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  • EDICIÓN DE 11/06/2007
 
 

MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO 255/2003

11/06/2007
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Orden PRE/1648/2007, de 7 de junio, por la que se modifica el anexo VI del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero (BOE de 9 de junio de 2007). Texto completo.

ORDEN PRE/1648/2007, DE 7 DE JUNIO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO VI DEL REGLAMENTO SOBRE CLASIFICACIÓN, ENVASADO Y ETIQUETADO DE PREPARADOS PELIGROSOS, APROBADO POR EL REAL DECRETO 255/2003, DE 28 DE FEBRERO.

El Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 1999, sobre la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros de la Unión Europea relativas a la clasificación, el envasado y el etiquetado de preparados peligrosos.

En el anexo VI de dicho Real Decreto, que coincide con el del mismo número de la Directiva, figura una lista de Estados miembros. La Orden PRE/3/2006, de 12 de enero, por la que se modifica el anexo VI del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, modificó dicha lista con motivo de la incorporación a la Unión Europea de diez nuevos Estados miembros.

Recientemente y con arreglo a lo dispuesto en el Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía a la Unión Europea, se ha modificado nuevamente dicha lista para incluir en la misma a estos dos nuevos Estados miembros, lo que se lleva a cabo mediante lo dispuesto en el apartado G del anexo de la Directiva 2006/96/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito de la libre circulación de mercancías, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía.

En consecuencia, se hace preciso sustituir la lista de Estados que figura en el anexo VI del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por la lista del anexo de esta orden.

En la elaboración de esta disposición han sido oídos los sectores afectados.

Esta orden, que se dicta en uso de las facultades atribuidas por la disposición final segunda del Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, incorpora parcialmente a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2006/96/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, en concreto, aquellas de sus disposiciones que afectan a la Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 1999.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Sanidad y Consumo, de Industria, Turismo y Comercio y de Medio Ambiente, dispongo:

Artículo único. Modificación del anexo VI del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero.

En el punto 5 de la parte A del anexo VI del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, se sustituye la lista de Estados que figura en el mismo por la recogida en el anexo de esta orden.

Disposición final primera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.

Mediante esta orden se incorpora al derecho español el apartado G del anexo de la Directiva 2006/96/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito de la libre circulación de mercancías, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

ANEXO

Bélgica.

Bulgaria.

República Checa.

Dinamarca.

Alemania.

Estonia.

Grecia.

España.

Francia.

Irlanda.

Italia.

Chipre.

Letonia.

Lituania.

Luxemburgo.

Hungría.

Malta.

Países Bajos.

Austria.

Polonia.

Portugal.

Rumanía.

Eslovenia.

Eslovaquia.

Finlandia.

Suecia.

Reino Unido.

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