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OFICINA CONSULAR HONORARIA

21/05/2007
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Orden AEC/1381/2007, de 27 de abril, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Jersey (Islas del Canal) (BOE de 21 de mayo de 2007). Texto completo.

ORDEN AEC/1381/2007, DE 27 DE ABRIL, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN JERSEY (ISLAS DEL CANAL).

La colonia de españoles residentes en las Islas del Canal no es muy numerosa, pero en repetidas ocasiones ha manifestado su especial interés en la apertura de una Oficina Consular Honoraria en dichas Islas, dado el elevado coste que supone la utilización del transporte aéreo entre las Islas y Londres cada vez que tienen que realizar un trámite en el Consulado General. A ello hay que añadir el interés especial que manifiestan las autoridades locales respecto a la creación de una Oficina Consular Honoraria en esas Islas.

Con este objetivo, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Londres y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares y de la Dirección General de Política Exterior para Europa y América del Norte, he tenido a bien disponer:

Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Jersey (Islas del Canal), con categoría de Viceconsulado Honorario, con jurisdicción en las Islas de Jersey, Guernsey, Alderney, Sark y Herm, y dependiente del Consulado General de España en Londres.

Segundo.-El Jefe de esta Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Vicecónsul Honorario.

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