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ACTUALIZACIÓN DE LAS CUANTÍAS DEL DECRETO 63/2003

02/04/2007
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Orden de 21 de marzo de 2007, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se actualizan las cuantías de dietas y gratificaciones del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón (BOA de 30 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 21 DE MARZO DE 2007, DEL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LAS CUANTÍAS DE DIETAS Y GRATIFICACIONES DEL DECRETO 63/2003, DE 8 DE ABRIL, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE REGULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LAS ELECCIONES A CORTES DE ARAGÓN.

Por medio del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, se efectúa la regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón.

La Disposición Final Primera de dicho Decreto, en su apartado 2, habilita al Consejero competente en materia de procesos electorales para actualizar las cuantías de las dietas y gratificaciones de las personas que participen en los procesos electorales en los órganos mencionados por este Decreto o que desarrollen funciones auxiliares en los procesos electorales.

Procede por tanto en este momento la actualización de las dietas y gratificaciones aplicando el coeficiente deflactor corrector del índice de precios al consumo para adaptarlas a las elecciones a Cortes de Aragón 2007.

En virtud de lo anteriormente expuesto; resuelvo:

Artículo único.-Actualización de las dietas y gratificaciones del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón.

Las cuantías de las dietas y gratificaciones del Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón, quedan establecidas para las Elecciones a Cortes de Aragón 2007 de la siguiente manera:

1.-Junta Electoral de Aragón

a) Gratificación fija:

Presidente: 2.879,73 euros

Vicepresidente: 1.120,08 euros

Vocales: 1.040,07 euros

Secretario: 2.240,13 euros

b) Asistencia a sesiones:

Presidente y Secretario: 60,01 euros

Vicepresidente y vocales: 52 euros

c) Remuneración servicios del personal prestados a la Junta Electoral de Aragón: 5.200,33 euros

2.-Juntas Electorales Provinciales

a) Gratificación fija:

Presidente: 616,03 euros

Vocales Judiciales: 208,03 euros

Vocales no judiciales: 144,01 euros

Delegado Oficina Censo Electoral: 208,03 euros

Secretarios: 568,04 euros

b) Remuneración servicios del personal prestados a las Juntas Electorales Provinciales:

Junta Electoral Provincial de Zaragoza: 5.064,31 euros

Junta Electoral Provincial de Huesca: 1.694,54 euros

Junta Electoral Provincial de Teruel: 1.320,09 euros

3.-Juzgados de Primera Instancia o Jueces de Paz

a) Gastos de transporte: 0,19 euros por kilómetro recorrido o gastos de locomoción ocasionados

b) Dieta: 44 euros

Disposición Final Única.-Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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