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APOYO AL DEPORTE CIUDADANO

02/07/2007
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Resolución VCP/1939/2007, de 26 de junio, por la que se convoca concurso público para la concesión de las subvenciones, para el año 2007, a las administraciones locales de Cataluña y a entidades de derecho público vinculadas o adscritas a éstas para actuaciones de apoyo al deporte ciudadano correspondientes al Programa C que figura en las bases reguladoras aprobadas por la Resolución VCP/82/2007, de 15 de enero (DOGC de 29 de junio de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN VCP/1939/2007, DE 26 DE JUNIO, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES, PARA EL AÑO 2007, A LAS ADMINISTRACIONES LOCALES DE CATALUÑA Y A ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO VINCULADAS O ADSCRITAS A ÉSTAS PARA ACTUACIONES DE APOYO AL DEPORTE CIUDADANO CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA C QUE FIGURA EN LAS BASES REGULADORAS APROBADAS POR LA RESOLUCIÓN VCP/82/2007, DE 15 DE ENERO.

Vista la Resolución VCP/82/2007, de 15 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de diferentes líneas de subvenciones del Consejo Catalán del Deporte destinadas a entidades deportivas inscritas en el Registro de entidades deportivas, a entidades no deportivas con secciones deportivas adscritas a este Registro, a administraciones locales y a entidades vinculadas con la actividad deportiva en edad escolar, para el fomento y la práctica del deporte, y para promover actividades deportivas especiales o de interés histórico (DOGC núm. 4805, de 23.1.2007);

Visto el Capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, general de subvenciones;

Vistos la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006, y el Decreto 647/2006, de 27 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 mientras no sean vigentes los del 2007;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

Resuelvo:

.1 Convocar concurso público, para el año 2007, para la concesión de las subvenciones a las administraciones locales de Cataluña y a entidades de derecho público vinculadas o adscritas a éstas para actuaciones de apoyo al deporte ciudadano correspondientes al Programa C que figura en las bases reguladoras aprobadas por la Resolución VCP/82/2007, de 15 de enero y que se describe en el anexo de esta Resolución.

.2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases contenidas en la Resolución VCP/82/2007, de 15 de enero, por la normativa general de subvenciones y por lo que dispone esta convocatoria.

.3 La dotación presupuestaria máxima prevista para la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria es de 1.250.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 460.000100/4440 del presupuesto del Consejo Catalán del Deporte para el año 2007.

.4 El plazo de presentación de solicitudes para todas las actuaciones objeto de subvención para este Programa será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

El importe mínimo a solicitar para este Programa será de 3.000 euros, se tendrá en cuenta para el importe mencionado la suma de todos los subprogramas presentados por la misma entidad.

.5 La Subdirección General de actividades Deportivas e Infraestructuras del Consejo Catalán del Deporte examinará las solicitudes presentadas y, previo informe del Comité Ejecutivo sobre la propuesta inicial de otorgamiento, elevará la propuesta de resolución formal al presidente del Consejo Catalán del Deporte que resolverá. La propuesta de resolución tendrá que ser motivada de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en las bases reguladoras de estas subvenciones.

.6 La concesión o denegación de subvenciones se hará por resolución del Presidente del Consejo Catalán del Deporte y se notificará a las entidades solicitantes, por correo ordinario certificado, en el plazo máximo de seis meses a contar de la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC. Transcurrido este plazo de seis meses, sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa del procedimiento, las entidades interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

Contra la resolución de concesión o de denegación de las subvenciones solicitadas las entidades interesadas podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución impugnada o desde el día siguiente de la fecha en que se produjo el acto presunto por silencio administrativo, de conformidad con lo que dispone el artículo 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. De forma potestativa, dentro del mismo plazo, también se podrá efectuar el requerimiento que prevé el artículo 44 de la misma Ley 29/1998.

.7 Contra esta Resolución de convocatoria, las entidades interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que dispone el artículo 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa administrativa. De forma potestativa, dentro del mismo plazo, también podrán efectuar el requerimiento que prevé el artículo 44 de la misma Ley 29/1998.

