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BECAS PARA ESTANCIAS EN COMUNIDADES CATALANAS DEL EXTERIOR

21/05/2007
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Orden VCP/146/2007, de 9 de mayo, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria de becas para estancias en comunidades catalanas del exterior (DOGC de 18 de mayo de 2007). Texto completo.

ORDEN VCP/146/2007, DE 9 DE MAYO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE ABRE LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA ESTANCIAS EN COMUNIDADES CATALANAS DEL EXTERIOR.

El Departamento de la Vicepresidencia, mediante la Secretaría de Asuntos Exteriores (SAE) y en el marco de las actividades de promoción exterior de la cultura catalana, quiere fomentar la participación de los catalanes que viven en Cataluña en las actividades que realizan las comunidades catalanas del exterior, mediante la concesión de ayudas para hacer estancias en diferentes comunidades catalanas.

La Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR) fue creada por la Ley 7/2001, de 31 de mayo, con el objetivo de ejecutar los programas de becas, de préstamos, de subvenciones y de otras actividades de fomento del estudio universitario, de la investigación científica y técnica y de la innovación tecnológica en Cataluña. El artículo 6.5 de los Estatutos de la Agencia prevé la posibilidad de gestionar convocatorias de becas de otros departamentos de la Generalidad.

En fecha 16 de enero de 2007, la Secretaría de Asuntos Exteriores, adscrita al Departamento de la Vicepresidencia, la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo (ACCD) y la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación han firmado un convenio de colaboración y encargo de gestión por el que la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación gestionará las ayudas que convoque el Departamento de la Vicepresidencia para la estancia de jóvenes graduados catalanes en las comunidades catalanas en el exterior. En virtud de este Convenio, la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo ha transferido a la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación 115.000,00 euros destinados a financiar las becas.

Asimismo, el Consejo Interuniversitario de Cataluña (CIC), órgano colegiado del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, colabora en este programa de ayudas, con la voluntad de promover el conocimiento de las universidades públicas de Cataluña en el exterior y fomentar el acceso de personas que residen fuera de Cataluña.

De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

De acuerdo con el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre;

En uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente, en especial el artículo 92.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

Por todo ello,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las becas para estancias en comunidades catalanas del exterior, que se establecen en el anexo 1 de esta convocatoria.

Artículo 2

2.1 Convocar 11 becas para estancias en las comunidades catalanas siguientes:

Casal de Cataluña de París -.Maison de la Catalogne..

Casal Catalán de Victoria, Melbourne.

Centro Catalán de Caracas.

Casal de Cataluña de Paraná.

Casal Catalán de Guatemala.

Casal Catalán de Costa Rica.

Centro Catalán de Santiago de Chile.

Orfeón Catalán de México.

Casal de Cataluña de Buenos Aires.

Sociedad de Beneficencia de Naturales y Descendientes de Cataluña en La Habana.

Dinamización de redes de CCE.

El contenido y las actividades a realizar, el importe de cada beca y los requisitos específicos de adjudicación se establecen en el anexo 2 de esta convocatoria.

2.2 Las becas previstas en esta convocatoria se rigen por las bases reguladoras que se publican en el anexo 1 de esta Orden; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y por el resto de la normativa vigente aplicable.

2.3 El pago de estas becas irá a cargo de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR) por un importe máximo de 160.000,00 euros, y a cargo de la aplicación presupuestaria 480.0001 del presupuesto del año 2007 de la mencionada Agencia. De este importe, 115.000,00 euros han sido aportados por la Secretaría de Asuntos Exteriores y la Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo, y 45.000,00 euros, por el Consejo Interuniversitario de Cataluña, que han sido transferidos previamente a la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.

2.4 El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria. Si la fecha de finalización del plazo coincide con sábado o festivo, se entenderá finalizado el día hábil siguiente.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden GAP/411/2005, de 18 de octubre, de convocatoria de ayudas para estancias en comunidades catalanas del exterior y de aprobación de las bases.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Contra esta Orden o sus bases se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Anexo 1

.1 Objeto

Estas bases tienen como objeto la concesión de becas para estancias en las diferentes comunidades catalanas del exterior y para la dinamización de las redes de las CCE que se especifican en la convocatoria, con el fin de llevar a cabo actividades culturales, participativas, asociativas y de ocio, colaborar en su dinamización y promover el conocimiento de las universidades públicas de Cataluña entre las personas que residen en el extranjero.

