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MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EDU/324/2007

19/06/2007
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Resolución EDU/1780/2007, de 8 de junio, de modificación de la Resolución EDU/324/2007, de 7 de febrero, por la que se da publicidad de los centros que han formalizado documentalmente, con el Departamento de Educación, un plan de actuación inmediata para la mejora de los resultados educativos y la cohesión social para el curso 2006-2007, y se fija el calendario para la formalización documental de un plan estratégico con el Departamento de Educación para el desarrollo de un plan de mejora y autonomía del centro educativo durante los cursos 2007-2010 (DOGC de 18 de junio de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN EDU/1780/2007, DE 8 DE JUNIO, DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EDU/324/2007, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD DE LOS CENTROS QUE HAN FORMALIZADO DOCUMENTALMENTE, CON EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UN PLAN DE ACTUACIÓN INMEDIATA PARA LA MEJORA DE LOS RESULTADOS EDUCATIVOS Y LA COHESIÓN SOCIAL PARA EL CURSO 2006-2007, Y SE FIJA EL CALENDARIO PARA LA FORMALIZACIÓN DOCUMENTAL DE UN PLAN ESTRATÉGICO CON EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO DE UN PLAN DE MEJORA Y AUTONOMÍA DEL CENTRO EDUCATIVO DURANTE LOS CURSOS 2007-2010.

Vista la dificultad para presentar en tiempo y forma la documentación exigida en los apartados 6.3 y 6.4 de la Resolución EDC/889/2006, de 5 de abril, de convocatoria pública para la autorización de planes estratégicos para la promoción de la autonomía de centros docentes públicos para el período 2006-2010, en el sentido que establece la Resolución EDU/324/2007, de 7 de febrero, y comprobado, que los plazos establecidos para la presentación de planes estratégicos a la dirección de los servicios territoriales y para la formalización del acuerdo trienal se han mostrado insuficientes, es necesario ampliar los plazos indicados.

Por ello,

Resuelvo:

.1 Modificar el segundo párrafo del apartado 3 de la Resolución EDU/324/2007, de 7 de febrero, en el sentido siguiente:

.El centro, una vez aprobado el plan estratégico, lo presentará antes del 27 junio de 2007, en la dirección de los servicios territoriales..

.2 Modificar el tercer párrafo del apartado 3 de la Resolución EDU/324/2007, de 7 de febrero, en el sentido siguiente:

.La dirección de los servicios territoriales, si procede, formalizará con la dirección del centro el acuerdo trienal antes del 30 de junio de 2007..

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

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