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PREMIOS A LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL

18/06/2007
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Orden IUE/193/2007, de 5 de junio, de convocatoria para la concesión de los Premios de la Generalidad de Cataluña a la Competitividad Empresarial, en la categoría Innovación, para el año 2007 (DOGC de 15 de junio de 2007). Texto completo.

ORDEN IUE/193/2007, DE 5 DE JUNIO, DE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA A LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL, EN LA CATEGORÍA INNOVACIÓN, PARA EL AÑO 2007.

La innovación es uno de los pilares centrales para el crecimiento y la competitividad de las empresas en un entorno prácticamente globalizado, de forma que el nivel de innovación de las empresas de un país determina, en gran medida, las posibilidades de éxito de las mismas y del país donde se sitúan.

La innovación permite a las empresas conquistar nuevos mercados y ser más flexibles para responder a los cambios de la demanda.

Los Premios de la Generalidad de Cataluña a la Competitividad Empresarial en la categoría Innovación para el año 2007 distinguen a las empresas e instituciones catalanas que hayan destacado en sus resultados gracias a su excelente gestión de la innovación.

Con estos Premios se quiere trasladar a la sociedad catalana en general, y al tejido empresarial en concreto, buenas prácticas en innovación, en todas sus vertientes, con el fin de promover el desarrollo de un tejido empresarial catalán fuerte y competitivo.

Por ello, y de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia y objetividad,

Ordeno:

Artículo 1

Convocatoria

Hacer pública la convocatoria para la concesión de los Premios de la Generalidad de Cataluña a la Competitividad Empresarial, en la categoría de Innovación, para el año 2007.

El CIDEM será el responsable de la coordinación de las diferentes actividades para conceder estos Premios.

Artículo 2

Objeto de los Premios

2.1 Los Premios van destinados a distinguir a las empresas e instituciones catalanas de cualquier sector y dimensión que hayan conseguido resultados relevantes en su competitividad gracias a su gestión excelente de la innovación.

2.2 Se otorgan los siguientes Premios:

Premio a la Excelencia en Innovación

A aquella empresa y/o institución que en el conjunto de los criterios tiene una puntuación homogénea y coherente y por encima de un nivel fijado por el jurado en función de la referencia de excelencia y del nivel de los candidatos.

Premio a la Innovación en Productos y Servicios

A aquella empresa y/o institución que en todos los criterios tenga una buena puntuación homogénea y coherente, pero por debajo del mencionado nivel de referencia, y que al mismo tiempo destaque por la introducción de productos o servicios nuevos o significativamente mejorados respecto a sus usos o características. Esto incluye mejoras significativas en las especificaciones técnicas, componentes o materiales, incorporación de software, de mejora de la usabilidad o de otras características funcionales.

Premio a la Innovación en Proceso

A aquella empresa y/o institución que en todos los criterios tiene una buena puntuación homogénea y coherente, pero por debajo del mencionado nivel de referencia, y que al mismo tiempo destaque por la implantación de producción o entrega nuevos o significativamente mejorados. Esto incluye cambios significativos en técnicas, equipamientos y/o software específicos.

Premio a la Innovación en Marketing

A aquella empresa y/o institución que en todos los criterios tiene una buena puntuación homogénea y coherente, pero por debajo del mencionado nivel de referencia, y que al mismo tiempo destaque por la implementación de nuevas políticas de marketing relacionadas con cambios significativos en el diseño de productos o del envase, la distribución, la promoción y la política de precios.

Premio a la Innovación Organizativa

A aquella empresa y/o institución que en todos los criterios tiene una buena puntuación homogénea y coherente, pero por debajo del mencionado nivel de referencia, y que al mismo tiempo destaque por la implantación de nuevas maneras de trabajar y métodos organizativos enfocados a conseguir un aumento de la productividad responsable de los recursos disponibles.

Artículo 3

Beneficiarios

3.1 Se pueden presentar a los presentes Premios las empresas e instituciones de cualquier sector y dimensión con actividad económica en Cataluña.

3.2 Los beneficiarios de las acciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) En el caso de empresas públicas o privadas con 50 trabajadores o más, cumplir con la obligación que establecen el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de la entidad o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.2005), el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales (BOE núm. 45, de 21.2.2004), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.8.2000).

b) No encontrarse en los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).

c) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

d) Cumplir los requisitos de los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 7.1.1998).

e) Cumplir las obligaciones tributarias ante la Generalidad.

f) No haber sido sancionados, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Artículo 4

Criterios y sistema de evaluación y puntuación

La innovación debe gestionarse mediante un proceso estructurado de organización y dirección, de un equipo humano y de los recursos necesarios para convertir los conocimientos de la empresa en nuevos productos y nuevos procesos que aporten un elemento diferencial respecto a los competidores.

