Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/07/2007
 
 

ISLAS BALEARES: ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LAS CONSEJERÍAS

13/07/2007
Compartir: 

Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOCAIB de 12 de julio de 2007). Texto completo.

DECRETO 11/2007, DE 11 DE JULIO, DEL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LAS CONSEJERÍAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

El Decreto 9/2007, de 6 de julio, del Presidente de las Illes Balears, determina la composición del Gobierno y establece una nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears mediante la creación, la extinción y la modificación de varias consejerías.

Es obligado, en consecuencia, concretar la estructura orgánica básica de cada consejería de acuerdo con las previsiones de los artículos 11 c y 38.3 a de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, y 5 y 8 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto el siguiente DECRETO:

Artículo 1.

Las consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears ejercen las competencias normativas y ejecutivas atribuidas a esta Administración por el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico en los sectores correspondientes de la acción pública.

Artículo 2.

Para las consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se establece la estructura orgánica básica siguiente:

1. Consejería de Presidencia:

- Secretaría General

- Dirección General de Relaciones Institucionales

- Dirección General de Relaciones con el Parlamento y de Coordinación Normativa

- Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma

- Dirección General de Administraciones Públicas

- Dirección General de Proyectos

- Dirección General de Coordinación Departamental

- Dirección General de Acción Exterior y Relaciones con la Unión Europea

- Dirección General de Comunicación

- Dirección General de Calidad de los Servicios

- Dirección General de Justicia

Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Relaciones Institucionales: relaciones generales con el Gobierno del Estado y las comunidades autónomas; relaciones con el Consejo Consultivo y otros órganos estatutarios; acción cívica y relaciones con los grupos sociales; atención e información al ciudadano; fundaciones, asociaciones y corporaciones de derecho público; Registro de Entidades Jurídicas.

b) Dirección General de Relaciones con el Parlamento y de Coordinación Normativa: apoyo al Gobierno en las relaciones con el Parlamento; coordinación de la iniciativa legislativa y del ejercicio de los poderes normativos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma; coordinación del desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía; coordinación de los procesos de transferencia de funciones y servicios; Comisión Asesora de Derecho Civil; Boletín Oficial de las Illes Balears.

c) Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma: dirección y coordinación de los servicios de representación y defensa en juicio y de asesoramiento jurídico del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma; coordinación de los servicios jurídicos de las consejerías y de las entidades dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma; Instituto de Estudios Autonómicos.

d) Dirección General de Administraciones Públicas: organización y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma; relaciones interadministrativas; cooperación con los entes territoriales; convenios; archivos administrativos; registros administrativos, incluidos los telemáticos.

e) Dirección General de Proyectos: elaboración, coordinación y seguimiento de proyectos estratégicos; eventos de interés autonómico.

f) Dirección General de Coordinación Departamental: coordinación entre órganos de distintas consejerías; coordinación, implementación y seguimiento de programas de Gobierno.

g) Dirección General de Acción Exterior y Relaciones con la Unión Europea: proyección exterior de los intereses autonómicos; participación en la política internacional del Estado; relaciones con la Unión Europea; oficinas de representación; comunidades baleares en el exterior.

h) Dirección General de Comunicación: información sobre la actividad gubernamental y administrativa y relaciones con los medios informativos; régimen de prensa, radio y televisión; radio y televisión públicas; publicidad institucional.

i) Dirección General de Calidad de los Servicios: modernización y calidad de los servicios públicos; ordenación de los procedimientos administrativos; reconocimiento y análisis de la demanda y percepción de los usuarios y la ciudadanía.

j) Dirección General de Justicia: relaciones con la Administración de Justicia; medios personales y materiales al servicio de la Justicia.

2. Consejería de Economía, Hacienda e Innovación:

- Secretaría General

- Dirección General de Presupuestos y Financiación

- Dirección General del Tesoro y Política Financiera

- Dirección General de Patrimonio

- Dirección General de Economía

- Dirección General de Tecnología y Comunicaciones

- Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación

- Dirección General de Tributos y Recaudación

- Intervención General de la Comunidad Autónoma

Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los ámbitos materiales siguientes:

a) Dirección General de Presupuestos y Financiación: impulso y coordinación de los procesos de preparación, ejecución y control de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma; financiación autonómica; control y seguimiento de la financiación afectada y de la procedente de fondos europeos; relaciones financieras con las haciendas territoriales; coordinación y seguimiento del proceso de transferencias de funciones y servicios del Estado en la Comunidad Autónoma; apoyo a los procesos de descentralización territorial.

