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  • EDICIÓN DE 16/08/2007
 
 

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EFECTUADA POR LA ORDEN DE 9 DE NOVIEMBRE DE 2006

16/08/2007
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Resolución de 1 de agosto de 2007, de la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística, por la que se amplía el plazo de resolución y notificación de la convocatoria efectuada por la Orden que se cita, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, modalidad IV, fortalecimiento del tejido empresarial andaluz (BOJA de 14 de agosto de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 1 DE AGOSTO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN TURÍSTICA, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EFECTUADA POR LA ORDEN QUE SE CITA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE TURISMO, MODALIDAD IV, FORTALECIMIENTO DEL TEJIDO EMPRESARIAL ANDALUZ.

La Orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, modalidad IV, fortalecimiento del tejido empresarial andaluz, habilita en su disposición final primera a la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución y aplicación de dicha Orden.

El Decreto 240/2004, de 18 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, atribuye a la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística, las competencias en materia de fomento de la actividad económica turística, potenciando su diversificación y el diseño de nuevos productos turísticos en un contexto de colaboración público–privada.

La citada Orden de 9 de noviembre de 2006 (BOJA de 13 de diciembre) establece en su artículo 14.4 un plazo de resolución y notificación de seis meses contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

En virtud de lo anterior y, de conformidad con lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción, dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, resuelvo:

Ampliar en tres meses el plazo fijado para resolver y notificar las ayudas derivadas de la convocatoria efectuada por la Orden de 9 de noviembre de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, modalidad IV, fortalecimiento del tejido empresarial andaluz.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la presente Resolución no será susceptible de recurso.

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