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  • EDICIÓN DE 18/04/2007
 
 

RECURSOS, CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD Y CONFLICTOS POSITIVOS DE COMPETENCIA

18/04/2007
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A continuación trascribimos los recursos, las cuestiones de inconstitucionalidad y los conflictos positivos de competencia publicados en el BOE de 18 de abril de 2007.

Recurso de inconstitucionalidad número 1014-2004, en relación con los artículos 7.2.h), 46.1 y 47.3 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 27 de marzo actual, ha acordado tener por desistida a la Letrada de la Junta de Andalucía, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad núm. 1014-2004, planteado en relación con los arts. 7.2.h), 46.1 y 47.3 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, declarando extinguido el proceso y acordando el archivo de las actuaciones. Dicho recurso fue admitido a trámite por providencia de 23 de marzo de 2004.

Madrid, 27 de marzo de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Recurso de inconstitucionalidad número 2250-2007, en relación con determinados preceptos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de marzo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2250-2007, promovido por el Gobierno de Navarra contra los arts. 5.4; 8.2 letras a), b), c), d), e) y g); 10; 11.1; 14 apartados 3, 5 y 7; 16.1; 17; 18; 19; 20; 21; 27.1; 28.5; 32.3 párrafo segundo; 33.3; 34 apartados 2 y 3; 35; 42; 43; 44; 45; 46 y 47 y las disposiciones finales cuarta y quinta de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.

Madrid, 27 de marzo de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Recurso de inconstitucionalidad número 2313-2007, en relación con determinados preceptos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de marzo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2313-2007, promovido por el Parlamento de Navarra, contra los arts. 8.2 letras a), b) y c); 10; 14.5; 17 a 21; 34 apartados 2 y 3; 35.1 y 3; 42.2; y 43 a 47; en conexión con los anteriores y, especialmente con el art. 10, los arts. 5.4; 7.2; 8.2.d) y e); 11; 14.3.4 y 7; 16.1; 27.1 y 2; 28; 32.3; 33; disposiciones adicionales quinta y séptima, y disposiciones finales cuarta y quinta de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia.

Madrid, 27 de marzo de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Cuestión de inconstitucionalidad número 8110-2006, en relación con los artículos 9 y 10.1.a) y de la disposición transitoria de la Ley 18/1985, de 1 de julio, que modifica la Ley 1/1966, de 28 de enero, sobre régimen financiero de los puertos.

El Tribunal Constitucional, por providencia 27 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 8110-2006 planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, en relación con los arts. 9 y 10.1.a), y de la Disposición transitoria de la Ley 18/1985, de 1 de julio, que modifica la Ley 1/1966, de 28 de enero, sobre régimen financiero de los puertos, por posible vulneración del art. 31.3 de la Constitución.

Madrid, 27 de marzo de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Cuestión de inconstitucionalidad número 2000-2007, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2000-2007 planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en relación con el art.171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración del art. 14 de la Constitución.

Madrid, 27 de marzo de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Cuestión de inconstitucionalidad número 2141-2007, en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2141-2007, planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de Albacete, en relación con el art. 171.4 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. 14, 24.2 y 10.1 de la Constitución.

Madrid, 27 de marzo de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Conflicto positivo de competencia número 4685-2002, en relación con el artículo 5 y la disposición derogatoria única del Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal, y la base 5.ª de la Orden JUS/821/2002, de 9 de abril, por la que se convocan plazas de Abogados Fiscales sustitutos correspondientes al año judicial 2002-2003.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 27 de marzo actual, ha acordado declarar extinguido el conflicto positivo de competencia número 4685-2002, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña contra el art. 5 y la Disposición derogatoria única del Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal, y la base 5.ª de la Orden JUS/821/2002, de 9 de abril, por la que se convocan plazas de Abogados Fiscales sustitutos correspondientes al año judicial 2002-2003, y decretar el archivo de las actuaciones. Dicho recurso fue admitido a trámite por providencia de 17 de septiembre de 2002.

Madrid, 27 de marzo de 2007.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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