El proceso de innovación de una empresa exige una interrelación simultánea de diversas actividades, como son: la identificación y generación de nuevos conceptos de productos y/o servicios; la transformación y el desarrollo de estos conceptos en productos físicos vendibles; la redefinición y mejora continuada de los procesos de producción; la redefinición, modificación y la adaptación de nuevas técnicas y procesos de comercialización, y la gestión del desarrollo y la incorporación del conocimiento y de la tecnología necesarios para hacer viable y consolidar el proyecto de empresa.

4.1 Criterios que se evaluarán.

a) Sistema de innovación: se evaluará cómo la empresa e/o institución gestiona su proceso de innovación en el ámbito del producto, el proceso, el marketing y la organización.

Se valorará cada parámetro en función de su enfoque, despliegue y del sistema de evaluación y revisión definidos por cada uno de ellos.

Puntuación máxima del Sistema de innovación: 300.

Puntuación máxima total: 1000.

b) Sistema de gestión: se evaluará cómo la organización planifica y gestiona sus recursos internos y externos y cómo establece el equilibrio entre las necesidades actuales y la proyección de futuro sostenible de la empresa y/o institución. En este sentido se tendrá en cuenta la gestión responsable de las personas, de los recursos económicos y financieros, de la tecnología, los materiales, las alianzas con otros agentes, la información y el conocimiento. Se pondrá especial énfasis en las alianzas de las empresas con centros tecnológicos, centros de innovación y centros de investigación.

Se valorará cada parámetro en función de su enfoque, despliegue y del sistema de evaluación y revisión definidos por cada uno de ellos.

Puntuación máxima del Sistema de gestión: 250.

Puntuación máxima total: 1000.

c) Resultados: se evaluarán los resultados que la empresa e/o institución haya conseguido gracias a la implantación de los parámetros anteriores.

Estos resultados podrán ser de dos tipos: económicos y no económicos (cuota de mercado, tiempo de lanzamiento de nuevos productos, valor de la propiedad intelectual, patentes, certificaciones, actuaciones en el marco de la responsabilidad social de la organización, premios y fidelización de los clientes, entre otros).

Por cada resultado presentado se valorará la tendencia, los objetivos, la comparación con otras organizaciones y su alcance.

Puntuación máxima del criterio Resultados: 250.

Puntuación máxima total: 1000.

d) Plan de acciones: es acciones es la relación de actuaciones de mejora y de innovación alineadas con la estrategia de la organización y con proyección de futuro sostenible. Junto con la descripción de cada acción de mejora deberá hacerse constar los objetivos y resultados esperados, el plazo previsto de consecución de la acción y los responsables de llevarla a cabo.

Se evaluará la coherencia y viabilidad de los planes de acciones propuestos, haciendo un énfasis especial en la profesionalización de la gestión empresarial y su coherencia con la planificación y estrategia de la empresa o institución, el uso y fomento del catalán como idioma de comunicación y la difusión de Cataluña como país de progreso.

Puntuación máxima criterio Plan de acciones: 200.

Puntuación máxima total: 1000.

Se considerarán descalificadas del proceso de evaluación aquellas empresas e instituciones que hayan cometido inexactitudes graves en los datos facilitados.

Artículo 5

Premios y galardones

Los Premios para el año 2007 consistirán en un diploma acreditativo y un trofeo para cada una de las empresas o instituciones seleccionadas.

Los Premios y galardones podrán quedar desiertos si lo consideran conveniente los miembros del jurado.

Artículo 6

Solicitudes

Las solicitudes y la documentación complementaria a la que hace referencia el artículo 8 deben dirigirse al consejero de Innovación, Universidades y Empresa, y se presentarán en un modelo normalizado en las oficinas del CIDEM o mediante cualquiera de las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El modelo normalizado es la instancia, y la información para la redacción de la memoria se puede obtener en la página web del CIDEM (www.cidem.com/premis ), en las oficinas del CIDEM (paseo de Gràcia, 129, 08008 Barcelona), o en cualquiera de sus delegaciones en Girona, Lleida, Tarragona, Manresa, Berga y Tortosa.

