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PROYECTOS DE FINAL DE CARRERA

08/03/2007
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Orden IUE/41/2007, de 12 de febrero, por la que se convocan y se aprueban las bases para el otorgamiento de premios a los mejores proyectos de final de carrera de la diplomatura en turismo (DOGC de 7 de marzo de 2007). Texto completo.

ORDEN IUE/41/2007, DE 12 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CONVOCAN Y SE APRUEBAN LAS BASES PARA EL OTORGAMIENTO DE PREMIOS A LOS MEJORES PROYECTOS DE FINAL DE CARRERA DE LA DIPLOMATURA EN TURISMO.

La Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña, en su artículo 67.f) establece como competencias de la Administración de la Generalidad de Cataluña la potenciación de las enseñanzas de turismo y de la formación y el perfeccionamiento de los profesionales del sector.

El Plan Estratégico para el Turismo en Cataluña 2005-2010 incluye un programa con varias actuaciones dirigidas a la puesta en valor de la formación y los recursos humanos en turismo.

Dado que en la mayoría de escuelas universitarias de turismo de Cataluña los estudiantes tienen la posibilidad o la obligatoriedad de realizar un proyecto de final de carrera como primera aproximación a la investigación dentro del sector;

Dado que la Dirección General de Turismo valora la diplomatura en turismo como estudios sectoriales donde la clave es la transversalidad y la pluridisciplinariedad, y que el proyecto de final de carrera es una herramienta útil para ayudar a poner en práctica la formación recibida;

Por todo ello, y en función de lo que establecen las disposiciones vigentes y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se abre la convocatoria de concurso para la concesión de premios a los mejores proyectos de final de carrera de la diplomatura en turismo.

Artículo 2

Se aprueban las bases que regirán esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

La cuantía total de los premios será de 11.360 euros, con cargo a la partida presupuestaria IU03 D/483000100/6520 del presupuesto prorrogado para el año 2007, Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2006.

Artículo 4

El director general de Turismo es el órgano competente para resolver el otorgamiento de los premios.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexo

Bases para la concesión de los premios a los mejores proyectos de final de carrera de la diplomatura en turismo

.1 Objeto

El objeto de la presente Orden es la concesión, mediante un concurso, de premios a los mejores proyectos de final de carrera de la diplomatura en turismo, escritos en catalán.

Número de premios: 8.

El tribunal podrá declarar desiertos el número de premios que considere oportuno.

.2 Dotación

Cada premio será de un importe de 1.420 euros que será abonado en un solo pago.

El pago se ordenará cuando la Dirección General de Turismo reciba el documento de aceptación del premio por parte del beneficiario, siempre que toda la documentación requerida sea correcta, y presentada dentro de los plazos establecidos.

.3 Destinatarios de los premios

Podrán pedir su participación en el concurso los/las diplomados/as que hayan presentado su proyecto final de carrera entre el día 31 de agosto de 2006 y 31 de agosto de 2007, y hayan obtenido la calificación de excelente.

El proyecto puede ser de autor único o bien de varios autores. En este último caso, será necesario presentar, además, la documentación que se concreta al apartado 4.10 y 4.11.

La solicitud deberá ser presentada, en todo caso, por una sola persona.

La escuela universitaria donde hayan acabado sus estudios deberá estar ubicada en Cataluña.

.4 Documentación a presentar y plazo

Las solicitudes de participación en el concurso formalizadas de acuerdo con el modelo de instancia disponible en la sede del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, en sus servicios territoriales y en su web se presentarán en el Registro de entrada del mencionado Departamento, de sus servicios territoriales o en cualquiera de los otros lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo para la presentación de los trabajos y toda la documentación se acabará el día 19 de septiembre de 2007.

Se deberá adjuntar a la solicitud la documentación siguiente:

1. Fotocopia compulsada del DNI.

2. Fotocopia compulsada del título de diplomado en turismo o de su resguardo.

3. Dos copias, en soporte papel, del trabajo de final de carrera que se presenta al concurso y una en soporte magnético.

4. Resumen del trabajo de una extensión máxima de dos páginas DIN A4.

5. Certificado oficial de la escuela universitaria donde conste la persona autora, el título del trabajo, la fecha exacta de presentación, los miembros de la comisión evaluadora, el director o directora del trabajo y la calificación obtenida.

6. Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado. No será necesario aportar este certificado si la persona solicitante autoriza al órgano gestor del premio para obtener los datos tributarios directamente, vía telemática, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esta autorización se incluye dentro del impreso de solicitud.

7. Certificado acreditativo, si procede, de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

8. Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición establecidas normativamente.

