ORDEN EDU/1567/2007, DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EDU/1447/2006, DE 15 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE APOYO A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PARA PROYECTOS A REALIZAR POR GRUPOS DE INVESTIGACIÓN Y GRUPOS DE INVESTIGACIÓN NOVELES.
En atención a la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en Castilla y León, y la Estrategia Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (I+D+I) 2002-2006, sustituida en la actualidad por la Estrategia Regional 2007-2013, se dictó la Orden EDU/1447/2006, de 15 de septiembre (B.O.C. y L. n.º 184, de 22 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación para proyectos a realizar por grupos de investigación y grupos de investigación noveles.
La necesidad de dar cobertura dentro de la convocatoria de este tipo de ayudas a los gastos realizados para financiar proyectos llevados a cabo por los citados grupos de investigación desde el 1 de enero del año de concesión de la ayuda, hace precisa la modificación de la citada Orden.
En su virtud y en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo único. Se modifica la Orden EDU/1447/2006, de 15 de septiembre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación para proyectos a realizar por grupos de investigación y grupos de investigación noveles, mediante la incorporación de un nuevo apartado 5 en el artículo 6, en los términos que se establecen a continuación:
5. Se admitirán como justificación los gastos realizados desde el 1 de enero del año de concesión de la ayuda, que se justificarán con cargo a la ayuda concedida al proyecto en la primera anualidad.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.