ACUERDO GOV/84/2007, DE 12 DE JUNIO, POR EL QUE SE DETERMINA LA RED Y LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA A TRAVÉS DE LA QUE SE PODRÁ ACCEDER A LA EDICIÓN DIGITAL DEL DIARI OFICIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA.
La Ley 2/2007, de 5 de junio, regula el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) como servicio público de acceso universal y gratuito, y dota de carácter oficial, de plena autenticidad y de validez jurídica la edición del DOGC en soporte digital.
El artículo 3.1 de la Ley determina que el DOGC se edita en soporte digital, el cual es libremente accesible por medios telemáticos a través de las redes, los canales, las direcciones y los portales que el Gobierno determine, de acuerdo con los criterios de divulgación multicanal y de interoperabilidad.
Una vez publicada la Ley, es necesario determinar la red y la dirección electrónica a través de la que se podrá acceder a la versión digital del DOGC.
Por todo esto, el Gobierno, a propuesta del titular del Departamento de la Presidencia,
Acuerda:
.1 De conformidad con lo que dispone el artículo 3.1 de la Ley 2/2007, de 5 de junio, se determina que la edición digital del DOGC será accesible a través de la red Internet en la dirección electrónica siguiente: http://www.gencat.cat/dogc.
.2 Este Acuerdo se debe publicar en el DOGC.