.2 Beneficiarios

Pueden beneficiarse de las becas las personas diplomadas o licenciadas o las personas graduadas de ciclos formativos superiores con vecindad civil en Cataluña que reúnan los requisitos siguientes:

Haber obtenido el título académico correspondiente después del 31 de diciembre de 1999.

Tener un conocimiento de la lengua catalana equivalente al nivel C de la Junta Permanente de Catalán.

Tener conocimiento suficiente del idioma del país de destino, de acuerdo con lo que se especifica en el anexo 2.

.3 Duración

La duración de cada una de las estancias es de nueve meses a contar desde la fecha de llegada al país de destino.

Se podrá pedir la renovación de la beca (por un periodo de nueve meses más), que en ningún caso se debe considerar concedida automáticamente. La renovación de las becas debe estar justificada por el contenido de la estancia y por la comunidad catalana correspondiente. La renovación se llevará a cabo de acuerdo con lo que determine la convocatoria correspondiente y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria.

.4 Solicitud

4.1 Presentación.

Con el fin de facilitar el funcionamiento y la gestión de la convocatoria se ha desarrollado un sistema electrónico de presentación de solicitudes. La solicitud será formalizada por la persona interesada según el modelo normalizado, y no podrá superar las hojas que se establezcan.

Los solicitantes deberán rellenar la solicitud en el formulario correspondiente a la siguiente página web: http://www.gencat.cat/agaur, de manera completa y verídica. Posterior y automáticamente serán denegados/as aquellos/as solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos.

En caso de presentar la solicitud en soporte físico, ésta podrá presentarse en el registro de la AGAUR o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

4.2 Contenido y documentación.

Los solicitantes únicamente podrán presentar solicitud para la estancia en una de las comunidades catalanas del exterior que constan en la convocatoria. En caso de que se presente más de una solicitud o para más de una comunidad catalana se entenderá que el solicitante opta por la última solicitud que tenga entrada en el registro.

En el impreso de solicitud debe constar específicamente lo siguiente:

a) Una presentación del solicitante, en la que se especifiquen las razones que lo motivan a solicitar la beca, el interés por hacer una estancia fuera de Cataluña y un breve plan de trabajo o proyecto de las tareas que prevé desarrollar en la comunidad catalana en el exterior. Éste último será únicamente utilizado para evaluar al candidato, por lo tanto, no necesariamente será de aplicación, en su caso, en la comunidad catalana en el exterior de destino.

b) Datos personales y académicos, y una descripción de los conocimientos técnicos, administrativos, informáticos e idiomáticos que puedan ser de utilidad para obtener un buen aprovechamiento de la estancia, así como la experiencia dentro del mundo asociativo y/o estancias fuera del Estado español.

4.3 En su caso, cualquier necesidad de enmienda de la solicitud se notificará a la persona interesada mediante la publicación en el tablón de anuncios de la AGAUR de una diligencia del/de la director/a ejecutivo/a con la relación de documentación básica y documentación no básica que se debe enmendar, que indique los motivos y donde conste que, en caso de no enmendar la solicitud con respecto a la documentación básica en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la publicación de la diligencia correspondiente en el tablón de anuncios de la AGAUR, se entenderá que los/las solicitantes desisten de su solicitud, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Con el fin de hacer una mayor difusión, y a efectos informativos, se podrá consultar el contenido de esta diligencia en la página web de la AGAUR.

.5 Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC.

.6 Evaluación y selección

6.1 Las solicitudes serán evaluadas por órganos externos y expertos de la comunidad científica, de acuerdo con los criterios y las puntuaciones mencionados a continuación:

a) Las competencias curriculares del solicitante, así como su interés y motivación en relación con su estancia en la comunidad catalana del exterior, y las repercusiones de los resultados que se obtengan en los campos cultural y social en el país de destino, o la incidencia en el programa (30/100).

b) La propuesta de plan de actividades a implementar en la comunidad catalana de destino o en el ámbito del Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior (30/100).

c) La experiencia dentro del mundo asociativo en Cataluña, y/o haber realizado estancias internacionales en programas Erasmus o acciones de movilidad similares (20/100).

Se convocará a los solicitantes con mejor puntuación para la realización de una entrevista, en que se contrastará la información curricular aportada, el interés y motivación de los/las candidatos/as, así como el nivel idiomático requerido por la comunidad catalana seleccionada, el nivel de catalán y otros idiomas, si procede (20/100).

