ORDEN FORAL 15/2007, DE 27 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 7.º DE LA ORDEN FORAL 42/2000, DE 18 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, QUE REGULA ASPECTOS RELATIVOS A LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN LA COMUNIDAD FORAL.
El Director General de Universidades y Política Lingüística y el Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, han formulado propuesta de modificación del artículo 7.º de la Orden Foral 42/2000, de 18 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura.
Por todo lo expuesto y en virtud de las facultades, conferidas en el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidente,
ORDENO:
Primero._Aprobar la modificación del artículo 7.º de la Orden Foral 42/2000, de 18 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura, que regula aspectos relativos a la Prueba de Acceso a la Universidad en la Comunidad Foral, modificada por las Ordenes Forales 469/2003, de 23 de octubre, Orden Foral 228/2004, de 23 de agosto y Orden Foral 296/2004, de 26 de octubre, que queda redactado del siguiente modo:
Artículo 7.º El primer ejercicio de la primera parte de la prueba versará sobre un tema o cuestión de tipo histórico o filosófico. El alumnado elegirá una de las dos propuestas en el momento de efectuar su inscripción para la correspondiente convocatoria
Segundo._Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Tercero._Trasladar la presente Orden Foral a la Dirección General de Universidades y Política Lingüística; a la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales; al Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias e Investigación; al Servicio de Ordenación e Innovación Escolar; a la Sección de Enseñanza Superior; a la Sección de Ordenación Académica; a la Sección de Innovación Educativa; al Negociado de Enseñanza Superior; al Negociado de Administración General; al Coordinador General del Departamento de Educación para la Prueba de Acceso a la Universidad y al Coordinador General de la Prueba de Acceso a la Universidad de la Universidad Pública de Navarra, a los efectos oportunos.
Cuarto._La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y, en consecuencia, será de aplicación en el curso académico 2006-2007.