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PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

10/04/2007
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Orden FOM/627/2007, de 23 de marzo, por la que se regula el procedimiento para la presentación telemática de solicitudes de autorizaciones de obras contiguas a la carretera y se aprueba la aplicación que efectúa el tratamiento de la información (AUCA) (BOCYL de 9 de abril de 2007). Texto completo.

ORDEN FOM/627/2007, DE 23 DE MARZO, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES DE OBRAS CONTIGUAS A LA CARRETERA Y SE APRUEBA LA APLICACIÓN QUE EFECTÚA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN (AUCA).

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas, en su artículo 45, a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

Para lograr ese objetivo, la Comunidad de Castilla y León mediante el Decreto 40/2005, de 19 de mayo, ha regulado la utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad, concretando los elementos necesarios y el procedimiento para la implantación y utilización de la administración electrónica.

La Ley 2/1990, de 16 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Castilla y León, en su capítulo III, establece aquellas zonas colindantes con la carretera en las que la ejecución de obras está sujeta a un régimen de autorización previa por parte del órgano titular de la misma.

La presente Orden ha sido informada por la Dirección General de Telecomunicaciones y la Dirección General de Atención al Ciudadano y Modernización Administrativa, conforme a lo previsto en el Decreto 40/2005, de 19 de mayo, por el que se regula la utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 7.2 del Decreto 40/2005, de 19 de mayo, 26 y 71 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento de presentación telemática de las solicitudes de autorización de obra contigua a la carretera y aprobar la aplicación que efectúa el tratamiento de la información.

2.– El procedimiento para la presentación telemática de solicitudes de autorización de obra contigua a la carretera se encuentra incluido con el código 625 v.1 en el Inventario Automatizado de Procedimientos Administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

3.– El procedimiento que se regula en la presente Orden, tiene el carácter de voluntario y alternativo a la presentación que puede realizarse conforme a lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 2.– Medios de acceso.

Tendrán acceso a la utilización de técnicas de administración electrónica para tramitar electrónicamente la presentación de solicitudes de autorización de obra contigua a la carretera los interesados o sus representantes que dispongan de certificado digital que permita firmar electrónicamente según lo establecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15 y disposición adicional quinta del Decreto 40/2005, de 19 de mayo, por el que se regula la utilización de técnicas de administración electrónica por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Los certificados digitales admitidos serán los emitidos por Autoridades de Certificación que tengan firmado convenio con la Junta de Castilla y León.

Artículo 3.– Procedimiento.

1.– Para tramitar telemáticamente la presentación de solicitudes de autorización de obra contigua a la carretera se deberán seguir las siguientes fases:

a) Acceso y apertura del formulario.

b) Cumplimentación del formulario.

c) Anexado de documentos.

d) Firma electrónica y registro de documentos.

e) Recepción del recibo de confirmación.

2.– Los interesados podrán acceder a la presentación telemática de solicitudes de autorización de obra contigua a la carretera desde la dirección Web http://www.jcyl.es.

3.– Los usuarios cumplimentarán el formulario de la solicitud de autorización que corresponda y aportarán los datos exigidos por la aplicación.

4.– La aplicación permitirá anexar al formulario la documentación que se considere oportuna, con los límites y recomendaciones técnicas que se recogen en el Anexo I de la presente Orden.

5.– Una vez anexados los documentos necesarios, se realizará el proceso de firma y registro telemático de la documentación.

6.– El registro emitirá, por el mismo medio, un mensaje de confirmación de la presentación de documentos, firmado electrónicamente por la Administración. La no recepción del mensaje o, en su caso, la recepción de un mensaje de indicación de error o deficiencia de la transmisión implica que no se ha producido la recepción, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios.

7.– Recibida la solicitud, la plataforma de Administración Electrónica de la Junta de Castilla y León, procederá a la inclusión de los datos en la aplicación informática AUCA.

Artículo 4.– Niveles de seguridad.

1.– La recepción y salida de documentos y comunicaciones que sean objeto de tramitación telemática se regirá por lo dispuesto en la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

2.– Los documentos que hayan sido producidos mediante técnicas telemáticas se conservarán en soporte de esta naturaleza en el mismo formato a partir del que se originó el documento, o en otro cualquiera que asegure la identidad e integridad de la información necesaria para reproducirlos.

3.– La conservación de documentos producidos por técnicas telemáticas, el acceso por los interesados a los documentos almacenados por medios o en soportes electrónicos, informáticos o telemáticos, así como la posibilidad de obtener copias y certificados de dichos documentos, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Decreto 40/2005, de 19 de mayo.

Artículo 5.– Derecho a información en la recogida de datos.

Los interesados que utilicen la técnica de administración electrónica para tramitar la presentación telemática de solicitudes de autorización de obra contigua a la carretera, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, conocen y aceptan las siguientes condiciones:

a) La existencia de un fichero de datos de carácter personal. La finalidad de la recogida de éstos tendrá lugar al objeto de hacer posible la gestión del procedimiento regulado en la presente orden, y los destinatarios de la información recogida serán los propios interesados.

b) Tendrá carácter obligatorio la respuesta a las preguntas que les sean planteadas, al objeto de hacer posible la gestión del procedimiento regulado en la orden.

c) Los datos obtenidos serán incorporados a la aplicación telemática que gestiona el procedimiento regulado y la negativa a suministrarlos implicará la imposibilidad de gestionar la tramitación.

d) Se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

e) El tratamiento de los datos aportados se llevará a cabo por la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

ANEXO I

LIMITACIONES Y RECOMENDACIONES TÉCNICAS

PARA ANEXAR DOCUMENTOS

Limitaciones

No se admiten nombres de archivos acentuados o que incluyan caracteres extraños. Utilice nombres sencillos sin acentuar. En cualquier caso, si el sistema detecta caracteres no permitidos le informará de ellos y le recomendará cambiar el nombre del fichero para poder continuar.

El sistema admite un máximo de 8 ficheros anexos con un tamaño máximo por anexo de 2 Megabytes. Esto supone que tiene un límite teórico de 16 Megabytes para el envío de documentos anexos.

Recomendaciones

Los tipos de fichero soportados son los siguientes:

• PDF (Portable Document Format) de Adobe.

• DOC de Microsoft Word.

• XLS de Microsoft Excel.

• Ficheros de texto plano (TXT).

• Imágenes en formato GIF y JPEG.

• Ficheros HTLM y XML.

• Ficheros en formato OpenDocument.

• Ficheros comprimidos en formato ZIP, que incluyan algún tipo de fichero de los mencionados anteriormente.

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