9. La persona solicitante estará obligada a declarar cualquier otra ayuda que le haya sido concedida por el mismo concepto. Las ayudas objeto de esta convocatoria son incompatibles con cualquier otra ayuda.

10. En el caso de que el proyecto haya sido elaborado por más de un/a autor/a, declaración de cada uno de los miembros del equipo por la que nombran uno de ellos como interlocutor único con la Administración y como único solicitante del premio.

11. En el supuesto de que el proyecto haya sido elaborado por más de un autor/a, declaración responsable del representante del grupo según la cual compartirá con los otros autores cualquier beneficio que podría derivarse del proyecto final de carrera elaborado por todos ellos.

Los servicios territoriales de Innovación, Universidades y Empresa en Girona, Lleida, Tarragona y Les Terres de l'Ebre, y en Barcelona el Área de Calidad Turística, tras registrar la entrada de la solicitud, comprobarán que reúne los requisitos exigibles y que se adjuntan los documentos preceptivos. De lo contrario requerirán al firmante de la solicitud para que en el plazo de 10 días hábiles, pueda modificarla o completarla, con la advertencia de que se archivará la petición si se da el incumplimiento.

Transcurridos estos plazos los servicios territoriales de Innovación, Universidades y Empresa, enviarán todo el expediente al Área de Calidad Turística de la Dirección General de Turismo.

.5 Criterios de evaluación

La temática de los trabajos presentados al concurso tiene que enmarcarse directamente dentro del ámbito del turismo, y serán evaluados de acuerdo con los criterios siguientes:

1. Innovación en la temática o en su enfoque, desde el punto de vista del turismo.

2. Interés y aplicabilidad del proyecto en Cataluña.

3. Rigor metodológico.

4. Calidad del trabajo de campo y de la investigación bibliográfica.

5. Aspectos formales: presentación, ortografía y lenguaje.

Los trabajos tienen que estar escritos en catalán.

.6 Comisión de selección

La comisión de selección estará formada por los miembros siguientes:

Presidente: el subdirector general de Programación Turística.

Vicepresidente: la coordinadora del Observatorio de Turismo de Cataluña.

Vocal: la jefa del Área de Calidad Turística.

Vocal: el jefe del Área de Planificación Turística.

Vocal: la responsable de formación dentro de la Dirección General de Turismo.

Secretario/a: la responsable de Turismo de la Asesoría Jurídica.

Los miembros de la comisión de selección podrán delegar su presencia por escrito.

El presidente de la comisión de selección podrá nombrar tantos vocales como sean necesarios para poder evaluar correctamente el total de proyectos presentados.

Los autores y autoras de los trabajos podrán ser convocados a una entrevista personal.

Esta comisión elevará al director general de Turismo la propuesta de concesión de los premios.

.7 Resolución

El director general de Turismo, en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, resolverá y notificará la concesión o denegación del premio.

Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa pertinente, se entenderá denegado el premio, en aplicación del artículo 3 de la Ley 23/2002, de 18 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos en relación con el régimen de silencio administrativo, y el plazo de resolución y notificación, y de primera modificación de los artículos 81, 82 y 83 de la Ley 13/1989, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 3778, de 10.12.2002).

Contra la resolución del director general de Turismo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Comercio y Turismo en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su notificación, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.

En el caso de resultar beneficiaria de uno de los premios, la persona interesada deberá hacer llegar al Área de Calidad Turística de la Dirección General de Turismo, Passeig de Gràcia, 105, 08037 Barcelona, el documento de aceptación del premio en el plazo máximo de 10 días desde el día siguiente de la recepción de la notificación.

.8 Revisión

Hay la posibilidad de modificar la resolución de concesión en caso de alteración de las condiciones o de la obtención concurrente de otras ayudas por el mismo concepto.

.9 Control de la Administración

Las personas beneficiarias de los premios quedan obligadas a facilitar toda la información que les sea requerida por la Dirección General de Turismo, la Intervención General de la Generalidad, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes, de acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

.10 Difusión

La Dirección General de Turismo difundirá públicamente los nombres de los galardonados.

Los trabajos ganadores serán depositados en la biblioteca del Departamento a libre consulta de los lectores, con la indicación en un lugar visible de la prohibición de ser fotocopiados. Aún así, los/las propietarios/as de los trabajos tendrán que registrar sus trabajos en el Registro de la propiedad intelectual.

.11 Propiedad de los trabajos

La propiedad de los trabajos es en todo momento de sus autores. No obstante, el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, con la notificación previa al/a la interesado/a, podrá proceder a la publicación de su trabajo.

Las personas beneficiarias del premio deberán hacer constar que han obtenido el mencionado reconocimiento en cualquier actuación de difusión de su contenido que puedan llevar a cabo.

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