b) Dirección General del Tesoro y Política Financiera: Tesorería General; deuda pública; tutela financiera sobre los entes locales; cajas de ahorro; instituciones de crédito cooperativo; sociedades de garantía recíproca; mediadores de seguros.

c) Dirección General de Patrimonio: ordenación, gestión, inventario y defensa de los bienes y derechos de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus entidades dependientes; contratación administrativa; Registro de Contratos y Contratistas; Junta Consultiva de Contratación Administrativa.

d) Dirección General de Economía: planificación y ordenación económicas generales; promoción de la economía productiva; análisis de coyuntura y estadística; planes de subvenciones.

e) Dirección General de Tecnología y Comunicaciones: planificación y ordenación de los sectores de las comunicaciones y de las nuevas tecnologías de la información; recursos tecnológicos y servicios informáticos y telemáticos de la Administración de la Comunidad Autónoma; televisión local y por cable; emisoras de radiodifusión sonora.

f) Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación: fomento, planificación y coordinación del sistema de ciencia, tecnología e innovación de las Illes Balears; Plan de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

g) Dirección General de Tributos y Recaudación: gestión, inspección, liquidación y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma; gestión de recursos de otras administraciones públicas; Junta Superior de Hacienda.

h) Intervención General de la Comunidad Autónoma: control interno de la actividad presupuestaria; contabilidad pública; control financiero y de auditoría interna; Registro de Subvenciones.

3. Consejería de Turismo:

- Secretaría General

- Dirección General de Promoción Turística

- Dirección General de Ordenación y Planificación

Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los ámbitos materiales siguientes:

a) Dirección General de Promoción Turística: promoción, difusión y comercialización de los productos y servicios turísticos; información estadística y estudios relativos al turismo.

b) Dirección General de Ordenación y Planificación: ordenación normativa general y planificación del sector turístico.

4. Consejería de Movilidad y Ordenación del Territorio:

- Secretaría General

- Dirección General de Movilidad

- Dirección General de Ordenación del Territorio

Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Movilidad: planificación y ordenación de los transportes terrestres y marítimos; políticas de movilidad.

b) Dirección General de Ordenación del Territorio: planificación general de la ordenación territorial y urbanística; cartografía; recuperación y mejora de infraestructuras territoriales.

5. Consejería de Educación y Cultura:

- Secretaría General

- Dirección General de Administración, Ordenación e Inspección Educativas

- Dirección General de Planificación y Centros

- Dirección General de Innovación y de Formación del Profesorado

- Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente

- Dirección General de Personal Docente

- Dirección General de Universidad

- Dirección General de Cultura

- Dirección General de Política Lingüística

Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Administración, Ordenación e Inspección Educativas: relaciones con las administraciones educativas y coordinación general de los servicios educativos; ordenación de las enseñanzas; enseñanza del catalán y normalización lingüística en el ámbito educativo; enseñanza de lenguas extranjeras; programas internacionales; nuevas tecnologías aplicadas a la educación; inspección educativa; evaluación del sistema educativo.

b) Dirección General de Planificación y Centros: planificación educativa; coordinación, régimen orgánico y funcionamiento de los centros docentes; centros concertados; relaciones con la comunidad educativa; educación a distancia no universitaria; gestión de títulos académicos y convalidaciones; becas.

c) Dirección General de Innovación y de Formación del Profesorado:

impulso y fomento de proyectos de innovación educativa; materiales didácticos; formación permanente del profesorado.

d) Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente: formación profesional y relaciones del sistema educativo con la empresa; enseñanzas de régimen especial; educación de personas adultas.

e) Dirección General de Personal Docente: ordenación y gestión del personal docente y del personal al servicio de los centros educativos.

f) Dirección General de Universidad: ordenación y gestión del sistema universitario; infraestructuras; relaciones con la comunidad universitaria; fomento de la investigación.

g) Dirección General de Cultura: difusión y fomento de la cultura; promoción de la cultura balear en el exterior; cultura popular; libros y propiedad intelectual; bibliotecas, museos, archivos y equipamientos culturales; patrimonio histórico.

h) Dirección General de Política Lingüística: normalización de la lengua catalana; promoción y defensa de los derechos lingüísticos.

