RESOLUCIÓN DE 6 DE FEBRERO DE 2007, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 20 DE JULIO DE 2006 DE ESTRUCTURA Y DETERMINACIÓN DE LAS ÁREAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN Y DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA.
Mediante Resolución de 20 de julio de 2006 se ha definido la estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del Consejo de Dirección y de delegación de competencias de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
El párrafo 3 del punto 1 del artículo 7 de la misma señala que la presidencia de la Mesa de Contratación queda delegada en el Gerente o en la Gerente de la UPV/EHU.
Asimismo, el párrafo 2 del punto 3 de la misma disposición establece el régimen de suplencia de éste.
Con el fin de adaptar la configuración de dicha presidencia de Mesa a la actual estructura de la Gerencia en aras de una gestión en materia de contratación administrativa más ágil y eficaz, y al amparo de las competencias que tengo conferidas en el artículo 313 de los Estatutos de la Universidad, en relación con lo previsto en el artículo 81 de del Real Decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, y el artículo 70 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre,
DISPONGO:
Será Presidente de la Mesa de Contratación de la UPV/EHU, el Gerente o la Gerente de la misma.
En caso de inexistencia, vacante o enfermedad de éste, podrá ser suplido de manera indistinta por la Vicegerenta o el Vicegerente de Recursos Generales o por la Vicegerenta o el Vicegerente de Presupuestos y Contabilidad.