ACUERDO DE 13 DE JULIO DE 2007, DE LA MESA DE LES CORTS VALENCIANES, SOBRE LA REGULACIÓN DE FICHEROS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN RELACIÓN A LA INSTRUCCIÓN.
1/2006, de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), sobre videovigilancia.
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la crea creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el diario oficial correspondiente.
A fin de dar cumplimiento del mandato establecido en la citada Ley Orgánica y asegurar a los administrados el ejercicio legítimo de sus derechos, y dado que para la seguridad de sus instalaciones, Les Corts Valencianes precisan en la actualidad de la creación de un nuevo fichero automatizado, que figura en el anexo de este acuerdo, con la finalidad de grabar y tratar las imágenes para la seguridad exterior e interior de las personas que acceden y transitan por los edificios de la Institución, la Mesa de Les Corts Valencianes, mediante el acuerdo 27bis/VII, acuerda:
Primero
Aprobar la creación del fichero que se relaciona en el anexo I.
Segundo
La responsabilidad sobre dicho fichero automatizado de Les Corts Valencianes corresponde a las mismas, sin perjuicio de la coordina coordinación que corresponda al Letrado Mayor de las Cortes Valencianas y de la responsabilidad directa que en la gestión y en la custodia del mismo corresponda al Área o Servicio que se especifica en el anexo.
Tercero
Los gestores del fichero automatizado adoptarán las medidas necesarias para asegurar que los datos de carácter personal se utilizarán exclusivamente para las finalidades que justifican su creación que se concretan en el acuerdo de su creación. Asimismo adoptarán las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento por los usuarios de las medidas de seguridad que se adopten para dicho fichero.
Cuarto
Los titulares de los datos incluidos en el fichero objeto de esta resolución podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación de los datos y oposición al tratamiento, de acuerdo con lo previsto en al artículo 13 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal, así como en los demás casos previstos en la legislación vigente y ante el órgano competente que para cada fichero se concreta.
Quinto
En los casos en que se prevean comunicaciones de datos los responsables
de los ficheros automatizados advertirán a los cesionarios de datos de carácter personal de su obligación de utilizarlos exclusivamente para la finalidad de la cesión y de conformidad con lo que prevé el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Valencianas y en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana.
ANEXO I
Denominación del fichero: Vídeovigilancia.
a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo: Grabación y tratamiento de imágenes para la seguridad interior y exterior de las personas que acceden y transitan por los edificios de Les Corts Valencianes y sus proximidades.
b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas físicas que acceden o transitan por los edificios de Les Corts Valencianes y sus proximidades.
c) Procedimiento de recogida de datos: Los datos registrados son recogidos por cámaras de vídeo vigilancia mediante la captura de imágenes.
d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos incluidos en el mismo: Fichero de imagen.
e) Cesiones de datos de carácter personal. No están previstas.
f) Órgano de la administración responsable del fichero: Corts Valencianes.
Plaza de San Lorenzo, 4
Valencia 46003
g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Corts Valencianes. Secretaría General.
h) Medidas de seguridad: Nivel Básico.
i) Cancelación: Los datos serán cancelados en un mes desde su captación.