6.2. La Comisión de Selección será nombrada y designada por el secretario de Asuntos Exteriores. Estará presidida por éste o a la persona en quien delegue. Actuarán como vocales:

Dos representantes de la Secretaría de Asuntos Exteriores.

Una persona representante de una comunidad catalana del exterior, que sea miembro del Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Dos representantes del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Actuará como secretario, con voz pero sin voto, el director ejecutivo de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación, o a la persona en quien delegue.

6.3 La selección de los candidatos la realizará la Comisión de Selección, de acuerdo con los criterios mencionados en esta base y sobre la base del principio de concurrencia competitiva y la disponibilidad presupuestaria.

6.4 La Comisión de Selección podrá proponer una lista de reserva integrada por solicitudes que no hayan sido otorgadas, destinada a cubrir, por orden de mejor valoración, las renuncias o revocaciones de becas otorgadas.

6.5 En caso de que para algún destino no se hayan presentado solicitudes o hayan quedado desiertas, la Comisión de Selección podrá proponer por escrito a los solicitantes que no hayan obtenido beca, por orden de mejor valoración, el otorgamiento de la beca para alguno de los destinos vacantes. En caso de que los solicitantes no respondan en el plazo máximo de diez días, se entenderá que rechazan la propuesta.

.7 Unidad competente para la gestión

7.1 La AGAUR es el órgano encargado de la recepción de las solicitudes, del envío y recepción del documento de aceptación y de cualquier otra documentación complementaria que presenten los solicitantes y los beneficiarios de las becas, así como de notificar la resolución de la convocatoria a las personas interesadas, y todos aquellos actos administrativos relacionados con las becas objeto de estas bases.

7.2 La entrega de las becas, en la cuantía y los términos que se establezcan en estas bases, corresponde también a la AGAUR, que tiene las funciones de entidad colaboradora, de acuerdo con lo que dispone el artículo 91.c) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

.8 Órgano competente para la resolución

El secretario de Asuntos Exteriores del Departamento de la Vicepresidencia es el órgano encargado de resolver la presente convocatoria.

.9 Plazo de resolución

El plazo legal máximo para resolver esta convocatoria es de seis meses contadores a partir del día siguiente al de la fecha de presentación de las solicitudes. Transcurrido este plazo sin resolución expresa, la ayuda solicitada se entenderá desestimada por silencio.

.10 Notificación de la resolución

La notificación de la resolución se hará mediante su publicación en el tablón de anuncios de la AGAUR. Con el fin de hacer una mayor difusión, y a efectos informativos, se podrá consultar el resultado de la resolución en la página web de la AGAUR: http://www.gencat.cat/agaur.

La resolución expresa de concesión o de denegación de las ayudas no agota la vía administrativa. Las personas interesadas pueden interponer, en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios de la AGAUR, recurso de alzada ante el vicepresidente, de acuerdo con lo que prevén los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

.11 Aceptación

11.1 Los beneficiarios deberán presentar en el registro de la AGAUR, o de acuerdo con lo que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el documento de aceptación normalizado en el plazo de 30 días naturales desde la publicación de la resolución de concesión, en el que se determinarán las fechas concretas de inicio y finalización de la estancia, los derechos y deberes del beneficiario y el resto de condiciones que se establecen en estas bases, además de la documentación siguiente:

a) Original o fotocopia compulsada del título académico correspondiente y del título o títulos de conocimiento de idiomas requeridos.

b) La información que se exprese en el currículum se deberá acreditar documentalmente, mediante certificados, diplomas, títulos o por cualquier otro medio de prueba documental admitido en derecho.

c) Fotocopia compulsada del pasaporte o DNI.

11.2 La falta de firma o envío del documento de aceptación o cualquier otro de los solicitados en la base anterior comporta la renuncia a la beca, con los efectos que se establecen en estas bases.

11.3 El documento de aceptación normalizado se puede obtener en las dependencias de la AGAUR y en su página web.

.12 Pago

La AGAUR entregará el importe de las becas directamente a los beneficiarios mediante transferencia bancaria, en la cuantía que corresponda de acuerdo con lo que se establece en el anexo 2, y con la periodicidad siguiente:

Un primer pago, una vez firmado el documento de aceptación, correspondiente a la dotación del viaje, dos mensualidades de la dotación del alojamiento y dos mensualidades de la dotación de la beca.