6. Consejería de Salud y Consumo:

- Secretaría General

- Dirección General de Salud y Participación

- Dirección General de Planificación y Financiación

- Dirección General de Evaluación y Acreditación

- Dirección General de Farmacia

- Dirección General de Consumo

Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Salud y Participación: promoción y protección de la salud; ordenación de la medicina preventiva y de la asistencia sanitaria; epidemiología y prevención de las enfermedades; sanidad ambiental; sanidad veterinaria; inspección sanitaria.

b) Dirección General de Planificación y Financiación: planificación y ordenación sanitaria general; financiación sanitaria; políticas de calidad de la prestación sanitaria.

c) Dirección General de Evaluación y Acreditación: evaluación e inspección de los servicios sanitarios; acreditación de centros, servicios y profesionales sanitarios; políticas de formación, de investigación y de información sanitarias; coordinación autonómica de trasplantes de órganos y de tejidos.

d) Dirección General de Farmacia: ordenación farmacéutica; control y mejora de la calidad de la prestación farmacéutica; productos farmacéuticos.

e) Dirección General de Consumo: defensa de los consumidores y usuarios; control de mercado; inspección de consumo; información y atención a los consumidores y usuarios; Junta Arbitral de Consumo; relaciones con las asociaciones de consumidores.

7. Consejería de Medio Ambiente:

- Secretaría General - Dirección General de Recursos Hídricos - Dirección General de Biodiversidad - Dirección General de Caza, Protección de Especies y Educación Ambiental - Dirección General de Calidad Ambiental y de Litoral - Dirección General de la Oficina del Cambio Climático Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Recursos Hídricos: planificación hídrica, tarifas y planes de ahorro; infraestructuras hidráulicas; dominio público hidráulico y régimen jurídico del agua; laboratorio del agua; suministro de agua y saneamiento de aguas residuales.

b) Dirección General de Biodiversidad: biodiversidad, paisaje y recursos forestales; ordenación de recursos naturales; planificación, conservación y gestión de espacios naturales, ecosistemas marinos y terrestres, planificación y gestión forestal y de montes; prevención y extinción de incendios forestales; cartografía; planes y acuerdos nacionales e internacionales relativos a la biodiversidad.

c) Dirección General de Caza, Protección de Especies y Educación Ambiental: caza y ordenación de los recursos cinegéticos; especies protegidas; planes y programas de educación ambiental para la sociedad civil; actividades formativas en los espacios naturales protegidos.

d) Dirección General de Calidad Ambiental y de Litoral: planificación de los sistemas de gestión de residuos y suelos contaminados; fomento y planificación de la utilización de energías renovables; ordenación y protección del litoral; actuaciones en dominio público marítimo-terrestre.

e) Dirección General de la Oficina del Cambio Climático: coordinación de actuaciones en materia de cambio climático; cumplimiento de los compromisos de reducción de emisión de gases de efecto invernadero; control de la contaminación atmosférica; calidad del aire; laboratorio de la atmósfera; seguimiento de la evolución del clima.

8. Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración:

- Secretaría General - Dirección General de Atención a la Dependencia.

- Oficina de la Defensa del Derechos del Menor - Dirección General de Menores y Familia - Dirección General de Cooperación - Dirección General de Inmigración Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Atención a la Dependencia: atención y apoyo a personas con dependencia, a personas con discapacidad, a personas de la tercera edad y a otros colectivos en situación de riesgo; prestaciones económicas; autorización, registro e inspección de servicios y centros de servicios sociales.

b) Oficina de la Defensa de los Derechos del Menor: defensa y promoción de los derechos de los menores; quejas sobre situaciones de amenaza y de vulneración de derechos.

c) Dirección General de Menores y Familia: aplicación de medidas de justicia juvenil; ordenación de la protección de menores; políticas de promoción y apoyo a las familias y unidades de convivencia; atención a las víctimas del delito; reinserción social.

d) Dirección General de Cooperación: cooperación social y económica de carácter exterior; políticas de solidaridad y desarrollo humano a pueblos y países no desarrollados o en vías de desarrollo.

e) Dirección General de Inmigración: atención a la población inmigrante; apoyo a la integración social y laboral de la inmigración; relaciones con comunidades y entidades asociativas de residentes foráneos.

9. Consejería de Vivienda y Obras Públicas:

- Secretaría General - Dirección General de Arquitectura y Vivienda - Dirección General de Obras Públicas Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Arquitectura y Vivienda: fomento de la rehabilitación de inmuebles; vivienda de protección oficial; supresión de barreras arquitectónicas; control de la calidad de la edificación; arquitectura: proyectos y valoraciones.

b) Dirección General de Obras Públicas: planificación, construcción, ordenación y gestión de las carreteras de titularidad autonómica y de otras infraestructuras públicas.

