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  • EDICIÓN DE 23/03/2007
 
 

SUBVENCIONES

23/03/2007
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Orden de 2 de marzo de 2007, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de concesión de subvenciones convocado por la Orden que se cita (BOJA de 22 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 2 DE MARZO DE 2007, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CONVOCADO POR LA ORDEN QUE SE CITA.

PREÁMBULO

Mediante Orden de la Consejería Empleo de 21 de junio de 2006, publicada en el BOJA número 129, de 6 de julio de 2006, se realizó la convocatoria de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) del sector de la construcción que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales para el año 2006, con sujeción a las bases reguladoras contenidas en la Orden 8 de mayo de 2006.

Conforme se prevé en el artículo 13.4 de esta última Orden que establece las bases reguladoras el plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas y notificar la correspondiente resolución es de seis meses contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes y conforme se prevé en la disposición 6.1 de la Orden de convocatoria de 21 de junio de 2006 el plazo de presentación de solicitudes es de sesenta días naturales a partir del día siguiente al de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dicha Orden fue publicada el día 6 de julio de 2006 (BOJA número 129).

A la vista de lo anteriormente establecido el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 4 de septiembre de 2006 y consecuentemente el plazo para resolver y notificar la correspondiente resolución finaliza el 5 de marzo de 2007.

Asimismo, en base al artículo 59.6.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al tratarse de un acto administrativo que tiene por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas, la publicación de la presente Orden sustituye a la notificación personal surtiendo sus mismos efectos.

Por los Delegados Provinciales de la Consejería, órganos competentes para resolver la presente convocatoria por delegación del Consejero de Empleo, según se establece en el artículo 13 de la mencionada Orden de bases reguladoras, se ha comunicado a la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral que, no obstante haber dispuesto todos los medios materiales a su alcance para cumplir con los trámites previstos y en plazo, se ha constatado que no es posible resolver las solicitudes en plazo, debido a su elevado número y la complejidad de cada expediente, en cuanto a la determinación de la idoneidad de los proyectos o actividades a subvencionar. Ante dicha circunstancia, se considera conveniente la ampliación del plazo de resolución de las solicitudes y su notificación, conforme se prevé en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral y en uso de las competencias que tengo atribuidas, DISPONGO:

Artículo único: Ampliar hasta el 5 de junio de 2007, el plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de concesión de subvenciones previstas en la Orden de 21 de junio de 2006, por la que se realiza la convocatoria de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales para el año 2006, con sujeción a las bases reguladoras contenidas en la Orden de 8 de mayo de 2006.

Contra el presente acuerdo, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

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