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FORMACIÓN EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

12/03/2007
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Resolución de 16 de febrero de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se convocan becas de formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito cultural para el año 2007 (BOJA de 9 de marzo de 2007). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 16 DE FEBRERO DE 2007, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA, POR LA QUE SE CONVOCAN BECAS DE FORMACIÓN EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES EN EL ÁMBITO CULTURAL PARA EL AÑO 2007.

La Orden de 22 de julio de 2005 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 155, de 10 de agosto), establece las bases reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación en tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito cultural.

El artículo 4 de la citada Orden dispone que la persona titular de la Secretaría General Técnica realizará anualmente la convocatoria de las becas reguladas en la Orden citada, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y resolverá el procedimiento por delegación de la persona titular de la Consejería de Cultura.

Por todo lo expuesto RESUELVO:

Primero. Se convocan becas de formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito cultural, al amparo de las bases reguladoras aprobadas por Orden de 22 de julio de 2005, publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 155, de 10 de agosto.

Segundo. Las becas que se convocan serán concedidas por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva y se ajustarán a lo siguiente:

1. Becas de formación para el área de gestión de infraestructuras de redes de comunicaciones y del soporte a instalaciones informáticas:

a) Número de becas que se convocan: 9.

b) Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca:

823,20 €.

c) Duración de la beca: 12 meses.

d) Centro de adscripción: 8 becas para Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura, a razón de una beca por Delegación Provincial y 1 beca para los Servicios Centrales de la Consejería de Cultura.

e) Finalidad y materia de la beca: Formación y perfeccionamiento en el área de la gestión de infraestructuras de instalaciones informáticas y atención a usuarios.

f) Titulación y otros requisitos específicos exigidos a los beneficiarios, conforme a lo establecido en el artículo 5.3 de la Orden reguladora de las becas:

1. Los solicitantes deberán poseer una de las siguientes titulaciones u homologadas, en su caso:

- Ciclo Formativo Superior en Administración de Sistemas Informáticos.

- Ciclo Formativo Superior en Desarrollo de Sistemas Informáticos.

2. No haber transcurrido más de 3 años desde la obtención de la titulación exigida.

g) Méritos específicos para la concesión, conforme a lo previsto en el artículo 11.1.1.e) de la Orden reguladora de las becas:

- Conocimientos en arquitecturas de red sobre los sistemas operativos Windows XP y Linux y en elementos activos de la red (switches, routers,etc...) 2. Becas de formación para el área de la programación de sistemas de información:

a) Número de becas que se convocan: 2.

b) Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca:

1.023,85 €.

c) Duración de la beca: 12 meses.

d) Centro de adscripción: Servicios Centrales de la Consejería de Cultura.

e) Finalidad y materia de la beca: Formación y perfeccionamiento en el área del desarrollo, implantación y mantenimiento de sistemas de información.

f) Titulación y otros requisitos específicos exigidos a los beneficiarios, conforme a lo establecido en el artículo 5.3 de la Orden reguladora de las becas:

1. Los solicitantes deberán poseer una de las siguientes titulaciones u homologadas en su caso:

- Ingeniería en Informática.

- Ingeniería Técnica en Informática de Gestión.

- Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas.

2. Asimismo no deberán haber transcurrido más de 5 años desde la obtención de la titulación exigida.

g) Méritos específicos para la concesión, conforme a lo previsto en el artículo 11.1.1.e) de la Orden reguladora de las bases:

1. Conocimientos en tecnologías de desarrollo para aplicaciones web (J2EE, tres capas, Frameworks, Hibernate...) 2. Conocimientos de la tecnología de sistemas de gestión de bases de datos (Oracle, Postgre, MySQL).

3. Otras titulaciones universitarias a nivel de diplomatura y/o licenciatura en áreas relacionadas con el objeto de las becas.

4. Tesis, tesinas y artículos publicados en revistas especializadas.

Tercero. Las becas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.20.00.01.00.0602.480.00.45I.0 del presupuesto de gastos de la Consejería de Cultura para el año 2007.

Cuarto. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como Anexo I de la Orden reguladora, de 22 de julio de 2005, y podrán presentarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 8.1 de la misma.

Las solicitudes se acompañarán de la documentación establecida en el artículo 8.3 de la citada Orden, en la forma indicada en el mencionado artículo.

Quinto. La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Informática de la Secretaría General Técnica y la resolución definitiva se dictará por la Secretaria General Técnica de conformidad con el artículo 4 de la Orden de 22 de julio de 2005.

La resolución del procedimiento se ajustará a los criterios de valoración establecidos en el artículo 11 de la citada Orden reguladora de las becas.

Sexto. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes; transcurrido el mismo sin que se hubiese dictado y notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada, de conformidad con el artículo 31.4 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.

Contra la resolución del procedimiento podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Séptimo. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todos los interesados se publicarán en el tablón de anuncios de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, sito en la calle San José, núm.13, así como en el de sus Delegaciones Provinciales, en los términos del artículo 59.6.b) de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

Además, se publicará simultáneamente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía un extracto del contenido del acto indicándose los tablones de anuncios en los que se insertarán el contenido íntegro del acto y que los plazos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en dicho Boletín Oficial.

Octavo. La adscripción de los becarios a la provincia en la que vaya a desarrollarse la beca se realizará por orden de puntuación.

A estos efectos, una vez que la Comisión de Selección prevista en el artículo 10 de la Orden reguladora, haya elaborado la relación definitiva de candidatos a que se refiere el artículo 12 de la misma Orden, los convocará a todos para que, por orden de puntuación, elijan el lugar de desarrollo de la beca.

Noveno. De conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, los becarios deberán hacer constar, en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad objeto de la beca, que dicha actividad está subvencionada por la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

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