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  • EDICIÓN DE 29/06/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 4 DE FEBRERO DE 2004

29/06/2007
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Orden de 18 de mayo de 2007 por la que se modifica el artículo 2 de la Orden de 4 de febrero de 2004, por la que se crea la Comisión Gallega de Coordinación y Seguimiento de la Actividad frente a la Infección por VIH/SIDA (DOG de 28 de junio de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 18 DE MAYO DE 2007 POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 2 DE LA ORDEN DE 4 DE FEBRERO DE 2004, POR LA QUE SE CREA LA COMISIÓN GALLEGA DE COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA ACTIVIDAD FRENTE A LA INFECCIÓN POR VIH/SIDA.

Una vez que la pandemia causada por la infección por VIH/SIDA se mostró como uno de los más importantes problemas de salud con graves implicaciones sociales, la Organización Mundial de la Salud (OMS) creó en el año 1987 el Programa especial sobre el SIDA recomendando que cada comunidad elaborase a su nivel un plan de actuación específico adaptado á su realidad.

Siguiendo esas directrices en Galicia se creó, por Orden de 10 de marzo de 1987, la Comisión de Seguimiento y Control del SIDA.

La Orden de 4 de febrero de 2004 (DOG nº 40, del 26 de febrero) creó la Comisión Gallega de Coordinación y Seguimiento de la Actividad frente a la Infección por VIH/SIDA, como órgano de apoyo y colaboración con las entidades encargadas de ejecutar las tareas para la prevención de la infección del VIH/SIDA, con el objetivo de facilitar y rentabilizar la realización de las acciones necesarias para disminuir la propagación de esta infección, hacer frente a sus consecuencias sobre las personas y la sociedad, garantizar la atención socio-sanitaria de los afectados y mejorar su calidad de vida en un entorno favorable.

La reciente modificación de los organigramas en las consellerías, sus estructuras y competencias, hacen necesario adaptar esta comisión a la situación actual.

En consecuencia, conforme a las facultades que me confieren los artículos 34.6º y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladora de la Xunta y de su presidencia, reformada por la Ley 11/1988, de 22 de octubre, DISPONGO:

Artículo único.-Se modifica el artículo 2º de la Orden de 4 de febrero de 2004, el cual, en su totalidad, queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 2º.-Composición.

1. Integran la Comisión Gallega de Coordinación y Seguimiento de la Actividad frente a la Infección por VIH/SIDA los siguientes miembros:

a) Presidente/a: el/la titular de la Consellería de Sanidad.

b) Vicepresidentes/as:

-El titular de la Dirección General de Salud Pública.

-El titular de la División de Asistencia Sanitaria.

-El titular de la Dirección General de Acción Social (Vicepresidencia de Igualdad y de Bienestar).

-El titular de la Dirección General de Juventud y Solidariedad (Vicepresidencia de Igualdad y de Bienestar).

-El titular de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (Consellería de Educación y Ordenación Universitaria).

c) Secretario/a:

-El jefe/a del Servicio de Control de las Enfermedades Transmisibles, designado/a por el secretario/a general de la Consellería de Sanidad a propuesta del/a titular de la Dirección General de Salud Pública.

d) Vocales:

-El titular de la Subdirección General responsable del plan en la Dirección General de Salud Pública.

-El Comisionado del Plan de Galicia sobre Drogas.

-Un representante de la Subdirección General de Ordenación Asistencial, designado/a por el/la titular de la División de Asistencia Sanitaria.

-Un representante de la Sociedad Gallega Interdisciplinaria de SIDA (Sogaisida).

-Un representante del colectivo de ATS/DUE de las unidades hospitalarias de atención sanitaria a esta problemática, designado/a por el/la titular de la División de Asistencia Sanitaria.

-Un representante del Colegio Oficial de Psicólogos de Galicia.

-Un representante de los colegios oficiales de farmacéuticos de Galicia.

-Un representante de los colegios oficiales de médicos de Galicia, designado/a por el Consejo Gallego de Colegios de Médicos.

-Un representante del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Galicia.

-Un representante de los comités Anti-SIDA con actividad en Galicia, designado/a de forma rotatoria.

-Un representante de otras organizaciones no gubernamentales (ONG) con participación activa en la lucha contra esta infección en Galicia, designado/a de forma rotatoria por el/la titular de la Dirección General de Salud Pública.

-Un/a técnico/a de la Dirección General de Salud Pública designado/a por el/a titular de la Dirección General de Salud Pública.

2. Los miembros de la comisión serán nombrados/as por un período de dos años, transcurrido el cual deberán proceder a confirmarse o renovarse los dichos nombramientos.

3. En los casos de ausencia, enfermedad u otra causa legal, el/la presidente/a será substituido/a por el/la titular de la Dirección General de Salud Pública.

Respecto del resto de los miembros, éstos serán substituidos por sus suplentes”.

Disposición final

Esta disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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