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  • EDICIÓN DE 15/03/2007
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN AYG/1099/2003

15/03/2007
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Orden AYG/422/2007, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden AYG/1099/2003, de 28 de agosto, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Agricultura y Ganadería (BOCYL de 14 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN AYG/422/2007, DE 7 DE MARZO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AYG/1099/2003, DE 28 DE AGOSTO, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.

La Orden AYG/1099/2003, de 28 de agosto (“B.O.C. y L.” n.º 170, de 3 de septiembre), concreta las unidades administrativas que integran la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Ganadería determinada en el Decreto 75/2003, de 17 de julio (“B.O.C. y L.” n.º 138, de 18 de julio).

El artículo 27 de la citada Orden, en su apartado primero, enumera las funciones del Servicio de Sanidad Animal dependiente de la Dirección General de Producción Agropecuaria, y en su apartado segundo fija su estructura en tres unidades administrativas entre las que se encuentra el Laboratorio Pecuario de León, con rango de Sección.

La necesidad de albergar las nuevas tecnologías de análisis y diagnóstico de patologías animales en unas instalaciones adecuadas a las actividades que se desarrollan en este tipo de laboratorio, aconsejan trasladarlo al nuevo laboratorio ubicado en el municipio leonés de Villaquilambre.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, oída la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del Consejo de Gobierno de 22 de febrero 2007, DISPONGO:

Artículo único.– Se modifica la Orden AYG/1099/2003, de 28 de agosto, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Consejería de Agricultura y Ganadería (“B.O.C. y L.” n.º 170, de 3 de septiembre) en los siguientes términos:

El artículo 27.2 tercer guión queda redactado como sigue:

“– Laboratorio Pecuario Regional en Villaquilambre (León), con rango de Sección, cuenta con un Negociado”.

DISPOSICIÓN FINAL Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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