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  • EDICIÓN DE 19/03/2007
 
 

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE MATEMÁTICAS Y APLICACIONES

19/03/2007
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Orden de 1 de marzo de 2007, del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad, por la que se publica el Acuerdo de 13 de febrero de 2007, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Instituto Universitario de Investigación de la Universidad de Zaragoza denominado “Instituto Universitario de Matemáticas y Aplicaciones” (IUMA) (BOA de 16 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN DE 1 DE MARZO DE 2007, DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y UNIVERSIDAD, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DE 13 DE FEBRERO DE 2007, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA DENOMINADO “INSTITUTO UNIVERSITARIO DE MATEMÁTICAS Y APLICACIONES” (IUMA).

Adoptado el Acuerdo del Gobierno de Aragón, con fecha 13 de febrero de 2007, por el que se crea el Instituto Universitario de Investigación de la Universidad de Zaragoza denominado “Instituto Universitario de Matemáticas y Aplicaciones” (IUMA), y de conformidad con el apartado tercero del mismo, que exige la publicación oficial de dicho acuerdo para su general conocimiento, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado Acuerdo en el “Boletín Oficial de Aragón” cuyo texto se transcribe:

“El Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 36, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.30ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para establecer la normativa básica en materia educativa.

A su vez el Decreto de 7 de julio de 2003, de la Presidencia del Gobierno de Aragón configuró la nueva organización en Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma, creándose el Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad.

Al amparo de los títulos competenciales anteriores y de acuerdo con la nueva ordenación departamental de la administración autonómica, se dictó el Decreto 251/2003, de 30 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad y se atribuye a éste la gestión de las competencias en materia de enseñanza superior y universitaria.

En ejercicio de la distribución competencial establecida en el artículo 149.1.30ª de la Constitución, se aprobó la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en cuyo artículo 10.3 se establece que, para la creación y supresión de los Institutos Universitarios de Investigación, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 8 de la citada Ley, es decir, que su creación, modificación y supresión será acordada por la Comunidad Autónoma, bien a propuesta del Consejo Social o bien por propia iniciativa con el acuerdo del referido Consejo, en todo caso previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad, siendo posteriormente informado el Consejo de Coordinación Universitaria.

Por su parte la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, establece en su artículo 15 que, conforme al anterior precepto, corresponde al Gobierno de Aragón la creación, supresión y adscripción de los Institutos Universitarios de Investigación y que, en cualquier caso, deberá contar con el previo informe de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón.

Asimismo, el citado artículo, en su apartado 5, dispone que en los supuestos en los que las decisiones mencionadas en ese precepto deban tener como consecuencia un gasto para la Comunidad Autónoma, deberá informar previamente el Departamento competente en materia de hacienda.

Al amparo de lo anterior, el Consejo Social de la Universidad, previo informe favorable del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, ha propuesto al Gobierno de Aragón la creación del Instituto Universitario de Investigación de la Universidad de Zaragoza denominado “Instituto Universitario de Matemáticas y Aplicaciones” (IUMA). Con objeto de dar cumplimiento al artículo 15 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, se solicitó el informe correspondiente de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón y, ante la previsión de un gasto para la Comunidad Autónoma, el informe del Departamento competente en materia de hacienda.

Recibido el informe favorable de la mencionada Agencia y el informe del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Aragón en el que se constata que la acción de gasto en esa materia está prevista y que en un futuro es cuestión de oportunidad, por parte del Departamento competente en materia de educación universitaria, determinar la cuantía con cargo a sus fondos globales presupuestados, procede por tanto adoptar una decisión al respecto.

En su virtud, el Gobierno de Aragón, a propuesta de la Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad y, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 13 de febrero de 2007 adopta el siguiente acuerdo:

Primero.-Crear el Instituto Universitario de Investigación de la Universidad de Zaragoza denominado “Instituto Universitario de Matemáticas y Aplicaciones” (IUMA).

Segundo.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, la labor del Instituto deberá someterse a informe de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón cada cinco años. En caso de informe negativo, el Gobierno podrá acordar la supresión del Instituto u otorgar un plazo para la corrección de los errores o insuficiencias detectadas.

Tercero.-Para su general conocimiento, este Acuerdo se publicará en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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