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  • EDICIÓN DE 14/09/2007
 
 

EL SENADO APRUEBA LA REFORMA DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL MINISTERIO FISCAL

14/09/2007
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El Pleno del Senado ha aprobado la reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), que refuerza su autonomía y acomete una reorganización territorial para adecuarse al Estado Autonómico y permitir un despliegue más eficiente.

Este proyecto ha respetado todos los acuerdos adoptados en la Comisión de Justicia del Congreso cuyo dictamen se había aprobado por unanimidad en una parte sustancial, y en el resto, con el apoyo de todos los grupos parlamentarios excepto el PP.

El Pleno del Senado debía debatir y votar la incorporación de algunas enmiendas de carácter técnico presentadas por el Grupo Socialista encaminadas a mejorar el régimen de transición del personal de las fiscalías provinciales a las nuevas fiscalías autonómicas, así como para establecer la temporalidad de ciertos cargos de la Fiscalía. Estas enmiendas han sido finalmente aprobadas.

Asimismo, se han aprobado algunas enmiendas de corte autonómico procedentes de otros grupos (concretamente de Entesa; CiU y PNV), que potencian la figura del nuevo fiscal superior de Comunidad Autónoma. Éstas, han sido apoyadas por todos los grupos salvo el popular.

Finalmente, prosperó la enmienda transaccional 110 presentada por el Grupo Socialista, que prevé que tanto el Consejo Fiscal como el fiscal superior de Comunidad Autónoma sean oídos antes de que el fiscal general del Estado eleve sus propuestas de nombramientos y ascensos al Gobierno, con el apoyo de todos los grupos del Senado a excepción del PP.

Más autonomía

Para dotar al Ministerio Fiscal de autonomía funcional en el desempeño de sus funciones, se introducen causas tasadas de cese del fiscal general, que puede revisar el Tribunal Supremo: petición propia, incompatibilidad o prohibición establecida en la Ley, incapacidad o enfermedad, incumplimiento grave o reiterado de sus funciones y fin del mandato del Gobierno que lo propusiera.

Asimismo, se establece que el candidato propuesto por el Gobierno deberá comparecer ante una comisión del Congreso de los Diputados antes de ser nombrado por el Rey; además el fiscal general tendrá un mandato de 4 años, no renovable, excepto cuando el titular hubiera ostentado el cargo durante un periodo inferior a dos años, caso en que sí podría ser renovado.

Reorganización territorial

La nueva regulación busca alcanzar la adecuación al Estado Autonómico y permitir un despliegue territorial más eficiente. Por ello, se refuerza la figura del fiscal en el ámbito de las Comunidades Autónomas, mediante la creación de la figura del fiscal superior de la Comunidad Autónoma, que viene a sustituir a los actuales fiscales jefes de los Tribunales Superiores de Justicia.

Este nuevo fiscal superior asume la representación institucional del fiscal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, además de hacerse cargo de la dirección efectiva del ministerio público en dicho territorio.

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