ORDEN DE 19 DE MARZO DE 2007, DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 16 DE FEBRERO DE 2007, DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES EN MATERIA DE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRARIO, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA ARAGÓN, 2007-2013, Y SE CONVOCAN LAS MISMAS PARA EL EJERCICIO 2007.
Mediante la Orden de 16 de febrero de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la competitividad del sector agrario, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2007-2013, y se convocaron las mismas para el ejercicio 2007 (Boletín Oficial de Aragón número 23, de 23 de febrero).
En la redacción actual del artículo 8. 3 se establecen incompatibilidades para aquellos solicitantes que pretendan ser beneficiarios simultáneamente de las actividades previstas en las letras a) y b) del artículo 3.1, resultando conveniente ampliar el mismo criterio entre las actividades previstas en las letras b) y c) del mismo artículo, así como permitir la compatibilidad en aquellos casos en los que las inversiones se destinen a diferentes explotaciones.
Por otra parte, en la cofinanciación prevista en la Orden, además de la del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la de la Comunidad Autónoma debe figurar la del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación.
Por todo lo expuesto, dispongo:
Artículo único.-Modificación de la Orden de 16 de febrero de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la competitividad del sector agrario, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2007-2013, y se convocan las mismas para el ejercicio 2007.
1.-Se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 9 que pasan a tener la siguiente redacción:
3.-Un mismo solicitante no puede ser beneficiario simultáneamente de las subvenciones previstas en las letras a) y b), así como b) y c), del artículo 3.1, salvo que las inversiones sean destinadas a diferentes explotaciones ganaderas.
4.-Las subvenciones previstas en esta Orden están cofinanciadas por el FEADER, el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación y la Administración de la Comunidad Autónoma.
2.-Se modifica el primer párrafo del punto 7 de la disposición adicional Segunda que pasa a tener la siguiente redacción:
Las subvenciones previstas en esta Orden están cofinanciadas por el FEADER, el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación y la Administración de la Comunidad Autónoma, con cargo a la siguiente partida presupuestaria del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón: 1402 7123 770007.
Disposiciones finales.
Única.-Entrada en vigor.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.