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NORMAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO

08/05/2007
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Orden de 24 de abril de 2007, por la que se dictan normas para la elaboración del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2008 (BOJA de 7 de mayo de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 24 DE ABRIL DE 2007, POR LA QUE SE DICTAN NORMAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2008.

Con el Presupuesto para el año 2008 culmina la VII Legislatura de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Será el primero en formularse tras el Estatuto de Autonomía para Andalucía recientemente refrendado y se desenvolverá en un contexto económico favorable.

El balance de la economía mundial en 2006, así como sus perspectivas para los próximos años, son positivos. Lo han sido, y lo son, en especial, para la Zona Euro, donde el crecimiento esperado está siendo el más elevado desde el año 2000.

La economía española, por su parte, consolida su dinamismo en un modelo de crecimiento que comienza a dar signos de un cambio de perfil. Si bien la demanda nacional continúa mostrando un gran vigor, sustentada en la fortaleza del consumo y, más aún, de la inversión. Su contribución al crecimiento está disminuyendo progresivamente, en tanto que el sector exterior mejora paulatinamente. Como resultado de esta trayectoria, el desempleo se ha situado en la media de la Zona Euro.

En Andalucía, el ciclo económico expansivo iniciado en el año 1994 no se verá interrumpido previsiblemente en 2007.

La fortaleza diferencial de este crecimiento permitirá mantener por decimoquinto año consecutivo su proceso de convergencia con las economías de referencia, España y Zona Euro.

Paralelamente, se espera que la creación de empleo en nuestra Comunidad continúe por encima del promedio nacional, erigiéndose de nuevo Andalucía en uno de los motores del mercado de trabajo español.

El proceso de convergencia real necesita ser reforzado apostando para que, cada vez más, el crecimiento se vincule al incremento de la productividad, al que están orientados los objetivos del VI Acuerdo de Concertación Social. La política presupuestaria desempeña un papel fundamental en esta estrategia, de forma que las actuaciones a favor de las mejoras de la productividad han constituido uno de los ejes prioritarios de cada uno de los Presupuestos de la VII Legislatura y, como tal, continuarán presentes en el de 2008.

Una de las principales líneas que inciden sobre el incremento de la productividad, pero con un alcance mucho más amplio, es la promoción de la igualdad efectiva y la cohesión social. La igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en el acceso, permanencia y promoción en el mercado laboral es un elemento nuclear del potencial de crecimiento económico, una de las bases que sustentan la cohesión social, y el modelo que permite un mejor aprovechamiento del principal activo de la economía andaluza, el capital humano. Asimismo, es una pieza clave del proceso de convergencia. De hecho, el crecimiento económico de Andalucía en este período de expansión se basa en buena parte en el progresivo aumento de la participación de la mujer en el mercado de trabajo, por lo que la perspectiva de la igualdad de género constituye uno de los pilares sobre los que habrá de elaborarse el Presupuesto del próximo ejercicio. No hay que olvidar que Andalucía es pionera en el estudio y tratamiento del Presupuesto público desde la vertiente de género.

A estos dos ambiciosos objetivos, el modelo de crecimiento sustentado en el incremento de la productividad y la igualdad, hay que sumarle un tercero que lo es, si cabe, en mayor medida. Se trata de contribuir mediante el Presupuesto de la Comunidad Autónoma a la implantación de un modelo económico y social sostenible desde el punto de vista medioambiental.

La evidencia de la contribución de la acción humana al cambio climático es extremadamente preocupante y exige una respuesta firme y comprometida de la ciudadanía y, en especial, de las Administraciones Públicas. La Comunidad Autónoma de Andalucía viene desarrollando activamente desde hace tiempo un conjunto de políticas que promueven la sostenibilidad y el cuidado del medio ambiente y la difusión de los valores de protección de la naturaleza y la utilización sostenible de los recursos. En el año 2008 estas políticas adquieren un papel aún más relevante como consecuencia de la máxima urgencia que la comunidad científica viene reclamando para las actuaciones que favorecen la lucha contra el cambio climático y los devastadores efectos a que éste puede dar lugar.

Para hacer frente a este planteamiento, el Presupuesto para el año 2008 desplegará de forma prioritaria una serie de medidas de carácter estratégico, con un horizonte temporal a largo plazo en el marco del desarrollo sostenible.

Se apuesta también por unos servicios públicos eficaces y de calidad que contribuyan, a mejorar la atención a la ciudadanía y al aumento de la productividad y que favorezcan la igualdad efectiva.

En el año 2008 tendrá continuidad el esfuerzo inversor desarrollado por la Comunidad Autónoma durante la legislatura en materia de infraestructuras. Se trata de un elemento primordial en la mejora de la competitividad del sector privado y un factor esencial de cohesión territorial al que contribuyen también las Corporaciones Locales, mediante actuaciones propias, con la colaboración financiera de la Comunidad Autónoma.

Este esfuerzo inversor se ha basado en el notable incremento del ahorro bruto, fruto de una decidida política de control del gasto corriente operativo que debe proseguir en el próximo ejercicio.

En la misma dirección, la inversión en I+D+i es un seguro para un crecimiento futuro de calidad, que proporciona además impulso para la productividad del resto de los sectores económicos. En este contexto, el Presupuesto para el año 2008 tiene como directriz culminar con el compromiso adquirido al comienzo de la legislatura en materia de investigación, desarrollo e innovación, cuyos fondos deben duplicar los destinados a este fin en el año 2004.

Además, junto al aumento del capital físico y el esfuerzo en I+D+i se precisa una apuesta por la inversión en capital humano.

Estos tres elementos proporcionan las bases del crecimiento futuro, al tiempo que las mejoras en educación inciden en la corrección de las situaciones de desigualdad social, en sentido amplio.

Hay que destacar que, entre las prioridades presupuestarias del próximo ejercicio, figura la implantación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que constituye una de las medidas mas relevantes en materia social de los últimos años. Esta ley viene a completar el Estado del Bienestar, al dotar a la ciudadanía de un derecho efectivo que permite contar con una red de protección ante situaciones de dependencia.

Dicha Ley prevé una implantación progresiva atendiendo a la gravedad de las situaciones contempladas, de forma que en el año 2007 los servicios y prestaciones se centran en los dependientes más severos y en el año 2008 y sucesivos se extienden a los siguientes niveles según la gravedad o la dependencia. De este modo, las Comunidades Autónomas, entre ellas Andalucía, asumen un auténtico reto, no solo financiero, sino organizativo, en el que el ejercicio 2008 supondrá la consolidación tras un primer ejercicio de puesta en marcha.

Para atender a estas prioridades, el Presupuesto para el año 2008 se beneficiará, en términos de recursos, de la favorable coyuntura económica que se manifiesta, sobre todo, en la recaudación tributaria obtenida por la Comunidad Autónoma.

El incremento de los ingresos ha sido tan importante durante los ejercicios pasados que ha permitido a la Comunidad consolidar dentro del Presupuesto el producto de la liquidación del modelo de financiación autonómica que tuvo lugar en el año 2004, pero cuyos efectos se extienden a los ejercicios 2005, 2006 y 2007. Esta consolidación ha tenido lugar, además, en un contexto de estabilidad presupuestaria y de reducción del endeudamiento, condiciones indispensables para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas en una dinámica demográfica caracterizada por el envejecimiento y su estrecha relación con la evolución del gasto sanitario y el de servicios sociales, dos de los pilares del Presupuesto de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas por la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, DISPONGO:

1. Criterios de presupuestación.

1.1. El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2008 se elaborará sobre la base de priorizar los programas y actuaciones dirigidos a:

a) La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, que transcenderá el ámbito de las actuaciones singulares para insertarse en la programación general y el diseño de las actuaciones objeto de financiación.

b) Acrecentar la capacidad de generar y gestionar conocimiento del sistema de I+D+i andaluz y las actitudes innovadoras y capacidad emprendedora del tejido empresarial.

c) Promover un modelo económico y social con capacidad de integración medioambiental sostenible que contribuya a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, reducir los riesgos vinculados al calentamiento global y controlar la explotación inadecuada de los recursos naturales, con especial atención a los sistemas hídricos.

d) Garantizar el desarrollo de un modelo educativo de calidad, el apoyo a las familias y un sistema que mejore la autonomía de las personas en situación de dependencia.

e) Reforzar la articulación interna, nacional e internacional de la red de transporte y comunicaciones andaluzas al objeto de mejorar la conectividad de los sistemas productivos locales y de las áreas metropolitanas, la productividad del sistema en su conjunto y la cohesión de los territorios andaluces.

f) Avanzar en el diseño de una administración ágil, eficiente y permanentemente accesible al conjunto de la ciudadanía.

g) Impulsar un modelo de cooperación con la Administración Local que acreciente su capacidad para desarrollar infraestructuras y equipamientos y prestar servicios de calidad.

1.2. En el marco de las orientaciones establecidas en el apartado anterior, la elaboración del Presupuesto atenderá, asimismo, a los siguientes criterios:

a) Avanzar en la eficacia y eficiencia del gasto público de forma que se posibilite la máxima cobertura financiera de las orientaciones y prioridades establecidas.

b) Potenciar las medidas de la Administración dirigidas al logro de la igualdad de género.

c) Austeridad en el gasto operativo no vinculado a las prestaciones de servicios fundamentales como medio de maximizar el ahorro y mejorar el margen de recursos que puedan destinarse a las inversiones.

d) Las orientaciones y compromisos plurianuales de gastos derivados de los ejercicios de planificación vigentes y de las obligaciones jurídicas contraídas o decisiones del Consejo de Gobierno.

e) La asignación financiera a la Comunidad Autónoma de Andalucía de los fondos europeos, así como de las transferencias finalistas en el marco de los Acuerdos o Convenios que las regulan.

2. Ámbito de aplicación.

Las normas contenidas en la presente Orden serán aplicables, en los términos que en la misma se establecen, a la Junta de Andalucía, a sus Organismos Autónomos y a sus empresas.

Asimismo, se aplicarán a los consorcios y fundaciones a los que se refieren los artículos 4 y 5 de la Ley 11/2006, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2007.

3. Unidad de presupuestación.

El Presupuesto se elaborará teniendo como unidad de cuenta el euro.

4. Estructura presupuestaria.

El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio económico 2008 contendrá en el estado de gastos las obligaciones que, como máximo, se puedan reconocer y en el estado de ingresos los derechos que se prevean liquidar.

Recogerá, asimismo, el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos de la Comunidad Autónoma.

4.1. Estructura del Presupuesto de Ingresos.

El Presupuesto de Ingresos se ajustará a una doble clasificación:

orgánica y económica.

4.1.1. Clasificación orgánica.

La estructura orgánica de los ingresos se clasificará de conformidad a la clasificación orgánica de primer grado que recoge el Anexo I, en función de los subsectores siguientes:

a) Junta de Andalucía.

b) Organismos Autónomos.

4.1.2. Clasificación económica.

Los ingresos se ordenarán, según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos que figura en el Anexo II de la presente Orden.

4.2. Estructura del Presupuesto de Gastos.

Los créditos incluidos en el estado de gastos del Presupuesto de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos se clasificarán en una triple vertiente: orgánica, funcional por programas y económica.

4.2.1. Clasificación orgánica.

La clasificación orgánica de los créditos se realizará en función de las unidades orgánicas o Secciones presupuestarias recogidas en el Anexo I de la presente Orden.

4.2.2. Clasificación funcional por programas.

Las diferentes unidades orgánicas formularán sus anteproyectos de presupuestos con una estructura funcional por programas, de acuerdo con la clasificación establecida en el Anexo III de la presente Orden.

4.2.3. Clasificación económica.

Los créditos atribuidos a cada programa se desarrollarán por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, ajustándose a la clasificación que se establece en el Anexo IV de la presente Orden, y teniendo en cuenta las definiciones establecidas en la Orden de 4 de junio de 2003, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2004 (BOJA núm. 113, de 16 de junio de 2003).

La estructura inicial por conceptos y subconceptos, salvo los relacionados expresamente en el mencionado Anexo IV, se declara abierta para los Capítulos IV y VII. En estos supuestos, la Dirección General de Presupuestos acordará, a propuesta de los centros responsables de la gestión presupuestaria de cada sección presupuestaria (centros gestores, en adelante), la codificación y denominación de los mismos.

4.3. Estructura específica de las empresas.

Las empresas de la Junta de Andalucía elaborarán un presupuesto de explotación y otro de capital, en los que se detallarán los recursos y dotaciones anuales correspondientes.

Además, las empresas elaborarán un programa de actuación, inversión y financiación, con el contenido siguiente:

a) Inversiones reales y financieras a efectuar durante el ejercicio 2008.

b) Fuentes de financiación de las inversiones.

c) Objetivos a alcanzar y rentas que se esperan generar.

d) Memoria de la evaluación económica de las inversiones que vayan a iniciarse en el año 2008.

El programa responderá a las previsiones plurianuales oportunamente elaboradas.

5. Propuesta de anteproyecto.

Los centros gestores deberán proponer, para todos y cada uno de los programas que integran la estructura funcional de su anteproyecto, los objetivos a alcanzar, sus indicadores, en su caso desagregados por sexo, y los medios necesarios, ajustándolos a las previsiones de los documentos de planificación de la Junta de Andalucía, así como a los compromisos previstos y adquiridos procedentes de ejercicios anteriores.

6. Elaboración y tramitación del anteproyecto.

6.1. Procedimiento para la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos.

El procedimiento de elaboración del anteproyecto de presupuesto será el siguiente:

6.1.1. Documentación de programas.

a) Documentación general: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los centros gestores remitirán a la Dirección General de Presupuestos, antes del día 30 de junio de 2007, la documentación relativa a su estructura programática, a la revisión de programas y a sus propuestas de anteproyecto de gastos, mediante el Módulo de Información para la Elaboración del Presupuesto (MIEP) que se define en el Anexo V.1. Asimismo, remitirán una memoria explicativa del contenido de los programas que van a ejecutar, así como de las principales modificaciones que presentan en relación con los del ejercicio vigente.

Las propuestas de gastos deberán grabarse, antes del día 22 de junio de 2007, en el Subsistema de Elaboración del Presupuesto del Sistema integrado de gestión presupuestaria, contable y financiera de la Administración de la Junta de Andalucía (“Sistema Júpiter”).

b) Fondos Europeos: En el ámbito de los gastos financiados con fondos europeos y de conformidad con la envolvente financiera que antes del día 15 de junio de 2007, remitirá la Dirección General de Fondos Europeos a la Dirección General de Presupuestos y a los distintos órganos responsables de su gestión los centros gestores, en colaboración con los mencionados órganos responsables, grabarán en el sistema informático el desglose de la citada envolvente financiera, a nivel de proyecto de inversión, antes del día 22 de junio de 2007.

c) Plantilla presupuestaria: Para la elaboración de la plantilla presupuestaria, los centros responsables de la Consejería de Justicia y Administración Pública, para el personal de la Administración General y de Justicia; la Consejería de Educación, para el personal docente, y, el Servicio Andaluz de Salud, para el personal sanitario, remitirán la situación de la plantilla presupuestaria a 1 de junio de 2007, en la forma y con las características que se establecen en el Anexo VI. En dicha documentación figurará la situación de los efectivos y su distribución por sexo en la fecha de referencia y será remitida a la Dirección General de Presupuestos antes del día 8 de junio de 2007.

La información será actualizada a la situación efectiva del personal de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos a 1 de septiembre de 2007. Los centros responsables mencionados en el párrafo anterior remitirán la actualización de la documentación, en el formato que se establece en el Anexo VI, a la Dirección General de Presupuestos antes del día 7 de septiembre de 2007, para el ajuste que, en su caso, corresponda en la propuesta de plantilla presupuestaria.

d) Ingresos: Igualmente, en los supuestos en que, en el ámbito de las distintas secciones presupuestarias, se gestionen ingresos públicos, los centros gestores cumplimentarán sus previsiones tanto en el Módulo de Información para la Elaboración del Presupuesto como en el Subsistema de Elaboración del Presupuesto del Sistema integrado de gestión presupuestaria, contable y financiera de la Administración de la Junta de Andalucía (“Sistema Júpiter”), antes del 30 de junio de 2007.

6.1.2. Análisis de programas.

Con la finalidad de evaluar la oportunidad y las necesidades de gasto de los programas presupuestarios se constituirá, por cada Consejería y sus Organismos Autónomos adscritos, un grupo de trabajo del que formarán parte las personas titulares de la Viceconsejería de Economía y Hacienda, de las Secretarías Generales de Economía y de Hacienda, y de las Direcciones Generales de Planificación, Presupuestos y Fondos Europeos de la Consejería de Economía y Hacienda, así como las personas titulares de la Viceconsejería, de la Secretaría General Técnica y, en su caso, los responsables de los programas de las respectivas Consejerías u Organismos Autónomos.

Dichos grupos de trabajo analizarán las distintas propuestas remitidas, conforme a lo establecido en el punto 6.1.1 de la presente Orden, valorando los siguientes aspectos de los distintos programas:

a) Ejecución del ejercicio presupuestario anterior y previsión actualizada del ejercicio corriente, analizando las causas de las desviaciones que, en su caso, se hubieran producido.

b) Valoración de las nuevas necesidades de financiación propuestas y su correlación con las prioridades establecidas en cada Consejería.

c) Valoración del volumen de ingresos reales y potenciales que generará el programa.

d) Participación de fondos europeos y transferencias finalistas.

e) Financiación y transferencias de las empresas de la Junta de Andalucía adscritas.

6.1.3. Asignación de recursos financieros.

Celebradas las reuniones de los distintos grupos de trabajo y establecida la previsión del volumen total de los recursos y su distribución por fuentes financieras, se procederá por la Consejería de Economía y Hacienda a la asignación de los recursos financieros correspondientes a cada sección presupuestaria para, en su caso, aprobación por el Consejo de Gobierno.

6.2. Procedimiento para las empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades asimiladas.

Los centros gestores de las distintas Consejerías, en relación con las empresas de la Junta de Andalucía, consorcios y fundaciones mencionados en el punto 2 de la presente Orden que tuvieran adscritos, remitirán a la Dirección General de Presupuestos, antes del día 30 de junio de 2007, la documentación exigida en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el Decreto 9/1999, de 19 de enero, sobre régimen presupuestario, financiero, de control y contable de las empresas de la Junta de Andalucía.

Para dar cumplimiento a lo previsto en el párrafo anterior, las empresas de la Junta de Andalucía cumplimentarán y enviarán las fichas EJA y PAIF, que se describen en los Anexos V.2.1 y V.3 de la presente Orden, a través del Sistema de Información de las Empresas de la Junta de Andalucía (SIEJA).

Asimismo, remitirán las citadas fichas, en las que se incluirán además las memorias EJA-8, EJA-9 y EJA-10 previstas en el Anexo V.2.2, al centro gestor de la Consejería de que dependan, para su remisión a la Dirección General de Presupuestos en el plazo establecido anteriormente.

6.3. Tramitación del Anteproyecto.

Como resultado de las actuaciones descritas en los apartados anteriores, la Dirección General de Presupuestos elaborará el estado de gastos del Anteproyecto del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2008 y, en coordinación con la Secretaría General de Hacienda y con los demás centros directivos de la Consejería de Economía y Hacienda que gestionan recursos públicos, el estado de ingresos, para su elevación al titular de la Consejería de Economía y Hacienda, que someterá al acuerdo del Consejo de Gobierno el Anteproyecto de Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2008.

6.4. Articulado del Anteproyecto de Ley.

Las Consejerías deberán remitir a la Viceconsejería de Economía y Hacienda, antes del día 30 de junio de 2007, las propuestas de normas de contenido presupuestario cuya inclusión en el articulado del Anteproyecto de Ley consideren procedentes, acompañadas de una memoria explicativa y cuantificando, en su caso, el efecto de la norma propuesta sobre las cifras de ingresos o gastos que han de presupuestarse.

Disposición final primera. Habilitación.

Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Presupuestos para cuantas actuaciones sean necesarias en aplicación y ejecución de la presente Orden, así como para introducir modificaciones en el contenido de los Anexos, en función de las necesidades que surjan durante la gestión presupuestaria, a cuyo fin podrá dictar las instrucciones que sean precisas.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexos

Omitidos.

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