Anexo 1

Descripción de los diferentes subprogramas

Programa C. Apoyo para el deporte ciudadano.

Este programa está destinado a colaborar en la organización de las actividades de las entidades públicas para el fomento del deporte ciudadano.

Este Programa engloba los subprogramas siguientes:

C.1 Apoyo a programas para la promoción de la actividad físico deportiva entre la población escolar en el marco de las instalaciones deportivas escolares (más instalaciones para educación y deporte).

Este subprograma té por objeto apoyar a los municipios:

a) Que faciliten el uso de las instalaciones deportivas de los centros educativos en horario no lectivo, preferentemente a través de la implantación del Plan catalán de deporte en la escuela y también mediante la apertura de estos centros para otros proyectos de práctica deportiva los sábados por la tarde y los domingos todo el día, con el acuerdo firmado entre el ayuntamiento y el centro educativo.

b) Que faciliten el uso de las instalaciones deportivas municipales para la población juvenil en horario nocturno entre las 24.00 y las 07.00 horas, preferentemente en fin de semana.

C.2 Apoyo a programas especiales de promoción deportiva.

Este subprograma tiene por objeto impulsar programas de promoción deportiva especializada en aquellas actividades que tengan en el propio territorio la referencia y la posible continuidad que ofrecen los programas de tecnificación vinculados al Alto Rendimiento Deportivo Catalán (ARCO).

C.3 Apoyo a campañas y programas de promoción de la práctica de actividad físicoesportiva en el medio natural.

Este subprograma tiene por objeto apoyar a los municipios que tengan la posibilidad, en el propio territorio, de desarrollar:

programas de promoción en los centros BTT/FCC de Cataluña,

programas de promoción de los deportes de nieve para escolares,

programas de promoción de los deportes náuticos,

C.4 Apoyo a la promoción de la práctica de actividades físico deportivas tradicionales y autóctonas del territorio.

Este subprograma tiene por objeto apoyar las iniciativas destinadas a las campañas de promoción de la práctica de actividades físico deportivas tradicionales y autóctonas del territorio. Serán de especial relevancia aquellos deportes o actividades deportivas que están reconocidas como tradicionales e históricas de Cataluña, es decir: laúd, bolos catalanes y patín a vela.

C.5 Apoyo a la realización de las actuaciones deportivas de especial relevancia.

Este subprograma tiene por objeto apoyar las iniciativas destinadas a las actuaciones deportivas, que tengan un carácter singular con una relevancia significativa en el sistema deportivo catalán

C.6 Apoyo a campañas y programas de promoción de la actividad física y deportiva en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Este subprograma tiene por objeto apoyar a los municipios pequeños en cuanto al número de habitantes, en la dinamización de programas, campañas y actuaciones dirigidas a la promoción de la actividad física y deportiva con proyección social, y que no formen parte de ningún otro programa de esta convocatoria.

C.7 Apoyo a la realización de actuaciones de cohesión social mediante el deporte.

Este subprograma tiene por objeto apoyar la promoción de iniciativas en el ámbito deportivo dirigidas a la cohesión social, trabajando los aspectos que se derivan de la integración social, la cooperación con los entes locales y el desarrollo de actuaciones que favorezcan la convivencia.

C.8 Apoyo a las iniciativas específicas de género en el deporte.

Este subprograma tiene por objeto apoyar las actuaciones dirigidas específicamente a la población femenina, con el fin de promocionar la actividad física y deportiva, sensibilizar sobre las posibles carencias de ésta o hacer visibles las aportaciones de la población femenina al deporte a nivel de práctica.

C.9 Redacción de planes de actividad deportiva comarcal.

Este subprograma tiene por objeto apoyar la redacción, por parte de los consejos comarcales o mancomunidades, de planes de actividades comarcales que fomenten la práctica deportiva o que sean de especial relevancia en su territorio.

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