Las ayudas estarán sometidas a las retenciones fiscales (IRPF) correspondientes.

Las mensualidades correspondientes a la dotación de la beca y la dotación del alojamiento se entregarán a los beneficiarios mensualmente, a mes vencido a partir del segundo mes de llegada del beneficiario a la comunidad catalana de destino.

.13 Derechos y obligaciones del beneficiario

13.1 El beneficiario de la beca deberá cumplir las obligaciones siguientes:

a) Cumplir los requisitos administrativos de estancia en el país de destino.

b) Enviar a la Secretaría de Asuntos Exteriores, mensualmente, un informe de las tareas que realiza en la comunidad catalana de destino.

c) Citar su condición de persona becada de la Generalidad de Cataluña en cualquier formato de difusión de las tareas desarrolladas.

d) Desarrollar, complementariamente a las actividades de la comunidad catalana de destino, actividades de promoción del sistema universitario de Cataluña. La formación y los contenidos necesarios para llevar a cabo esta acción serán adquiridos previamente en Cataluña en unas sesiones formativas de dos días, organizadas por el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, a las que deberá asistir obligatoriamente.

e) Participar en el conjunto de las actividades que realice la comunidad catalana de acuerdo con su normativa interna.

f) Atender el régimen interno de la comunidad catalana donde lleve a cabo la actividad objeto de la beca.

g) Implementar el plan de trabajo presentado, de acuerdo con las necesidades de la comunidad catalana.

h) Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Generalidad, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes, de acuerdo con el artículo 92.h) de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y otras normas aplicables, y someterse a las actuaciones de comprobación y a las de control que los órganos competentes de la Administración estimen oportunas, de acuerdo con la legislación vigente.

13.2 La comunidad catalana de destino dará al beneficiario el apoyo necesario para el desarrollo normal de su plan de trabajo, tanto material como de servicios, y designará a un tutor, que se encargará de colaborar con el beneficiario y hacer el seguimiento de las tareas a realizar.

13.3 Los beneficiarios tendrán derecho, además, a una póliza de seguro de asistencia en viaje a lo largo de su estancia, que contratará la AGAUR, siempre que así lo soliciten.

13.4 El disfrute de la beca es incompatible con cualquier otra ayuda o relación contractual laboral.

.14 Seguimiento

14.1 El seguimiento de las estancias de los becarios corresponde a la Secretaría de Asuntos Exteriores y al Consejo Interuniversitario de Cataluña, mediante los tutores de cada una de las comunidades catalanas.

14.2 Las modificaciones en el plan de trabajo, la duración de la estancia o la comunidad catalana de destino serán resueltas por el secretario de Asuntos Exteriores, a propuesta de los servicios correspondientes de la SAE, de la AGAUR, del CIC, de los propios beneficiarios o de la comunidad catalana de destino.

.15 Renuncias y sustituciones

15.1 Los beneficiarios que quieran renunciar a la beca lo deberán comunicar al director ejecutivo de la AGAUR mediante un escrito motivado.

15.2 La renuncia a la beca comporta su revocación parcial, si ya se ha iniciado el periodo de estancia, en el porcentaje que corresponda. No obstante, si la AGAUR considera que la renuncia es injustificada o con mala fe, podrá instar la revocación total con el reintegro de las cantidades percibidas y de los daños y perjuicios, en su caso.

15.3 En caso de renuncia o revocación, el órgano resolutorio, a propuesta del director ejecutivo de la AGAUR, podrá adjudicar la ayuda a candidatos/as de la lista de reserva. Las renuncias y sustituciones se notificarán individualmente a la persona interesada, de acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

.16 Justificación

El beneficiario deberá justificar el cumplimiento de los objetivos de la beca mediante la presentación a la AGAUR, durante el mes siguiente al de la finalización de la estancia, de un informe detallado en el que se especifiquen las actividades realizadas y los objetivos alcanzados, junto con un certificado acreditativo del tutor de la comunidad catalana de destino.

La falta de presentación de la justificación comporta la revocación de la beca.

.17 Revocación

17.1 Son causas de revocación de la beca el incumplimiento, por parte del beneficiario, de lo que se establece en estas bases y en la convocatoria, y de los compromisos asumidos en el documento de aceptación, así como las que establece el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con las subvenciones que otorga la Generalidad de Cataluña, y el resto de normativa vigente.

