Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 26/03/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN FORAL 42/2000

26/03/2007
Compartir: 

Orden Foral 15/2007, de 27 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se modifica el artículo 7.º de la Orden Foral 42/2000, de 18 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura, que regula aspectos relativos a la Prueba de Acceso a la Universidad en la Comunidad Foral (BON de 23 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN FORAL 15/2007, DE 27 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 7.º DE LA ORDEN FORAL 42/2000, DE 18 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, QUE REGULA ASPECTOS RELATIVOS A LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN LA COMUNIDAD FORAL.

El Director General de Universidades y Política Lingüística y el Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, han formulado propuesta de modificación del artículo 7.º de la Orden Foral 42/2000, de 18 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura.

Por todo lo expuesto y en virtud de las facultades, conferidas en el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente,

ORDENO:

Primero._Aprobar la modificación del artículo 7.º de la Orden Foral 42/2000, de 18 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura, que regula aspectos relativos a la Prueba de Acceso a la Universidad en la Comunidad Foral, modificada por las Ordenes Forales 469/2003, de 23 de octubre, Orden Foral 228/2004, de 23 de agosto y Orden Foral 296/2004, de 26 de octubre, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 7.º El primer ejercicio de la primera parte de la prueba versará sobre un tema o cuestión de tipo histórico o filosófico. El alumnado elegirá una de las dos propuestas en el momento de efectuar su inscripción para la correspondiente convocatoria”

Segundo._Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Tercero._Trasladar la presente Orden Foral a la Dirección General de Universidades y Política Lingüística; a la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales; al Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias e Investigación; al Servicio de Ordenación e Innovación Escolar; a la Sección de Enseñanza Superior; a la Sección de Ordenación Académica; a la Sección de Innovación Educativa; al Negociado de Enseñanza Superior; al Negociado de Administración General; al Coordinador General del Departamento de Educación para la Prueba de Acceso a la Universidad y al Coordinador General de la Prueba de Acceso a la Universidad de la Universidad Pública de Navarra, a los efectos oportunos.

Cuarto._La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y, en consecuencia, será de aplicación en el curso académico 2006-2007.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana