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  • EDICIÓN DE 04/06/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN PRE/100/2005

04/06/2007
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Orden PRE/45/2007, de 16 de mayo, por la que se modifica la Orden PRE/100/2005, de 5 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen de Funcionamiento del Consejo de Formación Profesional de Cantabria (BOCA de 1 de junio de 2007). Texto completo.

ORDEN PRE/45/2007, DE 16 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN PRE/100/2005, DE 5 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE CANTABRIA.

Con fecha 16 de septiembre de 2005 se publicó la Orden PRE/100/2005, 5 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen de Funcionamiento del Consejo de Formación Profesional de Cantabria.

En sesión plenaria celebrada el día 27 de octubre de 2006, el Consejo de Formación Profesional de Cantabria acuerda proponer la modificación los puntos 2 y 4 del artículo 41 de la citada Orden, al considerar más adecuado que la memoria anual se elabore, no al final de cada presidencia, tal y como contempla actualmente, sino al final de cada año natural completo.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Educación y del consejero de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico y conforme a lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 6/2002 de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden PRE/100/2005, de 5 de septiembre.

Se procede a la modificación de la Orden PRE 100/2005, de 5 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Régimen de Funcionamiento del Consejo de Formación Profesional de Cantabria, en los siguientes términos:

El artículo 41.2 queda redactado de la siguiente manera:

“La Comisión Permanente podrá encomendar a una Comisión de Trabajo la elaboración de un Anteproyecto de memoria anual.”

El artículo 41.4 queda redactado de la siguiente manera:

“La memoria anual será presentada al Pleno del Consejo en el primer trimestre del año siguiente.”

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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