”.

Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo y ejecución.

Se faculta a los Consejeros de la Presidencia y de Economía y Hacienda y a la Consejera de Justicia y Administración Pública para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de este Decreto.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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