Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 28/03/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 3 DE JUNIO DE 2005

28/03/2007
Compartir: 

Orden de 22 de marzo de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se modifica la Orden de 3 de junio de 2005 de desarrollo del Reglamento Orgánico y Funcional del citado departamento y la Orden de 29 de diciembre de 2006, de modificación parcial de la misma (DOCV de 27 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE MARZO DE 2007, DE LA CONSELLERIA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 3 DE JUNIO DE 2005 DE DESARROLLO DEL REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DEL CITADO DEPARTAMENTO Y LA ORDEN DE 29 DE DICIEMBRE DE 2006, DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA MISMA.

La Orden de 29 de diciembre de 2006, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, modifica la Orden de 3 de junio de 2005, de desarrollo del Reglamento Orgánico y Funcional del citado Departamento, creando dos nuevos servicios, uno en la Subsecretaría y otro en la Dirección Territorial de Valencia.

Manteniéndose la necesidad organizativa que motivó en su momento el acometer la modificación organizativa indicada, se considera conveniente introducir determinados ajustes jurídicos técnicos en el texto del articulado que delimiten de forma más precisa las funciones de los servicios que se creaban, y que dotarán de mayor precisión y seguridad jurídica a la estructura organizativa de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte en los aspectos incluidos en la Orden del 29 de diciembre de 2006.

En su virtud, en uso de las facultades que me atribuyen los artículos 53. E) y 71 de la Ley 5/1983, de Gobierno Valenciano, y previo informe de las Consellerias de Economía, Hacienda y Empleo, y de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.

ORDENO

Apartado primero

Se modifica el apartado 75.3.a de la Orden de 3 de junio de 2005, que quedará redactado de la siguiente manera:

a) La Secretaria Territorial a la que corresponde la gestión de los asuntos de personal no docente de la Dirección Territorial, económicoadministrativos, obras, contratación, registro e información, asuntos generales y demás de carácter administrativo que tenga asignados la dirección territorial o le encomienden el director territorial o los subdirectores.

Apartado segundo

Se modifica el apartado sesenta bis introducido por la Orden de 29 de diciembre de 2006, que queda redactado de la siguiente forma:

“Sesenta bis. El Servicio de Apoyo a la Subsecretaria, bajo la directa dependencia orgánica y funcional de ésta, realiza las siguientes funciones:

– Asesorar técnicamente, analizar, hacer el seguimiento y recopilar la información en las materias que sean de la exclusiva competencia de la Subsecretaria y, en su caso, preparar estudios sobre dichos asuntos.

– Bajo la supervisión de la Subsecretaria, coordinar la inspección de todos los servicios de su ámbito.

– Proponer los proyectos o planes de actuación y programas de necesidades de la Conselleria, así como informar al personal directivo de la misma de la procedencia legal y viabilidad económica de dichos programas o planes.

– Proponer las reformas que se encaminen a mejorar y perfeccionar los servicios de los distintos centros de la Conselleria, preparando lo relacionado a su organización y métodos de trabajo, atendiendo principalmente a sus costos y rendimientos.

– Tramitar publicación de normas y actos de la Conselleria en los Diarios Oficiales.”

Apartado tercero

Se modifica el subapartado 4 del apartado setenta y cinco, introducido por la Orden de 29 de diciembre de 2006, que queda redactado de la siguiente manera:

“4. Bajo la dependencia orgánica del director Territorial y la funcional de la Subsecretaría, para el personal no docente, y de la Dirección General de Personal Docente, para el personal docente, se crea el Servicio de Personal adscrito a la Dirección Territorial de Valencia que, dentro del ámbito de los centros dependientes de la citada Dirección Territorial de Valencia, se le asignan las siguientes competencias en materia de personal docente y no docente, sin perjuicio del órgano en quien resida la competencia resolutoria de los asuntos:

– Gestionar, emitir informes y propuestas de resolución en relación con las situaciones administrativas del personal, así como las indemnizaciones por razón del servicio.

– Tramitar y, en su caso, elevar propuestas de resolución en materia de régimen jurídico del personal y de los recursos interpuestos en dichas materias.

– Realizar la gestión económica-administrativa de los asuntos relacionados con el personal de la Dirección Territorial de Valencia, excluidos los que tenga asignados mediante esta orden la Secretaría Territorial de ésta.” DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se faculta a la Subsecretaría del departamento para que dicte las resoluciones necesarias para la ejecución y desarrollo de la presente orden.

Segunda

La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana