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  • EDICIÓN DE 19/03/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 23 DE DICIEMBRE DE 2004

19/03/2007
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Orden de 9 de marzo de 2007, de la consellera de Turismo, por la que se modifica la Orden de 23 de diciembre de 2004, de desarrollo del Decreto 185/2004 del Consell de la Generalitat, que aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Turismo (DOCV de 16 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 9 DE MARZO DE 2007, DE LA CONSELLERA DE TURISMO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 23 DE DICIEMBRE DE 2004, DE DESARROLLO DEL DECRETO 185/2004 DEL CONSELL DE LA GENERALITAT, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA CONSELLERIA DE TURISMO.

El Decreto 185/2004, de 1 de octubre, del Gobierno Valenciano, estructuró la Conselleria de Turismo, atribuyendo funciones a los órganos que la integran.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 5/1983 de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, en uso de las atribuciones conferidas al conseller, mediante Orden de 23 de diciembre de 2004, se desarrolló el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Turismo, estableciendo las funciones que han de desarrollar los servicios que se incardinan en los distintos órganos, de acuerdo con las competencias atribuidas.

Transcurridos más de dos años desde aquella previsión, tras la efectiva puesta en marcha y plena consolidación de la Conselleria de Turismo y su inmediata conexión con la Agència Valenciana del Turisme, como ente público instrumental al servicio de la promoción y administración turística, con el fin de lograr una mayor eficacia y eficiencia en el ámbito de la gestión de recursos públicos, se hace necesario modificar el artículo segundo de la Orden de 23 de diciembre de 2004, dotando de un nuevo servicio en el ámbito de la Subsecretaría, al que se atribuyen funciones necesarias, comunes y diferenciadas, en toda estructura orgánica de la administración del Consell.

Asimismo, han sido emitidos los informes favorables preceptivos, tal como dispone el artículo 27.1 b del Texto Refundido de la Ley de Función Publica Valenciana, en relación con el Artículo 49 bis de la Ley de Gobierno Valenciano.

Por ello, en uso de las facultades que me confieren, tanto el Decreto 185/2004, de 1 de octubre, como la Disposición Adicional Tercera del Decreto 209/2004, de 8 de octubre, ambos del Gobierno Valenciano, ORDENO Se modifica el artículo segundo de la Orden de esta Conselleria de 23 de diciembre de 2004, el cual queda redactado como sigue:

“ Segundo. De la Subsecretaría.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley de Gobierno Valenciano y en el artículo 11 del vigente Reglamento Orgánico y funcional de la Conselleria de Turismo, la Secretaría General Administrativa se adscribe directamente a la Subsecretaría, como máximo órgano de nivel administrativo.

2. De la Secretaría General Administrativa dependen el Servicio de Asuntos Generales y Servicios Administrativos y el Servicio de Contratación, Coordinación y Asistencia Técnica.

3. Al Servicio de Asuntos Generales y Servicios Administrativos le corresponden, tanto en el ámbito de la Conselleria como en su relación funcional con la Agència Valenciana del Turisme, las siguientes funciones:

- Gestión de personal.

- Elaboración y modificación de propuestas de relaciones de puestos de trabajo y plantillas.

- Confección de nóminas e incidencias de las mismas.

- Seguimiento de control horario.

- Elaboración del Anteproyecto de Presupuestos de la Conselleria.

- Control y seguimiento de la ejecución presupuestaria y sus modificaciones, así como gestión económica de ingresos y gastos de la Conselleria.

- Supervisión y control de gastos corrientes de la Conselleria.

- Tramitación y supervisión de todos los expedientes de la Conselleria que comporten gasto.

- Organización del archivo y registro general de entrada y salida de documentos.

- Gestión, control y coordinación del mantenimiento de obras e instalaciones.

- Gestión de servicios logísticos de suministros, servicios y de almacenamiento.

- Gestión y tramitación de expedientes de expropiación.

4. Al Servicio de Contratación, Coordinación y Asistencia Técnica se le atribuyen, tanto en el ámbito de la Conselleria como en su relación funcional con la Agència Valenciana del Turisme, las siguientes funciones:

- Estudio, preparación, formalización y seguimiento de la ejecución de los expedientes de contratación.

- Asistencia técnica para la preparación de convocatorias de ayudas.

- Seguimiento y coordinación de los asuntos y Programas europeos en materia de turismo.

- Tramitación de recursos administrativos y de expedientes de responsabilidad patrimonial.

- Coordinación e impulso de la tramitación de proyectos normativos.

- Coordinación, impulso y seguimiento de los Convenios de colaboración a suscribir.

- Supervisión y remisión de los expedientes de asuntos que se deban elevar a la Comisión de Secretarios Autonómicos y Subsecretarios, así como al Consell para su aprobación o conocimiento.

- Gestión de los bienes inmuebles y marcas registradas.

- Tramitación de la publicación de normas y actos en Diarios Oficiales.

- Gestión y tramitación de quejas y sugerencias.

- Coordinación de los servicios de traducción y corrección.” La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

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