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  • EDICIÓN DE 25/09/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 12 DE FEBRERO DE 2007

25/09/2007
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Orden de 8 de agosto de 2007, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden de 12 de febrero de 2007 de la Consejería de Sanidad por la que se regulan las bases y convocan subvenciones a ayuntamientos de la región de Murcia, destinadas a la construcción y obras de mejora de centros de atención primaria durante el ejercicio del año 2007 a fin de ampliar la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas (BORM de 22 de septiembre de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 8 DE AGOSTO DE 2007, DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 12 DE FEBRERO DE 2007 DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD POR LA QUE SE REGULAN LAS BASES Y CONVOCAN SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA REGIÓN DE MURCIA, DESTINADAS A LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS DE MEJORA DE CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DURANTE EL EJERCICIO DEL AÑO 2007 A FIN DE AMPLIAR LA CUANTÍA TOTAL MÁXIMA DE LAS SUBVENCIONES CONVOCADAS.

Mediante Orden de 12 de febrero de 2007, de la Consejería de Sanidad, se regularon las bases y se convocaron subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia, destinadas a la construcción y obras de mejora de centros de atención primaria durante el ejercicio del año 2007.

En el artículo 3 de la mencionada Orden se establecía que dichas subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 18.03.00.411C.762.00, proyecto de inversión 10335, de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio del año 2007, en el que figuran créditos por importe de 964.624,00.-euros.

No obstante lo dispuesto, tras transferencia de crédito efectuada, la disponibilidad actual de la partida es mayor y, a la vista de las solicitudes presentadas, se estima conveniente ampliar la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas. Efectivamente, ante la insuficiencia del importe existente se ha realizado transferencia de crédito para aumentar el presupuesto inicial de 964.624,00.-euros, en otros 2.000.000.-euros, quedando como saldo definitivo 2.964.624,00.-euros.

La modificación de la dotación del crédito exige conforme al artículo 17.2 b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la modificación de la Orden que fija las bases reguladoras y convoca la presentes subvenciones.

En su virtud, a propuesta del Director General de Planificación, Financiación Sanitaria y Política Farmacéutica, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 16 y 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el artículo 17.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

Dispongo:

Artículo Único

Se modifica el artículo 3 de la Orden de fecha 12 de febrero de 2007 de la Consejería de Sanidad por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para Ayuntamientos de la Región de Murcia, destinadas a la construcción y obras de mejora de centros de atención primaria durante el ejercicio del año 2007 que queda con la siguiente redacción: “dichas subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 18.03.00.411C.762.00, proyecto de inversión 10335, de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio del año 2007, en el que figuran créditos por importe de 2.964.624,00.-euros.”

Disposición transitoria

Las disposiciones de la presente Orden se aplicarán a las solicitudes de subvención presentadas por los Ayuntamientos al amparo de la Orden de fecha 12 de febrero de 2007 de la Consejería de Sanidad por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para Ayuntamientos de la Región de Murcia, destinadas a la construcción y obras de mejora de centros de atención primaria durante el ejercicio del año 2007. El plazo de seis meses, máximo para resolver y notificar las resoluciones a que den lugar las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de fecha 12 de febrero de 2007 de la Consejería de Sanidad, se computará a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden de modificación.

Disposición final

La presente Orden, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

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