17.2 Los efectos y el procedimiento de revocación es el que se establece en el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Anexo 2

Entidad: Casal de Cataluña de París -.Maison de la Catalogne..

Localidad: París, Francia.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 1.200,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 430,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 600,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de los jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Apoyo a las actividades de la.Maison de la Catalogne..

Requisitos específicos: dominio oral y escrito del francés.

Entidad: Casal Catalán de Victoria.

Localidad: Melbourne, Australia.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 1.400,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.500,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 700,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de los jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Dinamización de las relaciones con las comunidades catalanas exteriores de la zona y coordinación de las actividades.

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Requisitos específicos: dominio oral y escrito del inglés.

Entidad: Centro Catalán de Caracas.

Localidad: Caracas, Venezuela.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 600,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.375,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 400,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de los jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales, con especial atención a las actividades de cultura tradicional catalana. Se valorará la experiencia y el conocimiento de los esbarts.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Dinamización de las relaciones con las comunidades catalanas exteriores de la zona y coordinación de las actividades.

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Entidad: Casal de Cataluña de Paraná.

Localidad: Paraná, Argentina.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 600,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.375,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 400,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de los jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales, con especial atención a las actividades de cultura tradicional catalana. Se valorará la experiencia y el conocimiento del mundo castellero.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Entidad: Casal Catalán de Guatemala.

Localidad: Guatemala CA, Guatemala.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 600,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.375,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 400,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de los jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Fomento de las relaciones institucionales con entidades catalanas de cooperación al desarrollo de la zona.

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Entidad: Casal Catalán de Costa Rica.

Localidad: San José de Costa Rica, Costa Rica.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 600,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.375,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 400,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de los jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Colaboración y coordinación de los actos del Encuentro 2007 de la Red de las Comunidades Catalanas de México, Centroamérica y Caribe.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Entidad: Centro Catalán de Santiago de Chile.

Localidad: Santiago de Chile, Chile.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 600,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.375,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 400,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de los jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Dinamización y coordinación de las actividades del Centro Catalán de Viña del Mar (Chile).

Colaboración y coordinación de los actos del Encuentro 2007 de la Red de las Comunidades Catalanas del Cono Sur de América.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Entidad: Orfeón Catalán de México.

Lugar: México DF, México.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 700,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.375,00 euros.

Dotación por alojamiento: 400,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Entidad: Casal de Cataluña de Buenos Aires.

Lugar: Buenos Aires, Argentina.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 700,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.375,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 400,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de la másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Colaboración con la Asociación Catalana de Socorro Mutuo “Montepío de Montserrat”.

Entidad: Sociedad de Beneficencia de Naturales y Descendientes de Cataluña en La Habana.

Lugar: La Habana, Cuba.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 500,00 euros mensuales.

Dotación para el viaje: 1.375,00 euros.

Dotación para el alojamiento: 600,00 euros mensuales.

Objeto:

Promoción y difusión de las universidades públicas catalanas.

Promoción y difusión de los másters y posgrados de las universidades públicas catalanas.

Dinamización de las actividades de jóvenes y su presencia en la comunidad.

Programación, realización y dinamización de actividades culturales.

Difusión y promoción de la cultura catalana.

Colaboración en el ámbito comunicativo de la entidad (web, publicaciones, etc.).

Elaboración de estudios e informes a propuesta del órgano competente en materia de las comunidades catalanas del exterior y/o del Consejo Interuniversitario de Cataluña.

Coordinación de las entidades culturales catalanas en Cuba.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

Entidad: Dinamización de redes de CCE.

Lugar: Barcelona, Cataluña.

Duración: 9 meses.

Dotación económica: 1.400,00 euros mensuales.

Dotación para viajes: 4.000,00 euros.

Objeto:

Coordinación y organización de la reunión anual del Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior y seguimiento de las conclusiones.

Coordinación administrativa y técnica del programa de estancias en comunidades catalanas del exterior.

Coordinación y seguimiento de las actividades del programa de estancias en comunidades catalanas del exterior.

Coordinación y organización de reuniones de comunidades catalanas de las redes de trabajo geográficas.

Apoyo a las iniciativas que se lleven a cabo en la zona promovidas por los representantes de las comunidades catalanas en el Consejo de las Comunidades Catalanas del Exterior.

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