ORDEN FORAL 28/2007, DE 8 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DE NEGOCIADOS DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN ECONÓMICA.
Por el Reglamento (CE) 885/2006, de 21 de junio, de la Comisión, se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1290/2005 del Consejo en lo que se refiere a la autorización de los organismos pagadores y otros órganos y a la liquidación de las cuentas del FEAGA y del FEADER. Por lo que respecta a los criterios de autorización de los organismos pagadores, establece la exigencia de que la seguridad de los sistemas de información estará basada en los criterios fijados por una norma de seguridad aceptada internacionalmente.
Por el Decreto Foral 67/2006, de 2 de octubre, se autoriza el Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Foral de Navarra y se establece su organización y funcionamiento. En su artículo 7 se dispone que la Sección de Gestión de la Información, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, velará por la seguridad de los sistemas de información del Organismo Pagador, todo ello sin perjuicio de las funciones que son competencia de la Dirección General para la Sociedad de la Información, del Departamento de Economía y Hacienda.
Mediante Orden Foral 33/2003, de 1 de septiembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se establecieron los Negociados del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Para adecuar la estructura organizativa a estas nuevas necesidades resulta necesario crear un nuevo negociado que asumirá la función de velar por la seguridad de los sistemas de información del Organismos Pagador, en coordinación con la Dirección General para la Sociedad de la Información del Departamento de Economía y Hacienda. Correlativamente se suprime el Negociado de Registro de Explotaciones Agrarias.
Esta propuesta de modificación de la estructura orgánica ha sido informada favorablemente por la Dirección General para la Sociedad de la Información y por la Dirección General de Función Pública.
En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
Artículo 1. Supresión del Negociado del Registro de Explotaciones Agrarias.
Se suprime el Negociado de Registro de Explotaciones Agrarias de la Sección de Evaluación de Recursos Agrarios, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Las funciones que tenía asignadas este Negociado serán ejercidas directamente por la Sección de Evaluación de Recursos Agrarios.
Artículo 2. Creación del Negociado de Apoyo a la Seguridad de la Información.
1. Se crea el Negociado de Apoyo a la Seguridad de la Información en la Sección de Gestión de la Información, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
2. El Negociado de Apoyo a la Seguridad de la Información ejercerá las siguientes funciones:
_Implantación y seguimiento de las medidas necesarias en materia de seguridad de la información del Organismo Pagador, de acuerdo con las políticas y directrices fijadas por la Dirección General para la Sociedad de la Información.
_Apoyo y soporte al Vocal representante del Departamento en el Comité Corporativo de Seguridad de la Información y las Comunicaciones.
_Las demás funciones que le sean encomendadas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.