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UNIDADES DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA

25/09/2007
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Decreto 122/2007, de 13 de septiembre por el que se crean Unidades de Orientación Educativa en Centros Públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria (BOCA de 24 de septiembre de 2007). Texto completo.

DECRETO 122/2007, DE 13 DE SEPTIEMBRE POR EL QUE SE CREAN UNIDADES DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA EN CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y/O EDUCACIÓN PRIMARIA.

La Administración educativa de Cantabria ha ido dando pasos en el diseño de un nuevo modelo de orientación educativa y profesional que se adapte a los cambios que presenta la realidad socioeducativa actual. En ese sentido, el Decreto 106/2005, de 1 de septiembre, por el que se crean Unidades de Orientación Educativa en Centros Públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria, establece la creación de once Unidades de Orientación Educativa en otros tantos centros públicos de Educación Infantil y/o Primaria. Asimismo, el Decreto 91/2006, de 31 de agosto, por el que se crean Unidades de Orientación Educativa en centros públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria, establece la creación de veintisiete nuevas Unidades de Orientación en los centros correspondientes. La creación de dichas Unidades de Orientación Educativa ha supuesto profundizar en un modelo de orientación que tiene en cuenta no sólo los principios del modelo de atención a la diversidad que se impulsa desde la Administración educativa de Cantabria, sino también la figura del centro como eje que dinamiza y aglutina la acción de toda la comunidad educativa. Asimismo, dichas Unidades han supuesto un acercamiento de los servicios especializados de orientación a los centros educativos públicos de Educación Infantil y/o Primaria, y han contribuido, mediante una mayor presencia del orientador en dichos centros, a dar respuesta a los retos que plantea actualmente la educación: la necesidad de atender a la creciente diversidad del alumnado; el carácter prioritario que deben tener las acciones que previenen la aparición de dificultades de aprendizaje; el compromiso para contribuir al éxito educativo, es decir, para que todo el alumnado alcance su máximo desarrollo personal y social; la adecuación de la organización de los centros educativos a las demandas y necesidades originadas por las nuevas circunstancias sociales y educativas, etc.

Para avanzar en la realización del modelo de orientación que se ha señalado anteriormente, la Consejería de Educación decide crear, mediante el presente Decreto, nuevas Unidades de Orientación Educativa en centros públicos de Educación Infantil y/o Primaria, potenciando, en consecuencia, un acercamiento de los servicios especializados de orientación a los centros educativos que contribuya a dar respuesta a las demandas que plantea la nueva realidad educativa y social.

El Real Decreto 2671/1998, de 11 de diciembre (BOC de 20 de enero de 1999), sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en Materia de Enseñanza no Universitaria, transfiere a la Comunidad Autónoma las funciones relativas a la creación, clasificación, traslado, clausura, supresión, régimen jurídico, económico y administrativo de las unidades, secciones y centros docentes no universitarios.

Por ello, a propuesta de la consejera de Educación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 13 de septiembre de 2007,

DISPONGO:

Artículo único

1. Por el presente Decreto se crean Unidades de Orientación Educativa, que ejercerán sus funciones en centros públicos de Educación Infantil y/o Educación Primaria. Dichas Unidades tienen como finalidad favorecer la mejora de la atención a todo el alumnado incidiendo en aquellos procesos que contribuyen al desarrollo integral de los alumnos/as en un marco de colaboración entre el profesorado del centro, las familias y el entorno, desde la consideración del centro como eje que dinamiza y aglutina la acción de toda la comunidad educativa.

2.Las Unidades de Orientación Educativa que se crean mediante este Decreto son las siguientes:

DENOMINACIÓN ÁMBITO DE ACTUACIÓN

UNIDAD DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA FLAVIO SAN ROMÁN CP FLAVIO SAN ROMÁN

(CICERO)

UNIDAD DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA MANUEL CACICEDO CP MANUEL CACICEDO

(SAN ROMÁN)

UNIDAD DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA GLORIA FUERTES CP GLORIA FUERTES

(CAMARGO)

UNIDAD DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA

LAS DUNAS CP LAS DUNAS

(LIENCRES)

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se habilita a la titular de la Consejería de Educación a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación del presente Decreto.

Segunda. El presente Decreto será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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