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ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA ADMINISTRACIÓN

12/07/2007
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Decreto 112/2007, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 11 de julio de 2007). Texto completo.

DECRETO 112/2007, DE 10 DE JULIO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

Por Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, se estableció la nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, al objeto de poder hacer frente adecuadamente al desempeño de las actuales competencias y a las demandas sociales.

El desarrollo de esta organización exige determinar los órganos directivos de la Presidencia, Vicepresidencia y de cada Departamento, como estructura orgánica básica que deberá completarse posteriormente, en su caso, con los Decretos que establezcan la estructura orgánica pormenorizada.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 10 de julio de 2007,

DISPONGO:

Artículo 1.-La Presidencia del Gobierno de Aragón se estructura en los siguientes órganos directivos:

-Secretaría General Técnica de la Presidencia

-Secretaría General de Relaciones con las Cortes

Artículo 2.-La Vicepresidencia del Gobierno se estructura en los siguientes órganos directivos:

-Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia

-Dirección General de Desarrollo Estatutario

Artículo 3.-Los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se estructuran en los siguientes órganos directivos:

1.-Departamento de Presidencia

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Relaciones Institucionales

-Dirección General de Participación Ciudadana

-Dirección General de Servicios Jurídicos

-Dirección General de Acción Exterior

-Dirección General de la Función Pública

-Dirección General de Organización, Inspección y Servicios

2.-Departamento de Economía, Hacienda y Empleo

-Viceconsejería de Economía, Hacienda y Empleo

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Política Económica

-Dirección General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio

-Dirección General de Tributos

-Dirección General de Trabajo

-Dirección General de Promoción Económica

-Intervención General

3.-Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes

-Viceconsejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Carreteras

-Dirección General de Urbanismo

-Dirección General de Transportes

-Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

4.-Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior

-Viceconsejería de Justicia

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Administración de Justicia

-Dirección General de Administración Local

-Dirección General de Ordenación del Territorio

-Dirección General de Interior

5.-Departamento de Agricultura y Alimentación

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Producción Agraria

-Dirección General de Fomento Agroalimentario

-Dirección General de Desarrollo Rural

-Dirección General de Alimentación

6.-Departamento de Salud y Consumo

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Planificación y Aseguramiento

-Dirección General de Consumo

-Dirección General de Salud Pública

-Dirección General de Atención al Usuario

7.-Departamento de Industria, Comercio y Turismo

-Viceconsejería de Turismo

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa

-Dirección General de Energía y Minas

-Dirección General de Comercio y Artesanía

-Dirección General de Turismo

8.-Departamento de Educación, Cultura y Deporte

-Viceconsejería de Educación, Cultura y Deporte

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente

-Dirección General de Administración Educativa

-Dirección General de Gestión de Personal

-Dirección General de Política Educativa

-Dirección General de Cultura

-Dirección General de Patrimonio Cultural

-Dirección General del Deporte

9.-Departamento de Medio Ambiente

-Viceconsejería de Medio Ambiente

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático

-Dirección General de Gestión Forestal

-Dirección General de Desarrollo Sostenible y Biodiversidad

10.-Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad

-Viceconsejería de Ciencia y Tecnología

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de Enseñanza Superior

-Dirección General de Investigación, Innovación y Desarrollo

-Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información

11.-Departamento de Servicios Sociales y Familia

-Secretaría General Técnica

-Dirección General de la Familia

-Dirección General de Atención a la Dependencia

-Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.-La asistencia directa e inmediata a la Presidencia del Gobierno de Aragón se llevará a efecto por el Gabinete de la Presidencia y por la Secretaría particular del Presidente, que estarán integrados por el personal eventual que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Segunda.-La asistencia directa e inmediata a la Vicepresidencia del Gobierno se llevará a efecto por el Gabinete de la Vicepresidencia y por la Secretaría particular del Vicepresidente, que estarán integrados por el personal eventual que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Tercera.-La asistencia directa a los Consejeros se llevará a cabo mediante un Gabinete y una Secretaría particular. Cada Gabinete podrá estar integrado por un Jefe de Gabinete y un máximo de tres asesores, dentro de los límites establecidos por las consignaciones presupuestarias.

Sin perjuicio de lo anterior, en el Departamento de Presidencia existirá el número de asesores que se determine en la relación de puestos de trabajo para el desempeño de las competencias en materia de comunicación, de organización de la actividad institucional y de apoyo y seguimiento de la representación exterior del Gobierno de Aragón.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

única.-Los órganos de rango inferior a los regulados en el presente Decreto se entienden subsistentes y conservarán su actual denominación, estructura y funciones, en tanto no se apruebe la estructura orgánica pormenorizada de cada uno de los Departamentos.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única.-Queda derogado el Decreto 137/2003, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus modificaciones posteriores, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto. DISPOSICIONES FINALES

Primera.-El Gobierno de Aragón, a propuesta del Vicepresidente y de cada Consejero, aprobará mediante Decreto las normas de desarrollo de la estructura orgánica establecida por la presente disposición, así como las de redistribuciones de competencias entre los distintos órganos administrativos.

Segunda.-Por el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo se llevarán a cabo las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la efectividad de este Decreto.

Tercera.-El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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