Artículo 7

Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes para estos Premios finalizará el 14 de septiembre de 2007.

Artículo 8

Documentación

Las solicitudes harán referencia explícita a la presente Orden, y se le adjuntarán los siguientes documentos:

a) Instancia de solicitud (anexo 1).

b) Escritura de constitución o de adaptación de estatutos debidamente registrada.

c) DNI del solicitante y documento público acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la empresa o institución.

d) Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

e) Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

f) Balances y cuentas de explotación de los últimos dos años.

g) Impresos de descripción de la empresa o institución según el modelo que se puede encontrar en la página web del CIDEM (www.cidem.com/premis) y que también estarán a disposición de los solicitantes en cualquiera de sus delegaciones en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona, Manresa, Berga y Tortosa.

h) Memoria técnica que deberá incluir los puntos que se especifican en la guía que se puede encontrar en la web del CIDEM (www.cidem.com/premis) o que estará a disposición de los solicitantes en cualquiera de sus delegaciones en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona, Manresa, Berga y Tortosa.

h) La memoria técnica, que debe escribirse de tal manera que permita la evaluación de los parámetros de descritos en el punto 4.1 de la presente Orden.

Debe tener un número limitado de páginas, máximo 50, con un cuerpo de letra mínimo de 10, y también puede incorporar como anexos otros documentos que se consideren de interés.

En la página web del CIDEM www.cidem.com/premis, en el documento de apoyo.Marco de referencia. se pueden encontrar consejos para la redacción de la memoria. Esta guía debe entenderse como un elemento facilitador y se puede utilizar como guión.

i) Plan de acciones, con un máximo de 10 páginas. En la página web www.cidem.com/premis, puede encontrarse un formato para su redacción.

j) Autoevaluación de la organización, de acuerdo con los criterios que establece el artículo 4 de la presente Orden y según las matrices de valoración que se pueden encontrar en la web del CIDEM (www.cidem.com/premis), y que también estarán a disposición de los solicitantes en cualquiera de las delegaciones del CIDEM en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona, Manresa, Berga y Tortosa.

k) Catálogos comerciales de la empresa o institución u otros documentos que se consideren de interés.

l) Declaraciones expresas, que se incluirán en el impreso de solicitud, acreditativas del cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3.2).

El certificado que se hace constar en la letra d) de este artículo, correspondiente a las obligaciones tributarias, lo obtendrá directamente el órgano gestor vía telemática a través del Departamento de Economía y Finanzas, previo consentimiento del interesado. Esta autorización se incluye dentro del impreso de solicitud.

La documentación podrá presentarse en soporte informático (CD o correo electrónico) a [email protected]. Si se presenta en soporte papel, deberá ser por duplicado.

Se podrá solicitar información complementaria, una vez finalizado el plazo de admisión, para poder documentar la valoración de la solicitud.

Todos los datos presentados por las empresas e instituciones candidatas serán tratados por el CIDEM con la más estricta confidencialidad y con el uso exclusivo de valorar la candidatura presentada por cada empresa y/o institución.

El CIDEM se obliga al cumplimiento de todo lo que establecen la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), y el Real decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, en relación con los datos personales a los que tenga acceso durante el proceso de evaluación de los candidatos.

Artículo 9

Jurado

9.1 El jurado, que elaborará una propuesta para elevarla al consejero de Innovación, Universidades y Empresa, estará formado por:

La directora general de Innovación e Internacionalización, que actuará como presidenta.

Dos representantes de la Secretaría de Industria y Empresa.

Dos representantes del CIDEM.

Dos miembros destacados del mundo académico.

Dos representantes de empresas y/o instituciones que pertenezcan, como mínimo uno de ellos, a una empresa o institución galardonada en convocatorias anteriores.

También podrán asistir, con voz pero sin voto, los técnicos del CIDEM que hayan participado en la evaluación de las candidaturas.

A la reunión del jurado asistirá, con voz pero sin voto, un representante del CIDEM, que actuará como secretario.

9.2 Los miembros del jurado serán designados por las instituciones mencionadas en el párrafo anterior.

Artículo 10

Concesión

10.1 La empresa e institución galardonada no podrá hacer difusión pública de la información sobre el resultado de la decisión del jurado que le pueda transmitir el CIDEM hasta la fecha de la concesión oficial del galardón.

10.2 La concesión de los Premios se hará por resolución del consejero de Innovación, Universidades y Empresa y se anunciará públicamente en el acto de entrega.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Anexos

Omitidos.

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