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MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EDU/3486/2006

30/05/2007
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Resolución IUE/1553/2007, de 10 de mayo, de modificación de la Resolución EDU/3486/2006, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria para otorgar ayudas para equipamiento e infraestructura destinados a la investigación (PEIR 2006) (DOGC de 29 de mayo de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN IUE/1553/2007, DE 10 DE MAYO, DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EDU/3486/2006, DE 18 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA OTORGAR AYUDAS PARA EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA DESTINADOS A LA INVESTIGACIÓN (PEIR 2006).

De conformidad con lo que dispone el capítulo IX del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Según la Resolución UNI/962/2005, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases generales que tienen que regir la concesión de becas y ayudas convocadas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR);

Según la Resolución EDU/3486/2006, de 18 de octubre (DOGC núm. 4756, de 8.1.2006), por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria para otorgar ayudas para equipamiento e infraestructura destinados a la investigación (PEIR 2006), y visto que se ha detectado la necesidad de proceder a la modificación de los términos de la convocatoria;

Dado que por Resolución de 20 de febrero de 2007, del presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación, se resolvió la convocatoria para otorgar ayudas para equipamiento e infraestructura destinados a la investigación;

Vista la dificultad que supone para los beneficiarios de las ayudas otorgadas en el marco de la convocatoria para la concesión de ayudas para equipamiento e infraestructura destinados a la investigación, la ejecución de los proyectos, dentro del plazo previsto en las bases reguladoras;

Dado que el artículo 11.1.q de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución, y que estas facultades han sido delegadas en el presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación, con fecha 1 de febrero de 2002 y ratificadas el 5 de diciembre de 2.002;

Resuelvo:

Artículo 1

Modificar la base 3 de la Resolución EDU/3486/2006, de 18 de octubre, que queda redactada de la siguiente manera:

.-3 Período

.La inversión correspondiente se tiene que realizar entre el día 1 de enero de 2006 y el 15 de noviembre de 2007..

Disposición final

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición ante el presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación de la AGAUR, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el DOGC; o bien recurso contencioso administrativo directamente ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

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