10. Consejería de Trabajo y Formación:

- Secretaría General - Dirección General de Trabajo - Dirección General de Salud Laboral - Dirección General de Políticas Activas, Ocupación y Formación Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Trabajo: promoción de la ocupación; gestión de sociedades cooperativas y sociedades laborales; mediación, arbitraje y conciliación de los conflictos laborales; instrucción de procedimientos sancionadores en materia social; relaciones laborales; apertura de centros de trabajo; calendarios laborales; estudio del medio laboral.

b) Dirección General de Salud Laboral: vigilancia de la salud, la seguridad y la higiene de los trabajadores; prevención e investigación de riesgos laborales.

c) Dirección General de Políticas Activas, Ocupación y Formación:

impulso y desarrollo de la actividad formativa y ocupacional.

11. Consejería de Comercio, Industria y Energía:

- Secretaría General - Dirección General de Comercio - Dirección General de Promoción Industrial - Dirección General de Industria - Dirección General de Energía - Dirección General de Fondos Europeos Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Comercio: comercio interior; equipamientos comerciales; ferias; artesanía; cámaras de comercio; política de precios.

b) Dirección General de Promoción Industrial: fomento de la actividad industrial.

c) Dirección General de Industria: instalaciones eléctricas e industriales; sectores industriales; coordinación de la inspección técnica de vehículos.

d) Dirección General de Energía: energías tradicionales y alternativas; minas.

e) Dirección General de Fondos Europeos: gestión de los fondos procedentes de la Unión Europea.

12. Consejería de Agricultura y Pesca:

- Secretaría General - Dirección General de Agricultura - Dirección General de Pesca - Dirección General de Desarrollo Rural Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Agricultura: planificación, ordenación y fomento de los sectores agrarios y ganaderos; vías pecuarias y pastos; denominaciones de origen.

b) Dirección General de Pesca: ordenación pesquera; recursos marinos; cofradías de pescadores; enseñanzas náutico-pesqueras.

c) Dirección General de Desarrollo Rural: gestión del agua para regadío; infraestructuras necesarias para la producción agraria; explotaciones agrarias prioritarias; fomento agrario.

13. Consejería de Deportes y Juventud:

- Secretaría General - Dirección General de Deportes - Dirección General de Juventud Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Deportes: promoción de la actividad deportiva; competiciones oficiales; asociaciones deportivas; titulaciones náutico-deportivas y subacuáticas; buceo.

b) Dirección General de Juventud: promoción de las actividades juveniles; turismo juvenil y de tiempo libre; participación y asociaciones juveniles.

14. Consejería de Interior:

- Secretaría General - Dirección General de Interior - Dirección General de Emergencias - Dirección General de Función Pública Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

a) Dirección General de Interior: actividades clasificadas; espectáculos; casinos, juegos y apuestas; seguridad y policía autonómica; coordinación de policías locales.

b) Dirección General de Emergencias: emergencias y protección civil; meteorología.

c) Dirección General de Función Pública: planificación, dirección, coordinación y ejecución de la política general de personal; ordenación y gestión del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, excepto el personal docente y el personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica; inspección de calidad, organización y servicios; registro general de personal; personal funcionario con habilitación estatal en servicio en las corporaciones locales.

Artículo 3.

1. Las secretarías generales ejercen las competencias que les asignan los artículos 13 y 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. La Secretaría General de la Consejería de Presidencia da asistencia y apoyo, además, a la estructura de la Presidencia de las Illes Balears.

2. Las direcciones generales ejercen las competencias que les asignan los artículos 15 y 16 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, con relación a los ámbitos materiales definidos, en cada caso, en el artículo 2 de este Decreto.

Artículo 4.

Para la efectividad de la estructura administrativa establecida en este Decreto, se entiende que están adscritas por razón de dependencia, vinculación o participación respecto de cada una de las consejerías mencionadas en el artículo 2, las entidades que se indican en el Anexo de este Decreto.

Disposición adicional primera.

A efectos de delimitar el alcance de las competencias atribuidas en el artículo 2, se entiende que, en todo aquello que no se oponga a este Decreto, consejerías conservan las competencias establecidas, para los sectores materiales respectivos, en los decretos de la Presidencia que estaban en vigor en momento de aprobarse el Decreto 9/2007, de 6 de julio, del Presidente de Illes Balears.

Disposición adicional segunda.

Los consejeros de Economía, Hacienda e Innovación y de Interior han adoptar las medidas necesarias de asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales para hacer efectiva la estructura de Administración que se establece en este Decreto, y a tal fin podrán dictar las disposiciones pertinentes.

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que opongan a lo establecido en este Decreto.

Disposición final.

Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

ANEXO

Omitido.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana