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  • EDICIÓN DE 20/04/2007
 
 

COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA

20/04/2007
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Resolución de 1 marzo de 2007, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se convocan para el año 2007 las ayudas reguladas en la Orden que se cita, en materia de comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura (BOJA de 19 de abril de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 1 MARZO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2007 LAS AYUDAS REGULADAS EN LA ORDEN QUE SE CITA, EN MATERIA DE COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA.

La Orden de 22 de mayo de 2002, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se dictan normas para la gestión de las ayudas estructurales en materia de comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura, modificada por la de 1 de agosto de 2005 (cuya corrección de errores ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 4 de octubre de 2005), dispone en el artículo 17.3 el plazo de presentación de solicitudes para el año 2002, si bien prevé que en los siguientes ejercicios esta Dirección General de Pesca y Acuicultura establecerá los correspondientes plazos, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En por ello que, procediendo establecer para el año 2007 el plazo de presentación de solicitudes relativas a las líneas de ayudas que se citan, RESUELVO:

Primero. Se establece para el año 2007 el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas reguladas en la Orden de 22 de mayo de 2002, de la Consejería de Agricultura y Pesca, modificada por la de 1 de agosto de 2005 (cuya corrección de errores ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 4 de octubre de 2005) por la que se dictan normas para la gestión de las ayudas estructurales en materia de comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Dicho plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la presenta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finaliza el 31 de mayo de 2007.

Segundo. De conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la citada Orden, la concesión de estas ayudas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

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