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  • EDICIÓN DE 01/08/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 22 DE MARZO DE 2006

01/08/2007
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Orden de 25 de julio de 2007, por la que se modifica la de 22 de marzo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al sector equino en Andalucía y se efectúa su convocatoria para el año 2006 (BOJA de 31 de julio de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 25 DE JULIO DE 2007, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 22 DE MARZO DE 2006, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL SECTOR EQUINO EN ANDALUCÍA Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2006.

PREÁMBULO

La actual Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 22 de marzo de 2006 viene a regular en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía las subvenciones estatales destinadas al sector equino, reguladas por Real Decreto 1200/2005, de 10 de octubre (BOE núm. 255, de 25 de octubre).

Por el Real Decreto 1581/2006, de 22 de diciembre (BOE núm. 17, de 19 de enero de 2007), se ha modificado el Real Decreto 1200/2005, de 10 de octubre, en ciertos aspectos puntuales de diversos artículos, así como en el artículo 3.2 para posibilitar las subvenciones a proyectos plurianuales.

Dado que la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 22 de marzo de 2006 desarrolla el Real Decreto 1200/2005, de 10 de octubre, como normativa básica del Estado, es necesario modificar igualmente los preceptos afectados por las modificaciones mencionadas.

Por otro lado, ante la limitación de fondos y con objeto de ajustar los compromisos y condiciones de la subvención otorgable y el importe de la subvención, se hace necesario prever la posibilidad de instar del beneficiario la reformulación de su solicitud.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, de reestructuración de las Consejerías, y el Decreto 204/2004, de 11 de mayo, de estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca y lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública para la Comunidad Autónoma Andaluza, a propuesta de la Directora General de la Producción Agrícola y Ganadera, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 22 de marzo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al sector equino en Andalucía y se efectúa su convocatoria para el año 2006.

La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 22 de marzo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al sector equino en Andalucía y se efectúa su convocatoria para el año 2006, queda modificada como sigue:

Uno. Se añade el apartado número 4 al artículo 9, que queda redactado en los siguientes términos:

“Cuando el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del beneficiario la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, conforme al artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.”

Dos. El primer párrafo del artículo 11 queda redactado en los siguientes términos:

“Las actividades previstas, que han sido objeto de subvención, según lo previsto en el Real Decreto 1200/2005, de 10 de octubre, deberán estar finalizadas en el plazo máximo de seis meses desde la notificación de la resolución de concesión”.

Disposición transitoria. Solicitudes en trámite.

A las solicitudes de subvenciones de la convocatoria para 2007 que se encuentren en trámite a la entrada en vigor de la presente orden, les será de aplicación lo dispuesto en la misma.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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